Silenciosamente, se reconstruye el cepo para el “dólar ahorro”

dolar cepo

El titular de la AFIP habría impuesto modificaciones en la fórmula que calcula quiénes pueden acceder al dólar para el atesoramiento, lo que provocó una caída en las adquisiciones en febrero. La situación fue denunciada por varios interesados en hacerse de la divisa pero además, según información que se desprende de los datos difundidos por la propia AFIP, se redujeron los montos que valida por persona.

CIUDAD DE BUENOS AIRES (Urgente24).- Parece que el cepo cambiario recupera su esplendor a juzgar por las trabas que está restituyendo la AFIP a quienes intentan comprar dólares para el atesoramiento. Según denunciaron compradores, tanto monotributistas como en relación de dependencia, el organismo empezó a rebotarles las solicitudes desde que comenzó febrero a pesar de cumplir con los requisitos que impuso el Gobierno nacional en enero pasado.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habría alterado la fórmula que informó el equipo económico en su momento, para poder adquirir los “dólares ahorro”. Esto es: un ingreso mínimo mensual de $7200.

Pero en pesos, la cifra validada por la AFIP se redujo a la par que cayó el dólar oficial de $8,02 a $7,88, el viernes último, indica este lunes (10/02) el portal Infobae, que aclaró que en dólares el monto permitido para comprar sigue siendo el mismo que originalmente, cuando, a una cotización más baja, más dólares deberían poder adquirirse, respetando el cálculo que informó el organismo que conduce Ricardo Echegaray.

En la última semana de enero, cuando se levantó parcialmente el cepo cambiario, la fórmula pareció aplicarse casi sin condicionamientos. Sin embargo, en febrero, el segundo mes de aplicación, la situación se modificó para muchos contribuyentes, acota este lunes el diario La Nación.

«La arbitrariedad volvió a primar en los sistemas de la AFIP», resumió un ejecutivo de un banco nacional, que pidió no ser identificado. «La fórmula del 20% del ingreso que habían anunciado no se aplica para todos», agregó.

Tampoco podría esgrimirse que, como bajó el dólar -pasó en una semana de $ 8,02 a $ 7,88, el viernes pasado-, la AFIP redujo los montos validados a cada trabajador, ya que originalmente la capacidad de compra se calcula en función de los ingresos, que en todos los casos son en pesos. Con lo cual, en moneda local, los montos validados deberían mantenerse constantes, siempre que no varíen fuertemente los ingresos de un individuo.

Lo que llamó la atención de muchos operadores en el sistema financiero es también la arbitrariedad de la metodología de la AFIP, ya que no es que ajustó los límites de compra de dólares para atesoramiento de manera generalizada ni con un criterio uniforme, sino que se valió de una fórmula poco clara que no respeta la publicada en su sitio web.

Sabor a venganza en la jugada contra el jefe de la AFIP

15Por Nicolás Wiñazki

Echegaray fue quien reveló que Boudou había firmado un dictamen para ayudar a Ciccone. Las Fotos en HD

 

En marzo del 2012, a un mes de iniciada la causa Ciccone, Ricardo Echegaray dio una conferencia de prensa en la que admitió que Amado Boudou había participado en forma personal del proceso gubernamental que terminó con el otorgamiento de un beneficio impositivo multimillonario a la imprenta Ciccone Calcográfica. Hasta entonces, el vicepresidente podía negar con cierto énfasis haber estado involucrado en algo semejante.

Boudou y Echegaray ya no pudieron ocultar su enfrentamiento.

Esa rivalidad nació en medio del rescate financiero de Ciccone, en el que actuaron ambos; se profundizó una vez que el caso se masificó a través de los medios; y ahora tiene consecuencias judiciales para los dos.

Ayer, por ejemplo, el vicepresidente le devolvió “gentilezas”al titular de la AFIP nada más ni nada menos que en una presentación judicial que ahora forma parte del expediente Ciccone.

En su declaración espontánea ante Lijo, Boudou aseguró que fue Echegaray el verdadero responsable de la operatoria estatal que le permitió a Ciccone Calcográfica obtener una moratoria única para su deuda multimillonaria.

Más allá de que existe evidencia sobre este punto que compromete también a Boudou, el vice jugó fuerte: sus argumentos defensivos podrían afectar la situación procesal del titular de la AFIP.

Echegaray, cree Boudou, es el responsable de parte de su infortunio judicial.

Ocurre que el titular de la AFIP tomó una llamativa e impactante decisión cuando, en el 2010, la empresa Ciccone Calcográfica le pidió una moratoria y el quite de intereses para su deuda.

En lugar de resolver sobre ese punto él solo, tal como hizo la AFIP históricamente en esos procesos, Echegaray le pidió por escrito a Boudou, por entonces ministro de Economía, que le dé su opinión sobre el tema. Es más: le dijo que su respuesta sería “determinante” para beneficiar o no a la compañía gráfica, que ya era manejada por The Old Fund, la sociedad que dirigía Alejandro Vandenbroele.

Boudou le contestó a Echegaray que debía aceptar el pedido de Ciccone.

El documento con esa respuesta sirve hoy para demostrar que efectivamente el vice se había interesado en el futuro económico de la imprenta de billetes.

¿Por qué Echegaray involucró de ese modo a Boudou? ¿Acaso sabía que el entonces ministro tenía especial interés en Ciccone Calcográfica? ¿Por qué?

Esta semana, Echegaray también declaró por escrito frente al juez del caso: complicó a Boudou.

La pelea entre ellos aun no terminó.

 

Fuente: Clarín

Di Lello pedirá hoy la indagatoria para Boudou

boudou
El fiscal también le pedirá al juez Ariel Lijo que cite como acusados a Ricardo Echegaray y la familia Ciccone.
El año judicial empezó con una muy mala noticia para Amado Boudou: después de dos años de una investigación que tiene en vilo al vicepresidente, el fiscal del caso Ciccone preparó un pedido de indagatoria en su contra y planea presentarlo hoy.

El borrador que terminó de redactar Jorge Di Lello no sólo alcanza al vicepresidente. También le solicita al juez Ariel Lijo que cite como acusado al jefe de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP),Ricardo Echegaray. En ambos casos, como presuntos autores del delito de «negociaciones incompatibles» con sus cargos de funcionarios, según señala el diario La Nación.

El argumento del fiscal es que Boudou, cuando era ministro de Economía, «se interesó» indebidamente en el trámite del levantamiento de la quiebra de la ex imprenta Ciccone Calcográfica. No lo acusará de haber sido su dueño en las sombras, pero sí de haber intervenido en el plan ideado para salvar a la empresa y para contratar después desde el Estado la fabricación de billetes.

En cuanto a Echegaray, la acusación en su contra consiste en haberle dado un trato impositivo preferencial a la nueva Ciccone.

Boudou ya sabe que hoy pedirán su citación. Lo llamaron sus abogados ayer. Eduardo Durañona, uno de ellos, había estado por la mañana en la fiscalía. Más de media hora, en una reunión a puertas cerradas.

Una vez que el escrito esté presentado, el juez decidirá si hace lugar a las citaciones. La lista de los candidatos a ser indagados que preparó la fiscalía incluye también a otras nueve personas; entre ellas, Nicolás Ciccone, el fundador de la imprenta, y dos yernos suyos; el socio de Boudou José María Núñez Carmona, y el supuesto testaferro del vicepresidente, Alejando Vandenbroele.

Lijo no tiene plazo para contestarle al fiscal; ni siquiera tiene la obligación de hacerlo. «Vamos a leer el escrito que presente y después estudiaremos la situación», dijo, sin ningún ánimo revelador, una fuente del juzgado.

Este escrito no responde al plan que había diseñado el juez para la causa. Lijo tiene ordenada una serie de declaraciones de testigos que termina en mayo. No planeaba llamar a los acusados todavía. Es posible que su cronograma se vea alterado por esta presentación, pero nadie imagina una indagatoria del vicepresidente de urgencia. Mucho menos de Echegaray, que para el juez tiene carácter de testigo, no de acusado; lo mismo que los Ciccone.

El pedido de indagatoria golpea al vicepresidente en su costado más débil. Esta causa, que lo tiene amenazado desde hace dos años, no sólo limitó su proyección política y frustró sus aspiraciones de suceder a la Presidenta; fue determinante para que lo relegaran de la toma de decisiones y quedara limitado a una función poco más que protocolar.

Quien es el fiscal Di Lello

La existencia de un borrador que pedía la indagatoria del vicepresidente era, ayer temprano, un secreto; al mediodía, un rumor, y por la tarde, un dato dado por cierto en los pasillos de Comodoro Py por todos los interesados en el caso. Hasta antes de la feria, era algo insospechado. Di Lello está lejos de ser considerado un fiscal opositor. Es un peronista que estuvo preso en los 70 por participar de la lucha armada, que siempre tuvo buen diálogo con el Gobierno y que históricamente llevó todas sus causas sensibles con perfil bajo, con la abierta intensión de no levantar el tono político de los expedientes judiciales.

«No tengo alternativa», le dijo ayer a un colega. Di Lello no tenía previsto complicarle la vida ahora a Boudou, pero entendió que no le quedaba otra opción cuando Lijo decidió citar a los Ciccone en condición de testigos, la defensa de Boudou cuestionó esta medida y él tuvo que opinar. No compartía la visión del juez. Tampoco quería avalar las pretensiones de la defensa del vicepresidente. Consideró que eso lo forzaba a dejar por escrito qué rol le daba él a cada uno de los involucrados.

Entre los argumentos que Di Lello planea esgrimir para que se cite a Boudou está también la necesidad de que pueda defenderse y se defina su situación, máxime dado su cargo y toda la información que ha circulado sobre él, relató una fuente que conoce los planes de la fiscalía.

Di Lello no tiene previsto hacer propia la versión de los Ciccone, que señalaron a Boudou como el hombre que les robó su imprenta. Para el delito de «negociaciones incompatibles» basta con que el funcionario se haya interesado «en miras de un beneficio propio o de un tercero», en cualquier contrato u operación» en la que hubiera intervenido por su cargo. Alcanza con una acusación más suave.

La defensa de Boudou no esperaba enfrentar un pedido de indagatoria; al menos, no todavía. Su abogado Diego Pirota dijo ayer: «Considero innecesaria la convocatoria cuando Boudou ya ha dado las explicaciones en la causa voluntariamente». Pero parecía más enojado con Lijo. «El fiscal está actuando en respuesta a la serias irregularidades procesales cometidas por el juzgado, particularmente la decisión de citar como testigos a quienes resultan imputados por el fiscal», declaró Pirota a La Nación en referencia a los Ciccone, que declararon en diciembre y complicaron mucho la suerte de Boudou.
lapoliticaonline.com

Ciccone: Echegaray declaró y complicó aún más a Boudou

ECHEGARAY
El titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos El titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Ricardo Echegaray, declaró ayer por escrito y como testigo en la causa penal por la imprenta Ciccone y, en cierta manera, complicó al vicepresidente Amado Boudou.

Echegaray explicó que si aceptaba el plan de pagos de la ex Ciccone -ya con la intervención de la firma The Old Fund, ligada al abogado Alejandro Vandenbroele- y al que ya le había dado el OK Boudou, incurriría en un delito.

Esto es porque, según explicó el funcionario en su escrito, el plan implicaba una quita de deuda y esta no es facultad de la AFIP sino del Congreso, dijo. Por ello sí aceptó el organismo a su cargo otro plan que descartaba la idea original, pero incluía quita de intereses, una prerrogativa que tiene el organismo recaudador.

Las explicaciones de Echegaray fueron en línea con lo que ya había dicho públicamente sobre el asunto pero dejan mal parado al vicepresidente. Boudou niega conocer a Vandenbroele pese a las múltiples evidencias reunidas por la Justicia.

Los dichos de Echegaray incorporados ayer a la causa también ponen en duda el papel de su ex jefe de asesores, Rafael Resnick Brenner, quien también había dado su visto bueno al plan de pagos original.

El juez del concurso de acreedores, Javier Cosentino , había calificado de “llamativo” el cambio de opinión de la AFIP, por cuanto había pedido la declaración de quiebra de Ciccone -una postura inhabitual por parte del ente recaudador- y luego avino a su levantamiento con la aprobación del plan de pagos finalmente acordado.

Por ello es que al estallar el escándalo, el titular de la AFIP también había quedado en el medio de las sospechas. De hecho, su declaración como testigo generó la reacción de la defensa de Boudou, porque ella consideraba que estaba técnicamente imputado por el fiscal Jorge Di Lello. Esto generó además una disputa entre el fiscal y el juez Ariel Lijo.declaró ayer por escrito y como testigo en la causa penal por la imprenta Ciccone y, en cierta manera, complicó al vicepresidente Amado Boudou.

Echegaray explicó que si aceptaba el plan de pagos de la ex Ciccone -ya con la intervención de la firma The Old Fund, ligada al abogado Alejandro Vandenbroele- y al que ya le había dado el OK Boudou, incurriría en un delito.

Esto es porque, según explicó el funcionario en su escrito, el plan implicaba una quita de deuda y esta no es facultad de la AFIP sino del Congreso, dijo. Por ello sí aceptó el organismo a su cargo otro plan que descartaba la idea original, pero incluía quita de intereses, una prerrogativa que tiene el organismo recaudador.

Las explicaciones de Echegaray fueron en línea con lo que ya había dicho públicamente sobre el asunto pero dejan mal parado al vicepresidente. Boudou niega conocer a Vandenbroele pese a las múltiples evidencias reunidas por la Justicia.

Los dichos de Echegaray incorporados ayer a la causa también ponen en duda el papel de su ex jefe de asesores, Rafael Resnick Brenner, quien también había dado su visto bueno al plan de pagos original.

El juez del concurso de acreedores, Javier Cosentino , había calificado de “llamativo” el cambio de opinión de la AFIP, por cuanto había pedido la declaración de quiebra de Ciccone -una postura inhabitual por parte del ente recaudador- y luego avino a su levantamiento con la aprobación del plan de pagos finalmente acordado.

Por ello es que al estallar el escándalo, el titular de la AFIP también había quedado en el medio de las sospechas. De hecho, su declaración como testigo generó la reacción de la defensa de Boudou, porque ella consideraba que estaba técnicamente imputado por el fiscal Jorge Di Lello. Esto generó además una disputa entre el fiscal y el juez Ariel Lijo.
Diariohoy.net

Hubo problemas con el nuevo régimen y sólo 242 compras

formula
La AFIP autorizó 121.000 solicitudes. Pero apenas el 0,2% logró conseguir los billetes. Los bancos dijeron que no tenían preparados los sistemas y prometieron que hoy se normalizará la operatoria.
Ayer arrancó el nuevo régimen para comprar dólares al tipo de cambio oficial con fines de ahorro, pero estuvo sujeto a algunos problemas: la mayoría de los contribuyentes que consiguieron la autorización de la AFIP no pudieron hacerse de los dólares porque los bancos no tenían los sistemas operativos preparados. Prometieron que entre hoy y mañana harán las adecuaciones y venderán las monedas extranjeras. Tal como se había anunciado el viernes pasado, tendrán un recargo del 20% a cuenta del Impuesto a las Ganancias. Así, según la cotización oficial de ayer ($ 8,10) el dólar para atesorar cuesta $ 9,72.

Al anunciar la reglamentación del régimen, el jefe de Gabinete, Jorge Capitanich, y el titular de la AFIP, Ricardo Echegaray, precisaron ayer a la mañana los requisitos para entrar al régimen: tendrán que ser trabajadores en relación de dependencia, monotributistas o autónomos que ganen más de $7.200 (equivalente a dos salarios mínimos). Y sólo podrán destinar a estas compras el 20% de su sueldo de bolsillo, una vez al mes.

El recargo de 20% a cuenta del Impuesto a las Ganancias se aplicará en todos los casos, salvo que decidan dejar los dólares depositados por un año en una caja de ahorro o en un plazo fijo. Si retiran estas divisas antes de este plazo, la entidad bancaria les aplicará la retención.

Este esquema le permite al Gobierno que la flexibilización del cepo no afecte del todo el nivel de las reservas porque los billetes verdes que están depositados en los bancos, por más que sean de los particulares, contablemente se registran como si fueran parte de las reservas de dólares de la autoridad monetaria.

El ente recaudador autorizó ayer más de 120 mil solicitudes entre las 8 y las 17 horas, pero durante el primer día sólo se concretó el 0,2% de las operaciones. Esta brecha se debió a que en muchos casos los contribuyentes realizaron el pedido ante la AFIP simplemente para saber si podían comprar. Y en otros fue porque efectivamente querían comprar, pero no pudieron conseguir los dólares porque el Banco Central publicó la comunicación 5.526 al mediodía y la mayoría de los bancos no llegó a adaptar sus sistemas operativos para poder realizar estas ventas.

Desde el Ministerio de Economía se comunicaron con algunas entidades que habían pedido 72 horas para preparar los programas, pero en el Palacio de Hacienda les pidieron que para hoy tengan todo preparado. El Banco Provincia, Ciudad, Galicia, Macro y HSBC fueron algunos de los que ayer no concretaron ninguna operación, según la información suministrada por la AFIP. Si bien el Banco Nación realizó 7 operaciones, la sucursal que está en el edificio del Ministerio de Economía tampoco realizó ninguna.

“Vamos a adaptarnos mañana (por hoy)”, manifestaron de un banco privado. “No es tan sencillo el tema, mañana (por hoy) siguen las reuniones”, agregaron desde otra entidad. Las entidades consultadas por Clarín coincidieron en que la mayor dificultad está en cómo implementar la retención del 20% a cuenta de Ganancias para las personas que en un principio dejan los dólares depositados, pero que tienen previstos retirarlos antes de los 365 días. “Seguramente les tendremos que pedir que nos firmen una declaración que determine que si lo retiran antes, el banco les efectúa la retención”, explicaron desde un banco.

El Banco Central informó que las personas que recibieron una autorización de la AFIP no podrán ir a una casa de cambio o a un banco con los billetes para hacerse de las divisas. Tendrán que hacer una transferencia desde una caja de ahorro, un débito bancario o ir con un cheque.

Desde el Gobierno también aclararon que la autorización no incluye el anticipo de Ganancias, por lo tanto si una persona recibe una habilitación para comprar divisas por $ 1.000, tendrá que destinar otros $ 200 por el anticipo si pretende llevarse las divisas a su casa.

¿Quiénes no podrán comprar divisas para atesorar?

La AFIP aclaró que las personas que no tengan un trabajo registrado o que ganen menos de $ 7.200 no serán autorizados. Los que tengan una solicitud de compra de divisas activa y no hayan concretado la operación, o quienes presenten i nconsistencias ante la AFIP tampoco serán habilitados. Lo mismo les pasará a los contribuyentes que estén inhabilitados ante el fisco porque habían comprado divisas para ir al exterior, pero no concretaron el viaje oportunamente.

Los jubilados no fueron incluidos en la normativa original, pero podrán comprar si tienen haberes por encima de los $ 7.200 aclararon fuentes cercanas a Axel Kicillof y lo ratificó la AFIP.
ieco.clarin.com

Government unveils details of its plan to allow dollar sales for savings

Capitanich
The government today unveiled the details of its new plan to lift prohibitions of dollar sales for savings, after the measure was made official earlier on the official gazette.
In a press conference held at the Government House, Cabinet Chief Jorge Capitanich and AFIP tax agency chief Jorge Echegaray explained the measure announced last Friday by Economy Minister Axel Kicillof.
The 20% surcharge on foreign currency purchases will still be applied unless the amount is deposited at a bank in no less than 365 days of the operation.
Capitanich specified “every registered worker” will be able to buy dollars, “depending on their monthly, usual and permanent income.”
He added Argentines who are willing to buy dollars must have a minimum wage of 7,200 pesos, and can purchase a maximum of 2,000 dollars per month.
Capitanich stated that “due to the success these measures have had in the receptive and domestic tourism,” no changes have been implemented regarding credit card purchases abroad which will still be affected by a 35% surcharge.
buenosairesherald.com

DÓLAR AHORRO PARA LOS QUE GANEN MÁS DE $7.200

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No habrá cambios para el dólar turista: seguirá cobrando el 35%.

Ese es el salario mínimo para que la AFIP autorice a comprar divisas. El límite de compra es de 2.000 dólares mensuales. El recargo del 20 por ciento para adquirir la moneda al cambio oficial no se aplicará a quienes depositen el dinero al menos por un año en un banco. La AFIP publicará las transacciones.

mo será la compra del dólar ahorro. El jefe de Gabinete, Jorge Capitanich, aclaró que «todos los trabajadores registrados en relación de dependencia, autónomos y monotributistas registrados» que «perciban, como mínimo, el equivalente a dos sueldo mínimo vital y móvil», que es de 3.600 pesos, podrán adquirir «como máximo 2.000 dólares» por mes.

El funcionario también señaló que a la compra de dólares para atesoramiento se le recargará el 20 por ciento del total de la compra, mientras que para turismo «no hay cambios», por lo tanto se mantendrá en 35 por ciento.

En conferencia de prensa en la Casa Rosada, junto al titular de la AFIP, Ricardo Echegaray, Capitanich explicó que la compra de divisas extranjeras se realizará a través de un formulario en la página del organismo recaudador y remarcó que solo podrán acceder a la compra aquellos que «perciban el equivalente a dos sueldos mínimos, que es (en total) de 7.200 pesos».

Esta mañana el Gobierno oficializó a través de la publicación en el Boletín Oficial la autorización de compra de dólares para «tenencia» a personas físicas con un recargo del 20 por ciento como anticipo de Ganancias, que no será cobrado si quien adquiere las divisas efectúa un depósito bancario por un lapso mínimo de un año.

El jefe de Gabinete agregó que el acceso a la compra de divisas será a través del sistema informático «automático y transparente» de la AFIP, y «con el formulario de autorización, la persona física podrá recurrir durante las próximas 72 horas hábiles a una entidad financiera para adquirir los dólares».

«En los últimos diez años se atesoraron unos 143 mil millones de dólares y consideramos que la metodología implementada es para el pequeño ahorrista, que quiere acceder a un nivel de tenencia en dólares», indicó.

 

 

La AFIP publicó la fórmula que determina la cantidad de dólares que se pueden adquirir

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Así lo aseguró este lunes Jorge Capitanich. El Gobierno ya oficializó la medida que permite la compra de divisas para atesoramiento. La normativa establece que el recargo del 20% no regirá cuando lo adquirido sea depositado en una cuenta bancaria durante al menos un año
En conferencia de prensa, el jefe de Gabinete, Jorge Capitanich, detalló este lunes que el limite inferior de ingresos que debe poseer quien quiera adquirir divisas es igual a dos salarios mínimos que equivale a 7.200 pesos. Y el límite máximo de compra se ubica en 2.000 dólares mensual.
Asimismo, Capitanich, precisó que la fórmula que determinará la posibilidad de adquirir -o no- divisas, ya está publicada en la página web de la AFIP.
Al respecto, el titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Ricardo Echegaray aseguró que el recargo del 20% se le devolverá a quienes compren divisas y no sean contribuyentes en el Impuesto a los Bienes Personales y Ganancias.
Nuevo cepo
El Gobierno oficializó este lunes la medida que permite la compra de divisas para atesoramiento, aunque las precisiones son escasas. La normativa establece no obstante una novedad: el recargo del 20% no regirá cuando la divisa adquirida sea depositada en una cuenta bancaria durante al menos un año.
“No será aplicable la percepción cuando la moneda extranjera adquirida sea depositada, por un lapso no inferior a 365 días, en una cuenta de una entidad financiera, a nombre del adquirente de la misma y conforme el procedimiento que establezca el Banco Central de la República Argentina”, se indica en la resolución general 3583 publicada en el Boletín Oficial.
Tal como había anticipado ayer el ministro de Economía, Axel Kicillof, contradiciéndose con lo que había afirmado tan sólo 48 horas antes, no habrá una reducción en el régimen de percepción para las compras con tarjetas de crédito en el exterior que se mantendrán en el 35 por ciento.
La normativa precisa que en el supuesto de que la moneda extranjera adquirida y depositada se retire antes del plazo de un año, “la percepción se aplicará en oportunidad de su retiro de la cuenta bancaria”.
La resolución aclara que la percepción que se practique se considerará pago a cuenta de los tributos que, para cada caso, se indica a continuación:
Personas Físicas adheridas al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo) y que no resultan responsables del Impuesto a las Ganancias: Impuesto sobre los Bienes Personales.
Demás Personas Físicas: Impuesto a las Ganancias”.
Fuente: iProfesional.com/Tn.com.ar

La AFIP publicó la fórmula que determina la cantidad de dólares que se pueden adquirir

formulaAsí lo aseguró este lunes Jorge Capitanich. El Gobierno ya oficializó la medida que permite la compra de divisas para atesoramiento. La normativa establece que el recargo del 20% no regirá cuando lo adquirido sea depositado en una cuenta bancaria durante al menos un año

En conferencia de prensa, el jefe de Gabinete, Jorge Capitanich, detalló este lunes que el limite inferior de ingresos que debe poseer quien quiera adquirir divisas es igual a dos salarios mínimos que equivale a 7.200 pesos. Y el límite máximo de compra se ubica en 2.000 dólares mensual.
Asimismo, Capitanich, precisó que la fórmula que determinará la posibilidad de adquirir -o no- divisas, ya está publicada en la página web de la AFIP.

Al respecto, el titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Ricardo Echegaray aseguró que el recargo del 20% se le devolverá a quienes compren divisas y no sean contribuyentes en el Impuesto a los Bienes Personales y Ganancias.
Nuevo cepo
El Gobierno oficializó este lunes la medida que permite la compra de divisas para atesoramiento, aunque las precisiones son escasas. La normativa establece no obstante una novedad: el recargo del 20% no regirá cuando la divisa adquirida sea depositada en una cuenta bancaria durante al menos un año.
«No será aplicable la percepción cuando la moneda extranjera adquirida sea depositada, por un lapso no inferior a 365 días, en una cuenta de una entidad financiera, a nombre del adquirente de la misma y conforme el procedimiento que establezca el Banco Central de la República Argentina», se indica en la resolución general 3583 publicada en el Boletín Oficial.
Tal como había anticipado ayer el ministro de Economía, Axel Kicillof, contradiciéndose con lo que había afirmado tan sólo 48 horas antes, no habrá una reducción en el régimen de percepción para las compras con tarjetas de crédito en el exterior que se mantendrán en el 35 por ciento.
La normativa precisa que en el supuesto de que la moneda extranjera adquirida y depositada se retire antes del plazo de un año, «la percepción se aplicará en oportunidad de su retiro de la cuenta bancaria».
La resolución aclara que la percepción que se practique se considerará pago a cuenta de los tributos que, para cada caso, se indica a continuación:
Personas Físicas adheridas al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo) y que no resultan responsables del Impuesto a las Ganancias: Impuesto sobre los Bienes Personales.
Demás Personas Físicas: Impuesto a las Ganancias».

Fuente: iProfesional

La AFIP le secuestró un auto de alta gama a Fariña y podría rematarlo en una subasta pública

farinia
Lo decidió un Tribunal de Dolores, luego de que se embargará el vehículo del empresario por una presunta deuda.
El automóvil Audi TT Coupe 1.8T FSI de Leonardo Fariña -valuado en 400.000 pesos- fue secuestrado por la AFIP y será trasladado a la ciudad de La Plata para ser colocado en una subasta pública a causa de la millonaria deuda que el empresario mantiene con el fisco.

El secuestro, realizado en Pinamar, surgió a partir de una fiscalización donde se le determinó a Fariña una deuda millonaria que continúa impaga.

Por ello se le había trabado el embargo de sus bienes, y ahora el secuestro de uno de sus automóviles, recordaron las fuentes.

El juez actuante es el doctor Adolfo Gabino Ziulu, del Juzgado Federal N° 2 de La Plata, Secretaría de Ejecuciones Fiscales.

Fariña fue denunciado por la AFIP por evasión fiscal agravada, que prevé penas de hasta 9 años de prisión.

FUENTE: Télam

Claves para entender la eliminación del control en el mercado cambiario

dolar
La medida comenzará a regir este lunes y representa un golpe al mercado informal, al que sólo acudirán quienes no tengan capacidad contributiva o los que no puedan justificar sus ingresos.

Luego de que el dólar alcanzara los $8, el Gobierno anunció la eliminación del control cambiario. De esta forma, las personas físicas podrán comprar divisas para el atesoramiento, con previa autorización de la AFIP.

Las claves para entender la medida:

Comezará a regir el lunes.

Como ocurría antes de que comenzara el control cambiario, en octubre de 2011, la AFIP será la que deberá autorizar la compra de dólares para el atesoramiento.

El organismo tendrá en cuenta los ingresos declarados por el solicitante. De esta forma, el monto límite estará relacionado con la existencia comprobada de la contrapartida en pesos.

La autorización será sólo para personas físicas.

La medida se dio a conocer horas después de que el dólar alcanzara los $8. «El Gobierno considera que el precio de la divisa, del dólar, ha alcanzado un nivel de convergencia aceptable para los objetivos de la política económica», explicaba este viernes Capitanich.

Se estima que se reducirá aún más el volumen del mercado ilegal que, con las restricciones, ya era marginal.

Se decidió disminuir de 35 a 20% el anticipo del impuesto a las Ganancias que regía para la adquisición de divisas con fines turísticos o en las compras en el exterior con tarjeta de crédito. Así, se vuelve al porcentaje que corría hasta mediados de diciembre pasado.

Una de las interrogantes que se plantea es qué monto autorizará la AFIP. Como antecedente inmediato, el organismo pasó de permitir la compra de 2 millones de dólares diarios a gastos para turistas a cerca de 4 millones en diciembre del año pasado.

Ayer jueves, por la mañana, Capitanich había advertido que el Gobierno iba a tomar «medidas de efecto sorpresa en el mercado ilegal del dólar». A la tarde, la Policía Federal, funcionarios del Banco Central (BCRA) e inspectores de la AFIP llevaron a cabo 29 allanamientos en diversas sociedades de bolsa de la city porteña que también funcionarían como «cuevas» en las que se vendían dólares de forma ilegal.
minutouno.com

La AFIP definirá caso por caso qué compras on line eludirán las trabas

afipLas compras de libros, medicamentos con receta y obras de arte quedarán exceptuadas de las limitaciones de la AFIP a la adquisición de artículos en el extranjero. Así lo informó el organismo recaudador ayer en su página web.

Pero la AFIP abrió una zona gris con otras mercaderías que podrían estar exceptuadas. Se trata de las que sean “de primera necesidad” para el destinatario.

Desde la AFIP dejaron trascender que “no habrá problemas con videos, discos, souvenirs, regalos, lo que no pueda ser revendido”, pero nada de eso quedó escrito ni reglado. Cualquier persona que quiera esos productos quedará sometido a la discrecionalidad de los funcionarios de la Aduana.

Varios expertos tributaristas y aduaneros dijeron que la palabra “primera necesidad” se presta a todo tipo de interpretaciones. “La AFIP y Aduana tienen la indicación de no generar problemas con discos, videos, productos culturales o lo que pueda ser un regalo”, detalló uno de los consultados, que pidió no ser identificado.

¿Qué pasará con un anillo (que puede ser de valor afectivo), una cadenita (que puede ser de valor religioso), una artesanía o regalo enviado desde afuera?, preguntó Clarín a la AFIP, pero el organismo recaudador no contestó.

“Como cualquier aspecto impositivo que no está reglado, se presta mucho a la voluntad del funcionario del día de turno. Puede ser que una persona vaya a retirar un disco y no le digan nada, como también puede pasar que le pongan obstáculos. Se volvió algo impredecible ”, agregó un conocedor de los despachos aduaneros.

Uno de los temores de personas que esperan “regalos” (como discos o artesanías) de afuera es tener que pagar algún adicional no declarado para poder recibir esos productos. O que se consuma el cupo de dos compras anuales.

Desde el martes, el Gobierno limitó las compras de productos en sitios del extranjero. Habrá que pagar un adicional del 50% por cualquier adquisición que supere los US$ 25. Desde el miércoles, la AFIP también restringió a sólo dos las compras que se pueden hacer en el extranjero, salvo con las excepciones, como libros. Para poder hacer más compras habrá que anotarse en el registro de importadores. Ese procedimiento, que es largo y lleva muchos trámites, implica abonar además hasta un 100% más del precio de un producto en el extranjero.

La AFIP decidió complicar al máximo las importaciones por parte de particulares para evitar la fuga de dólares. Hasta los nuevos límites, se estaban entregando 20.000 pedidos diarios de productos comprados en sitios extranjeros destinados a particulares, en especial en ropa.

Fuente: iEco

El gobierno flexibiliza el cepo cambiario después de dos años

capitanich kicillofFinalmente, luego de dos años de cepo cambiario, el Gobierno Nacional anunció esta mañana la liberación del dólar para el ahorro. Lo hizo Jorge Capitanich con tan poca información como autocrítica.  El anuncio llega en una situación extrema con una disparada del dólar libre y oficial y la caída abrupta de las reservas, en un intento de contención.

Jorge Capitanich, en su conferencia de prensa de esta mañana, anunció el supuesto fin del «cepo al dólar», en compañía del ministro de Economía Axel Kicillof. La medida llega después de una jornada desesperada, un jueves que cerró el dólar oficial que tocó los $8,40 y el libro giró en torno a los $13, de modo que el Banco Central debió liberar unos US$100 millones, para contener los aumentos, y esta situación se estaba  tornando diaria.

Claramente, a situación se estaba tornando insostenible a  pesar de que el jefe de Gabinete manifestó que todo está perfectamente y que viene saliendo de acuerdo a lo planeado, «el Gobierno considera que el dólar llegó a un nivel de convergencia aceptable para los objetivos de política económica», explicó.

Pero cuidado, que no es el fin del cepo sino una flexibilización. De acuerdo a Capitanich la autorización de compra de dólares para atesoramiento de momento se limita a las personas físicas previa aprobación de la AFIP, que estará supeditada a las declaraciones juradas de ingresos que realizaron los contribuyentes. En la conferencia no se dieron más detalles ni se respondieron preguntas de la prensa.

Mientras tanto, los economistas responden con cautela a la medida que Roberto Lavagna calificó en Radio Mitre como «improvisada». “Son tantos zigzag que los inversiones toman distancia”, agregó y recordó que “el tema de la inflación sigue estando ahí y sobre eso estamos en veremos”.

Por su parte, Carlos Melconian dijo que «recordemos lo que es volver a ese régimen, que una persona con un buen salario no podía comprar dólares en 2011. En segundo término, el Gobierno cree que el tipo de cambio al que se llegó ayer alcanza para lo que todos pretenden. Ahora espero que haya algo detrás de esto», aseguró.
Y continuó: «Si de lo que se lee linealmente, el Gobierno cree que a $8 se encontró un equilibrio, pero hay 30% de inflación y no hay equilibrio fiscal, está jugando con fuego».
En definitiva, en medio de la incertidumbre (ya que resta esperar a ver cómo procede la AFIP en lo que respecta a las autorizaciones), no hay confianza de que el Gobierno tenga un plan económico consciente, mientras que es hasta gracioso como el cepo al dólar pareciera ser una medida fracasada, que generó pérdida de reservas e inflación, no obstante, según el kirchnerismo, el plan va sobre ruedas.  Ahora ¿Deberíamos tener fe y esperar alguna ingeniosa medida para contener las subas de precios? (más creativa que el acuerdo de precios , al menos)

La AFIP rescató 13 menores explotados en Chubut

menores explotados
La Administración Federal de Ingresos Públicos encontró a 13 menores, de entre 9 y 15 años, trabajando bajo las órdenes del propietario de la finca en un campo de frambuesas en el Lago Puelo.
Los niños recibían como pago 6 pesos por kilo cosechado en un predio de 4 hectáreas en el que se producen frutas finas para la elaboración de dulces y conservas.
Explotación de menores (AFIP)
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a través de la Dirección General de los Recursos de la Seguridad Social (DGRSS) , en el marco del Operativo Verano 2014, encontró a 13 menores, de entre 9 y 15 años, trabajando bajo las órdenes del propietario de la finca en un campo de frambuesas en el Lago Puelo, provincia del Chubut.

Los niños recibían como pago 6 pesos por kilo cosechado en un predio de 4 hectáreas en el que se producen frutas finas para la elaboración de dulces y conservas.

Ante la presencia de los agentes de la AFIP los niños, que cargaban baldes de 20 kilogramos de peso, corrieron a ocultarse entre los pastizales cercanos hasta que finalmente se logró identificarlos.

La AFIP radicó la correspondiente denuncia en la Comisaría de Lago Puelo y en el Juzgado Federal de Primera Instancia de Esquel, a cargo del Juez Guido Otranto.

El Código Penal prevé penas de 1 a 4 años de prisión para quien aproveche económicamente el trabajo de un menor.

La producción tenía como destino una fábrica de dulces localizada en la ciudad de El Bolsón, provincia de Río Negro.
26noticias.com.ar

Libros, remedios y obras de arte quedan fuera de los límites que puso la AFIP a las compras en el exterior

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Se podrán ingresar al país más de dos veces al año; lo especifica la AFIP en su sitio Web; alcanza a todos los servicios de envíos por correo postal.
El anuncio llega después de dos días agitados, donde la AFIP resolvió comenzar a pedir declaraciones juradas (y el pago de un canon) para ingresar al país por correo objetos adquiridos en el exterior , y limitar a dos al año las veces que se pueden hacer este tipo de envíos.
La Agencia que dirige Ricardo Echegaray aclaró hoy en su sitio Web , refiriéndose al límite de dos envíos al año, que » quedan excluidas de la limitación prevista en la presente norma los libros, medicamentos con receta médica, obras de arte de la Ley 24.633 y demás mercaderías de primera necesidad para el destinatario, debidamente acreditadas ante el servicio aduanero «.

El sitio, que la Agencia debió renovar en los últimos, días, aclara algunas de las dudas que había respecto de las limitaciones que ahora rigen para hacer envíos desde el exterior; hasta ayer sólo hacía referencia al Correo Argentino, pero ahora habla en general de todos los servicios postales o de tipo courier.

Como detallamos ayer, se impone una franquicia de 25 dólares al año para la recepción por correo de objetos comprados en el exterior (divisible en dos compras, salvo que sea para libros, remedios u obras de arte); cuando la compra supere este monto (hay que calcular el precio del objeto adquirido y del costo de envío) se debe pagar un 50% adicional; la declaración jurada que informa la compra, y el pago del adicional de ser necesario, son condiciones excluyentes para recibir la mercadería.

La nueva normativa de la AFIP no afecta la compra de software o contratación de servicios digitales (aplicaciones, libros electrónicos u otros servicios), aunque sí habrá que tener en cuenta que se deberá abonar un 35% sobre el monto abonado a cuenta del pago del impuesto a las Ganancias. La franquicia para ingresar mercadería manualmente (es decir, en avión, barco u ómnibus) sigue siendo la de siempre.
lanacion.com

La AFIP puso hoy más restricciones a las compras por Internet: sólo dos por año

afipDe acuerdo a la nueva resolución, se permitirá realizar operaciones por hasta 25 dólares anuales sin pagar el impuesto aduanero.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) amplió hoy la restricción para compras de objetos físicos en el exterior a través de Internet, al disponer que sólo se podrán realizar dos transacciones por persona por año y que sólo se permitirá realizar operaciones por hasta 25 dólares anuales sin pagar el impuesto aduanero.

A través de la resolución general 3.582, publicada hoy en el Boletín Oficial con la firma del titular de la AFIP, Ricardo Echegaray, se determinó que «los sujetos que realicen compras de mercaderías a proveedores del exterior, que ingresen al país mediante el correo oficial -incluido el servicio puerta a puerta-, podrán utilizar el procedimiento previsto en la Resolución General 3.579 en dos oportunidades en el año calendario».

Asimismo, se agrega que se aplicará una «franquicia anual de veinticinco dólares» por persona, y que «los envíos que excedan del límite previsto en el artículo anterior, deberán ser cursados al amparo del Régimen General de Importación», que implica un pago del 50 por ciento del valor excedente de la encomienda.

En sus considerandos, la norma remarca que «en virtud al gran incremento producido en la utilización del régimen» de compras en el exterior por Internet, se «dificulta el control que debe efectuar el Servicio Aduanero», por lo cual «resulta necesario implementar medidas tendientes a contar con mayor información para el libramiento de dichos envíos».

La Resolución General 3579, publicada ayer en el Boletín Oficial, estableció que las personas que adquieran mercaderías en el extranjero mediante la web deberán acceder al sitio web de la AFIP, llenar «el formulario 4550 y completar el mismo con el detalle de la adquisición realizada».

«La presentación de la declaración jurada se realizará con anterioridad al retiro o recepción de la mercadería por parte del adquirente», se explica.

Fuente: Clarín

Rigen desde hoy nuevos controles de la AFIP para las compras por Internet

compras internetEl Gobierno publicó en el Boletín Oficial, la resolución que indica que quienes quieran adquirir productos vía on line deberán completar una declaración jurada

Con el objetivo de contener la salida de dólares del país, a partir de hoy quienes compren mercancías en el exterior por Internet deberán completar previamente una declaración jurada.

La medida que fue publicada hoy en el Boletín Oficial bajo la Resolución General 3579 y que lleva la firma del titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos( AFIP), Ricardo Echegaray, busca además controlar y rastrear las direcciones de Internet donde se venden los distintos productos.

«Por razones de administración tributaria, corresponde establecer un procedimiento de presentación de declaración jurada a fin de optimizar la trazabilidad de las operaciones realizadas», se afirma en los considerandos de la resolución.

La fuga de dólares bajo cualquier vía preocupa al Gobierno: las reservas ya perforaron la barrera de los 30 mil millones de dólares. Bajo ese precepto, desde la Aduana ya había reforzado los controles a las compras de exterior por Internet. Desde diciembre pasado, tal como informó LA NACION, se revisan casi todos los paquetes que llegan, algo que antes hacía de modo aleatorio.

De tener apenas un par de oficiales dedicados al control de mercaderías, en los últimos tiempos se habría creado en Ezeiza hasta una comisión con más de 18 personas.

Debido a los escasos controles, hasta ahora, los argentinos ingresaban textiles o incluso electrónica que compraban por Internet sin inconvenientes. Con la nueva medida el Gobierno busca revertir la situación.

ECHEGARAY: LA MIRA EN LAS COMPRAS POR LA WEB

En noviembre pasado , el administrador federal de ingresos públicos, Ricardo Echegaray, advirtió que las compras por Internet representaban «un desafío mundial», argumento con el que justificó el despacho de inspectores para monitorear, en primera instancia, y amedrentar, en definitiva, las compras en los portales.

Fuente: La Nación

Las dos nuevas de la AFIP: declaraciones diarias de los súper y 50% extra para compras en el exterior

Ya lo venimos anunciando, el Estado del «Modelo» es cada vez más grande y más caro, y como la balanza financiera de exportaciones no arroja resultados favorables constantes, laúnica que le queda al Gobierno para mantener en funcionamiento la máquina es recurrir a la presión tributaria. Una medida muy fantasiosa que puede fracasar en cualquier momento, tan pronto como baje (aún más y más rápido) el nivel adquisitivo de la población, parece que la burbuja está a punto de explotar.

Las reservas del BCRA continúan cayendo despiadadamente y el Estado necesita recaudar a la par que limita al máximo el uso de moneda extrajera. Las nuevas medidas de la AFIP  apuntan, claramente,  a  llenar las arcas públicas para mantener en funcionamiento la máquina y a frenar la inflación,  como si la culpa de los descalabros económicos argentinos recayera en los consumidores   irresponsables  y en los empresarios y comerciantes avariciosos.

Más cargas para las compras en el exterior

La primera medida está en la línea de control férreo a todas las operaciones en el exterior. Se trata de una declaración jurada para retirar envíos desde páginas web extranjeras y a través de la misma  pagar un arancel que, si bien se encontraba vigente, no siempre aplicaba a cada una de las compras.
Por supuesto que no van a faltas  fanáticos que consideren que es una medida perfecta que sólo afecta a «la clase media oligarca y gorila», pero la realidad es que muchos consumidores se volcaban, de tanto en tanto, a las compras online en el extranjero atraídos por sus precios baratos, envío gratuito y acceso a productos difíciles de conseguir en el mercado local.
Con la nueva modalidad todos los consumidores contarán con una franquisia anual de u$s25 para realizar este tipo de compras. En caso de sobrepasarse se deberá abonar un recargo del 50% del costo del producto más sus gastos de envío. Y a ese monto hay que añadir el 35% extra que corresponde al uso de dólares y que puede deducirse de Ganancias y Bienes Personales.

Para pagar el gravamen se deberá acceder a una declaración jurada dónde detallen qué producto compraron y generar un Volante Electrónico de Pago (VEP) para abonar el recargo del 50% por ingresar mercadería extrajera al país, en caso de corresponder.

Claro está que no está mal que el Gobierno controle qué productos ingresan al país y que se cobre una cuota impositiva acorde, pero en este caso es irrisorio que haya gravámenes que carguen una compra con 85% extra de su valor (el 50% más el 35%), ya que esto es una prohibición encubierta.

Las declaraciones diarias de los supermercados

Es es otra nueva medida de la AFIP que apunta, en teoría, a reforzar el «acuerdo de precios» y controlar los stock para no caer en desabasteciendo. Mediante la misma ocho cadenas de supermercados deberán presentar al ente recaudador un formulario en el que se detalle la cantidad y el monto de los productos vendidos durante la jornada. El incumplimiento de la medida incluye multas y hasta la cárcel en casos extremos.
En efecto, se trata del «Régimen de Información de Operaciones Comerciales Minoristas», oficializado mediante la Resolución General 3580 publicada hoy en el ‘Boletín Oficial’ , dónde se estableció que todos los comercios que sean notificados deberán realizar estos informes diarios correspondientes a las ventas minoristas
La disposición indica que los alcanzados por la misma «deberán informar respecto de las operaciones efectivizadas mediante controladores fiscales, las cantidades vendidas y el precio unitario facturado, correspondientes a cada día». La normativa precisa además que «los productos alcanzados que no registren ventas en el período que se informa, deberán ser identificados ingresando «cero» (0) en el campo correspondiente a cantidad».

Según el portal de noticias Urgente 24, la AFIP difundió que entre las cadenas obligadas por la medida se encuentran  Disco, Jumbo, Wal-Mart, Día, Coto, Inc S.A. (Carrefour), Josimar e Importadora y Exportadora de La Patagonia (La Anónima), aunque el listado puede aumentar con el tiempo. Las mismas podrán consultarse en el sitio web www.afip.gob.ar/operacionesminoristas.

De esta forma, la AFIP continúa sorprendiendo con el aumento de la presión a los contribuyentes y lo peor es que este tipo de medidas parecen ser las únicas soluciones para la inflación, la caída en las reservas, la baja en las exportaciones, etc. ¿Se aproxima el colapso del «modelo? Es muy probable.

Supermercados deberán declarar sus ventas a la AFIP de cada día

superEl organismo fiscalizador dispuso que ocho cadenas presenten un formulario estableciendo la cantidad y monto de los productos vendidos

Por medio de la Resolución General 3580 publicada hoys en el Boletín Oficial, la AFIP estableció un nuevo régimen de notificación de ventas minoristas que estarán obligados a realizar todos los comercios que sean notificados por el fisco.
En el flamante “Régimen de Información de Operaciones Comerciales Minoristas” los sujetos obligados “deberán informar respecto de las operaciones efectivizadas mediante controladores fiscales, las cantidades vendidas y el precio unitario facturado, correspondientes a cada día”.
La normativa precisa además que “los productos alcanzados que no registren ventas en el período que se informa, deberán ser identificados ingresando cero (0) en el campo correspondiente a cantidad”.
La Resolución General también establece que quienes incumplan el procedimiento serán sancionados con la Ley de Procedimiento Tributario, que establece desde multas hasta confiscaciones e incluso la posibilidad de ir a la cárcel en casos extremos.
Por el momento, el organismo que conduce Ricardo Echegaray confeccionó una nómina que está integrada por ocho cadenas de supermercados que deberán aplicar el régimen. Ellas son Disco, Jumbo, Wal-Mart, Día, Coto, Inc S.A. (Carrefour), Josimar e Importadora y Exportadora de La Patagonia (La Anónima).
De todas formas, la entidad conducida por Ricardo Echegaray aclaró que el listado podría aumentarse con el correr del tiempo. Aquellas compañías que sean incluidas en el régimen recibirán una notificación del fisco y serán incluidas en el sitio web creado para tal fin: www.afip.gob.ar
Una vez que el contribuyente sea notificado por la AFIP de que está incluido en la nómina “deberá a partir del séptimo día corrido posterior a la notificación dar cumplimiento a lo establecido en el mencionado régimen”.
Aunque no fue comunicado formalmente, se presume que la nueva normativa permitirá al gobierno controlar los stocks de venta de las grandes cadenas de supermercados para evitar desabastecimientos. Este lunes, funcionarios de la Secretaría de Comercio Interior se comunicaron con distintos proveedores y empresarios para indagar acerca de los productos faltantes en el acuerdo de “precios cuidados”.
La semana pasada, la cadena Coto empezó a publicar en sus góndolas los nombres de las empresas que no cumplían con el abastecimiento de los productos incluidos en el nuevo acuerdo de precios.

Fuente: El Tribuno

Las reservas del BCRA tocaron el piso más bajo en siete años pero Capitanich dice no estar preocupado

bcraLas reservas del BCRA continúan cayendo a pesar de los esfuerzos por contener la situación. La entidad bancaria aceptó que llegó al menor piso en siete años, con menos de US$ 30.000 millones bajo su administración. De esta forma, los ingresos en divisas son menores de los que Argentina necesita mientras tanto el valor del peso se erosiona cada vez más.

El piso de reservas del BCRA sufrió nuevas bajas luego de perder ayer US$ 161 millones, la suma más grande en lo que va del 2014, y finalmente quedó con US$29.858 millones, el monto más bajo tocado desde el 17/11/2006.

También es alarmante la velocidad con la que se drenan las arcas del Banco Nación, que en lo que va del año ya perdió US$ 730 millones. Mientras tanto, no se está logrando captar inversiones financieras que engrosen las reservas, como el ya fracasado plan Cedin o el ofrecimiento de letra indexada para exportadores de cereales.

Por su parte, el flujo de efectivo en moneda extrajera no para de volcarse hacia mercado paralelo, con un dólar blue que no baja y llego a trepar hasta $11,16-$11,19 para la compra y a $11,21-$11,25 para la venta. Y para los particulares, con ese trasfondo, las medidas restrictivas en el acceso a las divisas y e historias pasadas hacen que la gente mantenga alejado su dinero de los bancos.

De esta forma, con el dólar paralelo subiendo de forma incontrolable y con las reservas cayendo constantemente, es imposible que el valor del peso salga indemne. En efecto, la desvalorización de la moneda nacional es cada vez más preocupante, en el marco de la inflación en aumento.

Capitanich-KicillofPero no obstante el descalabro económico, en dónde el país recibe el ingreso de menos divisas de las necesarias para afrontar sus obligaciones (y con una única solución aplicada: las trabas a la salida de país de moneda extranjera), el gobierno continúa negando alarma ante la sangría de las reservas del BCRA.

Así lo manifestó el jefe de Gabinete de Ministros, Jorge Capitanich, quien en su conferencia de prensa de esta mañana negó que la administración de Cristina Kirchner se encuentre preocupada por la situación ya que entienden que responde a cuestiones «estacionales» y al reciente pago de deuda que tuvo lugar el pasado diciembre.

«El Gobierno lo que ha hecho es utilizar estas reservas en materia de desendeudamiento para afrontar los pagos de vencimiento de deuda pública» afirmó Capitanich desde Casa de Gobierno. Y agregó «no necesariamente tiene que haber asociación entre volumen de reservas y base monetaria».

No obstante, es destacable que esos factores desde el ingreso de Capitanich a la jefatura de Gabinete el Banco Central recibió más de u$s5.000 millones y la pérdida de reservas neta fue de u$s2.300 millones, es decir en términos bruto se derrumbaron en 7.300 millones, y sólo 635 millones se explican por el pago de vencimientos de deudas, afirma Infobae, dando un indicio de que la situación no es tan despreocupante como afirma el funcionario.

La AFIP exige más información a los importadores que piden divisas

AFIPLa AFIP comenzó a pedirle más información a los importadores para tener una mayor precisión sobre los dólares que se van por las compras del exterior. Los empresarios, cuando completan una Declaración Jurada Anticipada de Importaciones (DJAI) deben precisar cuándo le pagarán al vendedor, si será de manera anticipada, al momento de recibir la mercadería, de forma diferida o desde una cuenta del exterior.

El mayor pedido de información por el organismo encabezado por Ricardo Echegaray se enmarca en un contexto de caída de las reservas y cuando en el Gobierno pretenden tener un mayor monitoreo sobre las divisas que salen del país. Este mayor requisito impulsó a los operadores y despachantes a enviarles reportes a los empresarios para notificarlos de la modificación.

“Hasta ahora en la DJAI nos pedían la fecha de embarque y arribo estimada pero ahora también la forma en que se va a pagar la importación”, manifestó el operador de comercio exterior Diego Dumont. “Nadie tiene ningún motivo para oponerse a informar sobre lo que nos preguntan siempre y cuando sirva para resolver las demoras y para avanzar en un esquema de reglas claras”, agregó Miguel Ponce, de la Cámara de Importadores.

Fuente: iEco

La AFIP ajusta el control sobre tarjetas de crédito, ingresos del exterior y operaciones cambiarias

tarjetaEl fisco nacional decidió reformular y profundizar los distintos regímenes de información que también recaen sobre el transporte de caudales y el mercado financiero. Conozca las claves de la reglamentación que potenciará las tareas de inteligencia fiscal

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) buscará, en los próximos días, potenciar el estricto control que recae sobre el sector financiero.
Puntualmente, el organismo a cargo de Ricardo Echegaray reformulará distintos regímenes de información que ponen la mira sobre los gastos con tarjeta, los ingresos de fondos del exterior y el mercado cambiario.
El fisco nacional también apunta a las operaciones de sujetos no residentes a través de entidades financieras locales.
De acuerdo con la información a la que pudo accerder iProfesional, la medida abarca a múltiples obligaciones existentes que deben ser cumplidas por los sujetos que actúan en el referido mercado y realizan alguna/s de las siguientes transacciones:
La compra y descuento mediante endoso o cesión de documentos.
El ingreso de fondos radicados en el exterior por personas residentes en el país.
Administración de tarjetas de crédito.
El transporte de caudales, custodia o tenencia de efectivo o valores.
Otras asociadas con instrumentos o contratos derivados y de sujetos no residentes a través de entidades financieras locales.
Los datos en cuestión deben presentarse mensualmente a través de la página web de la AFIP. Para ello, se debe contar con clave fiscal, con nivel de seguridad “2”, como mínimo.
Desde el organismo de recaudación explicaron que nueva reformulación apunta “al ordenamiento de los regímenes de información correspondientes a la actividad financiera, agrupándolos en un solo cuerpo normativo”.
Asimismo, indicaron que se incorpora el seguimiento de las transacciones efectuadas “con instrumentos o contratos derivados, así como de los consumos con tarjeta de débito realizados en el exterior”.
También puntualizaron que pondrán la lupa sobre las operaciones llevadas a cabo «por los sujetos no residentes, a través de las entidades financieras del país”.
“De esta manera, se busca establecer un control más efectivo sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias de dichos sujetos”, agregaron.
En este contexto, el consultor tributario Alberto Romero afirmó que la nueva norma emitida por la AFIP busca “profundizar y ampliar las tareas de inteligencia fiscal para luego direccionar las intimaciones e inspecciones”.
“Se busca claramente apuntalar el ‘cepo cambiario’ que rige en el país», señaló el experto.
Y añadió que, de esta forma, el fisco quiere «seguir de cerca a quienes realizan operaciones habituales en el mercado financiero y declaran menos de lo que corresponde en Ganancias y Bienes Personales”.
Operaciones mediante endoso
Con respecto a las operaciones de compra y descuento mediante endoso o cesión de documentos, la normativa vigente ya obliga a proveer datos clave para el fisco a:
Las entidades financieras, cuando actúen como cedentes o cesionarios.
El cedente, administrador o agente perceptor designado a tal efecto, siempre que sea un sujeto radicado en el país que asume formalmente la calidad de cobrador de los documentos negociados.
Puntualmente, se debe suministrar todos los meses, la siguiente información:
Con relación al sujeto cobrador de los documentos negociados (cedente, administrador o agente perceptor designado):
Apellido y nombres, razón social o denominación,
Domicilio constituido,
De tratarse de responsables inscriptos ante la AFIP: Clave Unica de Identificación Tributaria (CUIT).
Clase de documento negociado o tipo de operación efectuada.
Responsabilidad del cedente o endosante respecto al pago del monto del crédito transferido.
Monto total del documento negociado y fecha de vencimiento.
Importe de los intereses de financiación incluidos en los documentos negociados.
Ingresos de fondos radicados en el exterior
Con relación al ingreso de fondos procedentes de otro país, la normativa obliga a informar a las personas físicas, jurídicas, sucesiones indivisas y demás entidades, residentes, que se indican a continuación:
Ordenantes con intermediación de entidades financieras,
Quienes ingresen los fondos al país en forma directa, o
Titulares de los fondos cuando actúen por intermedio de alguna entidad o persona no residente, que ingrese en forma directa o, en su caso, ordene a través de entidades financieras el ingreso de los fondos.
Los sujetos obligados deben detallar:
El origen de los fondos.
Fecha de ingreso de los fondos al país
Fecha de operación que origina los fondos.
Tipo de moneda.
Importe ingresado en moneda extranjera y expresado en moneda de curso legal.
Monto de la operación que origina el ingreso de las divisas.
Institución financiera interviniente.
País donde se generan los fondos y desde donde se giran los mismos.
No se deben declarar los ingresos a la Argentina de sumas de dinero iguales o inferiores al equivalente u$s50.000, por mes calendario y por persona o entidad que ingrese en forma directa u ordene dicho ingreso.
Tampoco se deben declarar las operaciones que se detallan a continuación:
Venta de billetes en poder de residentes.
Venta de moneda extranjera de cuentas locales para su transferencia al exterior.
Venta de cheques de viajero.
Apertura de cuentas y movimientos bancarios
Asimismo, el fisco nacional obliga a las entidades financieras a proveer datos sobre las altas, bajas y modificaciones que se produzcan dentro de cada mes calendario, respecto de la nómina de las cuentas corrientes y cajas de ahorro constituidas en sus casas matrices, filiales y sucursales, ubicadas en el país.
A su vez, se debe precisar el importe total de las acreditaciones mensuales efectuadas en las cuentas indicadas anteriormente, en moneda argentina o extranjera, cuando el mismo resulte igual o superior a 10.000 pesos.
También se deberá detallar el monto total de los plazos fijos concretados en el período mensual de información, cuando éste resulte igual o superior a 10.000 pesos.
Por último, la AFIP obliga a declarar los consumos con tarjetas de débito en el país y en el exterior.
Compraventa de acciones
En tanto, los agentes de bolsa y de mercado abierto deben aportar mensualmente información sobre las compras y ventas que efectúen por cuenta propia o de terceros, de títulos valores públicos o privados negociados en el país.
Más precisamente, deben brindar un resumen de las operaciones y del monto neto atribuible a las mismas, discriminando las que correspondan a compras y a ventas, indicando la modalidad de retribución (comisión o por diferencial de precios).
Asimismo, se deben identificar aquellas originadas por la realización de operaciones de “trading” y de derivados financieros.
También tendrán que precisar el importe neto del total de las transacciones efectuadas por cada titular, durante el transcurso de cada mes calendario que se informa.
A tal fin deberá considerarse la fecha de liquidación y los datos de los titulares de las operaciones, así como de las compras y ventas por ellos realizadas.
Operaciones de sujetos no residentes a través de entidades financieras locales
El fisco nacional también obliga a las entidades financieras a proveer datos sobre las operaciones que realicen los sujetos no residentes en el país.
Las transacciones alcanzadas por el presente régimen son:
Las retribuciones, ganancias y enriquecimientos pagados a los sujetos no residentes a través de dichas entidades, cualquiera sea su naturaleza.
Las colocaciones, inversiones o tenencias de dichos sujetos en las mencionadas entidades.
Tarjetas de crédito
Otro centro generador de información vital para la AFIP reside en las entidades administradoras de sistemas de tarjeta de crédito.
Mensualmente, deben informar:
Los vendedores, locadores y prestadores de servicios adheridos al sistema de tarjeta de crédito.
Las operaciones que hayan sido canceladas mediante la utilización de tarjetas de crédito, de compra y/o de débito, y
Las tarjetas de crédito y/o de compra, tanto emitidas en el país como en el exterior.
Con respecto a los locales y comercios adheridos a la red de tarjetas, el fisco nacional requiere entre otros datos- lo siguiente:
Apellido y nombres, denominación o razón social.
Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT).
Domicilio.
Situación frente al Impuesto al Valor Agregado (IVA).
Rubro o actividad.
CUIT de la entidad financiera pagadora.
Asimismo, el régimen obliga a detallar, en relación con los titulares de las tarjetas de crédito y de compra emitidas en el país, lo siguiente:
Apellido y nombres, denominación o razón social.
Tipo y número de documento.
Número de tarjeta o de cuenta.
Domicilio.
Cantidad de tarjetas adicionales extendidas.
CUIT de la entidad financiera emisora.
Monto total de los consumos realizados por el titular y los adicionales de la respectiva tarjeta.
De tratarse de titulares de plásticos emitidos en el exterior, la AFIP también solicita:
CUIT del país al que pertenece la entidad financiera emisora.
CUIT del o de los comercios en los cuales se realizaron las operaciones.
Una vez analizados los datos aportados, el fisco nacional podrá confrontar el nivel de vida que surge de los consumos informados contra lo declarado en el Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales.
«Se dan casos de contribuyentes que presenta un elevado nivel de gastos con tarjeta y figuran como monotributistas», precisaron oportunamente altas fuentes de la AFIP a este medio.
Y advirtieron: «Se procesará toda la información recibida y se fiscalizarán los casos en donde se detecten notables incongruencias».

Fuente: iProfesional

Fallo clave y polémico: la Corte Suprema dio «luz verde» a la AFIP para cobrarle Ganancias a los jubilados

gananciasEn una reciente sentencia, el máximo tribunal puso punto final a una controvertida causa y aceptó la postura del fisco sobre la gravabilidad de los haberes previsionales. Cuáles fueron los argumentos que motivaron la decisión de los altos magistrados. La opinión de los especialistas

La Corte Suprema de Justicia de la Nación puso punto final a una discusión en la que los distintos tribunales anteriores no pudieron llegar a un acuerdo y avaló a la Administración Federal de Ingresos Públicos para cobrarle a un jubilado el Impuesto a las Ganancias.
El juez de primera instancia había rechazado el pedido de inconstitucionalidad del artículo 79 de la Ley del gravamen, pero la Cámara Federal de Apelaciones de Corrientes hizo lugar al reclamo realizado por Oscar Dejeanne.

El jubilado entendía que los haberes que cobraba no debían ser considerados una renta, ya que se trata del «pago de un débito que la sociedad tiene con su persona» y que no debería tributar ya que los mismos tienen «carácter alimenticio».

No obstante, el máximo tribunal desestimó su pedido y, de esta manera, habilitó a la AFIP para aplicar el gravamen sobre los ingresos recibidos por esta persona.

Con anterioridad, la misma Cámara había determinado la inconstitucionalidad del mismo artículo ya que, según destacaron los magistrados de ese tribunal, «la prestación no puede ser pasible de ningún tipo de imposición tributaria porque, de lo contrario, se estaría desnaturalizando el sentido de la misma».

Por este motivo, los especialistas consultados por iProfesional resaltaron la importancia del fallo al que califican como sumamente relevante ya que terminó de delimitar el camino del tratamiento de los haberes jubilatorios respecto de Ganancias.

Los ejes de la disputa
El máximo tribunal adoptó la decisión de la Procuradora Laura Monti, quien se encargó de dar su parecer en al menos tres temas que fueron centrales en la causa «Dejeanne, Oscar Alfredo y otro c/ Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) s/ amparo»:
Si la jubilación reunía las características para pagar Ganancias.
Si el gravamen (en base a lo que le retuvieron al contribuyente) se tornaba confiscatorio.
Si fue bien utilizado el amparo como herramienta para solicitar el pedido.
Sobre el primer punto, Monti recordó que la Corte había determinado con anterioridad que si bien las rentas no presentaban en sí mismas rasgos distintivos, existían «signos o caracteres objetivos tales como la periodicidad, la permanencia de la fuente que los produce y su habilitación que permiten reconocerlos con relativa seguridad».
Y agregó que estas características se encontraban en los montos cobrados por el contribuyente en cuestión y, por ende, eran «susceptibles de ser encuadrados sin dificultad» dentro de la Ley del Impuesto a las Ganancias.

También sostuvo que al Poder Judicial no le compete determinar la «bondad» del sistema tributario (o, dicho de otro modo, si un impuesto es más conveniente que otro), sino que debe determinar que el mismo no atente contra principios y garantías constitucionales.

Respecto de la confiscatoriedad, la Procuradora remarcó que para impugnar un tributo (como sucedió en el caso) debe demostrarse que existió una «violación al derecho de propiedad» para lo cual son necesarias pruebas fehacientes de que el jubilado no aportó.

Por último, desestimó la vía utilizada por los actores (es decir, el contribuyente) para «cuestionar, en suma, que el Impuesto a las Ganancias grave sus respectivos haberes previsionales» y, por ende, destacó que la misma era «claramente improcedente».

En base a esos argumentos, recomendó a la Corte Suprema hacer lugar al pedido del fisco nacional y anular la declaración de inconstitucionalidad que estableció la Cámara de Apelaciones.
En virtud de ello, el máximo tribunal adoptó la resolución de Monti, por lo que el reclamante deberá abonar el tributo.

Voces
Consultado al respecto, Mario Buedo, socio del estudio Montero & Asociados, resaltó que «el dictamen es técnicamente impecable aun cuando en principio parezca injusto».

«Lo que ocurre es que se debería modificar la ley si en algún momento se llega a la conclusión que -aun cuando los haberes jubilatorios cumplan con los requisitos de periodicidad, permanencia de la fuente y habilitación-, no constituyen una manifestación de capacidad contributiva (por lo menos hasta determinado nivel de ingreso jubilatorio) y sólo tiene el carácter de alimentario», indicó.

El especialista explicó que «doctrinariamente se han definido a las jubilaciones como salarios diferidos, es decir, que en su oportunidad fueron remuneraciones que no tributaron impuestos y ese es uno de los fundamentos por los que la Ley del Impuesto a las Ganancias los alcanza».

Y concluyó: «Amén que la cuestión amerita una discusión mucho más profunda, una rápida conclusión sería que la decisión política, si se pretendiera modificar el gravamen, debería apuntar a exceptuar del pago a los salarios y luego, consecuentemente, a los haberes previsionales».

En el mismo sentido, Juan Pablo Scalone, socio del estudio Enrique Scalone & Asociados, señaló que «la problemática de las jubilaciones exige una solución a nivel institucional, por formar parte éstos de un sector siempre postergado».

Además, sostuvo que «en lo que a la materia impositiva respecta, las jubilaciones están alcanzadas por el Impuesto a las Ganancias», aunque aclaró que «puede ser declarado inconstitucional aunque esa declaración deberá analizarse caso por caso, con la prueba respectiva».

Por su parte, Betina Yerien, socia del estudio DB, indicó que «se trata de un tema controvertido, porque se pueden elaborar claramente argumentos a favor y en contra de una u otra postura».

«Considerar a la jubilación como una renta gravada por el impuesto supone que se trata de una renta periódica que implica la permanencia de la fuente que la produce y su habilitación», explicó la especialista.

Asimismo, señaló que «de las tres características anteriores, la que menos clara queda es la de permanencia de la fuente más allá de lo que justifica la Procuradora de la Nación».

Por otro lado, Yerien indicó que «está la postura que sostuvo la Cámara Federal de Apelaciones de Corrientes, en la cual la jubilación es una prestación de naturaleza previsional y, por lo tanto, no constituye una ganancia. Por lo que dicha prestación no puede ser pasiva de ningún tipo de imposición tributaria dado su carácter alimentario».

En este sentido, aclaró que «se podría decir que el trabajador jubilado en sus años de actividad ya habrá contribuido con Ganancias y luego, cuando se retira, debiera recibir un beneficio libre de tributos», aunque aclaró que «no hay que olvidar que los aportes previsionales se descuentan de la base imponible sobre la que versa el gravamen».

«Obviamente esta última postura cobra más adeptos dado que el monto no imponible del tributo está bastante desvirtuado producto de la inflación -pese a los cambios introducidos recientemente- aunque no debiera esto influir en la discusión de la cuestión técnica de su gravabilidad o no», concluyó la experta.

En tanto, Karina Larrañaga, socia de Orselli & Larrañaga abogados, coincidió con el dictamen de la Procuradora, ya que «los actores impugnaron por confiscatorio el gravamen pero no indicaron en definitiva y anualmente cuál es el monto que debían abonar, ni el total de sus emolumentos, ni la percepción de otras rentas».

No obstante, la especialista destacó que Monti «deja abierta la posibilidad de declarar la confiscatoriedad en aquellos casos que corresponda y sostiene que sus consideraciones en este proceso no importa abrir juicio definitivo sobre la legitimidad de la pretensión sustancial de los amparistas, la que podrá ser discutida por la vía pertinente».

Una causa que excede el «pleno derecho»
Los especialistas consultados por iProfesional coincidieron en destacar que existió un error a la hora de presentar un amparo para solicitar la inconstitucionalidad de una norma.

Al respecto, Buedo señaló que «la decisión de la Procuradora en materia procesal es correcta, ya que evidentemente no se trata de una cuestión de pleno derecho. Es decir que para probar que se ha lesionado el derecho de propiedad, por haberse tornado confiscatorio el tributo, deben haberse producido pruebas suficientes que sustenten dicha situación».

Y aclaró que «si lo que se pretendía era discutir la constitucionalidad, legalidad o razonabilidad del tributo sobre las mencionadas jubilaciones la vía procesal es otra».

En el mismo sentido, Larrañaga indicó que la Corte «reitera su doctrina en relación a la excepcionalidad del amparo como vía procesal idónea aplicable sólo en aquellos casos donde la arbitrariedad e ilegalidad de la cuestión debatida resulte manifiesta resolviendo que, en el caso en cuestión, dichos requisitos no surgían acreditados».

«Tanto desde el punto de vista procesal como sustancial lo resuelto por el máximo tribunal no escapa a lo decidido en causas similares, en donde ha sostenido tanto la excepcionalidad del amparo como vía procesal, como la necesidad de acreditar en forma cabal y concreta la confiscatoriedad tributaria en aquellos casos que se alega, esto último mediante un procedimiento pleno de ofrecimiento y producción de pruebas», concluyó.

Fuente: iProfesional

El turismo en Argentina cada vez más caro, a pesar de ser una de las principales excusas para el cepo al dólar

VACACIONESEl cepo al dólar tiene varias excusas oficiales otorgadas, una de ellas es la del fomento al turismo local pero ¿qué tanto se estimula el turismo interior en nuestro país? En realidad poco y nada, lo que puede comprobarse por el aumento de precios desmedidos en transporte, naftas y peajes que acompañan graciosamente a la inflación anual.

El supuesto plan de fomento al turismo interno sólo se queda en el cepo al dólar (si es que damos por sentado que realmente alguien está pensando en turismo). Mientras tanto, los pasajes aéreos y por tierra registran aumentos exponenciales, junto a la nafta y el precio del alojamiento., como puede verse en el detalle a continuación.

Una de las subas más criticadas fue la de peajes a nivel nacional. A modo ilustrativo tomamos como referencia los aumentos publicados en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, que incluyeron a los cuatro peajes de la concesionaria Autovía del Mar y al único que administra Covisur*:

* Samborombón y La Huella, el peaje pasó de $ 26 a $ 35 para la categoría 1; de $ 51 a $ 70 para las categorías 2 y 3; de $ 76 a $ 100 para la categoría 4; de $ 102 a $ 137 para la categoría 5, y de $ 127 a $ 170 para la categoría 6.

* General Madariaga la tarifa pasó de $ 8,50 a $ 12 para la categoría 1; de $ 17,50 a $ 23, categorías 2 y 3; de $ 26 a $ 35 pesos, categoría 4: de $ 35 a $ 46, categoría 5, y de $ 44 a $ 57, categoría 6. La tarifa bonificada será de $ 9. En Mar Chiquita el peaje pasó de $ 10,50 a $ 14 para la categoría 1; de $ 21 a $ 28, categorías 2 y 3; de $ 32 a $ 41 pesos, categoría 4; de $ 43 a $ 55, categoría 5, y de $ 53 a $ 68, categoría 6. La tarifa bonificada es de $ 11.

* En Maipú el peaje pasará de $ 26 a $ 35 para la categoría 1; de $ 51 a $ 70, categorías 2 y 3; de $ 76 a $ 100, categoría 4; de $ 102 a $ 137, categoría 5, y de $ 127 a $ 170, categoría 6.

* Capital Federal hasta Mar del Plata se deberán pagar hasta $ 86 de peaje, según la hora en que se transite: en la autopista La Plata-Buenos Aires $ 16 ($ 8 en Dock Sud y $ 8 en Hudson, en hora pico) más $ 70 de los peajes de la Autovía 2.

En cuanto a las naftas, YPF y Shell abrieron el año con un incremento en sus precios que nos posiciona como uno de los países más onerosos de la región en cuanto al precio de combustibles. La primera implementó aumentos que van de entre un mínimo de 6 y un máximo de casi 10 por ciento para sus productos premium, mientras que YPF los incrementó en un promedio del 6,8.

* Shell: el litro del gas-oil Fórmula Diesel cuesta 8,32 pesos; el Diesel V-Power Nitro, 9,97 pesos; la Nafta V-Power Nitro; 10,59 pesos y la Nafta Súper, 9,36 pesos.

* YPF: en Capital Federalel precio se ubica en 9,99 pesos el litro para la premium; 8,91 pesos por litro en la nafta súper; 8,15 pesos para el diesel 500, y 9,30 pesos para el diesel euro.

En cuanto al alojamiento (tomando como referencia los valores correspondientes a la Costa Argentina) según el Colegio de Martilleros y Corredores Públicos de Mar del Plata, se registran subas del 17% con respecto a los valores logrados el verano pasada, en el alquiler de departamentos y casas. Los valores estimados fueron:

* Los precios, expresados en quincenas durante temporada alta serán: $2350 un monoambiente; dos ambientes, $2950 ; $4250 como piso mínimo por departamentos con dos dormitorios, y $4950 pesos el piso para chalets de tres ambientes.

Finalmente, es imperativo destacar que las trabas al turismo internacional repercuten directamente en en turismo local. Por ejemplo, el aumento del 20% al 35% la alícuota para la compra con tarjetas de crédito y débito en el exterior y para la adquisición de moneda extranjera para turismo genera que muchos decidan quedarse en el país, efectivamente, pero la consecuencias abruptas de la medida produce aumentos de precios ante el aumento de la demanda.

En esta línea, la resolución 3450, sobre la compra de pasajes y paquetes al exterior, que grava con un 20% e la compra de todos los pasajes internacionales, independientemente de la forma de pago del mismo, también afecta directamente al turismo local y deviene en un aumento de precios para desplazamientos al interior del país.

De esta forma, puede verse que el desarrollo del turismo está librado a su suerte en suelo nacional. Y lejos del fomento al cuál se recurre múltiples veces, no existe ningún tipo de control en cuánto a subas de precios. Por otro lado, tampoco existen medidas de estímulo simbólicas, como por ejemplo, el no cobre del impuesto a las ganancias sobre el aguinaldo.

* Según Diario La Nación del Jueves 02 de enero de 2014 (edición impresa)

Por la afluencia masiva de turistas a las casas de cambio, se cayó el sistema de la AFIP

dolaresEl corte duró hasta después del cierre de los bancos. Estiman que las ventas diarias están duplicando las que se registraron la semana anterior

El lunes a las 13.40 del mediodía se cayó el sistema de AFIP por primera vez en el año, y quienes estaban autorizados por el organismo a adquirir moneda extranjera se tuvieron que ir con las manos vacías, ya que el sistema no volvió hasta las 15, cuando cerraron los bancos, según relevaron en las entidades.
Las casas de cambio que tienen un horario extendido y cierran a las 17 (aunque desde las 15 no pueden modificar la pizarra), sí pudieron hacer algunas operaciones al final del día.
Si bien el dólar Banco Nación trepó a $6,60, las casas de cambio lo tienen alrededor de diez centavos más arriba, por lo cual el dólar tarjeta (si se le suma el recargo del 35%), ya alcanzó los $9 y no reviste tanto atractivo como antes, incentivando la búsqueda de billetes a precio oficial.
«“Por un problema técnico tuvimos que bajar todos los sistemas. Duró 45 minutos, pero ya están operando de nuevo, vendiendo y comprando”», fue la explicación que dieron a El Cronista en la AFIP a las 17.
«“Cuando le preguntamos qué había pasado, en AFIP nos dijeron que estaban actualizando el sistema”», contó al matutino el gerente de Productos Cambiarios de un banco de primera línea.
«“En su momento hacían esto cuando se les empezaba a completar el cupo diario que tenían asignado para la venta de divisas. Con la excusa de estar manteniendo el sistema, ponen un paño de agua fría, tiran la pelota para afuera y el partido se suspende”», graficaron.
«“Lo peor de todo es que la cara la tenenemos que poner nosotros, entonces la gente nos culpa a los bancos de que no les queremos vender, aunque vienen con la autorización del fisco en la mano. En realidad, es la AFIP la que nos corta el sistema a nosotros”», protesta el directivo de una entidad.
«La venta de billetes se había recalentado, al punto que en todas las sucursales que tenemos habíamos vendido, en distintas monedas, el equivalente a u$s150.000, el doble que la semana pasada, cuando el promedio diario era u$s 75.000, y en temporada baja es de u$s50.000”», comentaron a El Cronista en una entidad financiera.
En efecto, según calculan en la City, hace un año el cupo diario que otorgaba la AFIP para la compra de moneda extranjera era de u$s2 millones, que se duplicó este verano, sobre un total de u$s5 millones que demanda el público. Los días de venta más calientes son los previos a las quincenas, en el momento del recambio turístico, ya que la AFIP autoriza la compra sólo siete días antes.
«“Lo que más vendemos son reales, que importamos cada 15 días. En segundo lugar vienen los dólares y a continuación los chilenos, uruguayos y euros. En Mendoza, San Juan, San Luis y Neuquén lo que más se comercializa son chilenos”», revelaron en un banco.

Fuente: iProfesional

RECAUDACIÓN

Ricardo-Echegaray
Echegaray anunció una suba de 26,3% en la recaudación.
El crecimiento anunciado por el titular de la AFIP para 2013 es menor a la inflación, según la última medición del Congreso.

El titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Ricardo Echegaray, anunció hoy que la recaudación de 2013 fue de 858.832 millones de pesos, un 26,3% más que lo recaudado durante 2012.

La última medición de inflación del Congreso se refiere a noviembre de 2013. Según ese índice, los precios subieron 26,8% en un año, un porcentaje superior al aumento de la recaudación anunciado hoy por Echegaray.

Tomando como referencia ese índice, que los legisladores de la oposición calculan con el promedio de las mediciones realizadas por consultoras privadas, la recaudación de 2013 subió en términos nominales (en pesos) pero habría caído en términos reales, una vez descontado el efecto de la inflación.

Según Echegaray, que ofreció las cifras junto al secretario de Hacienda, Juan Carlos Pezoa, el año 2013 cerró un excedente de 37.872 millones pesos por sobre lo pautado en el Presupuesto, producto de «las políticas económicas llevadas a cabo por el Gobierno nacional».
clarin.com

La AFIP no pedirá el CUIL a menores que viajen al exterior

indexLos menores que viajen al exterior, no deben presentar el CUIL a la hora de adquirir el pasaje

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), aclaró a través de una carta enviada a la Cámara de Compañías Aéreas, que no solicitará el CUIL (Clave Única de Identificación Laboral), de los menores de edad al momento de emitir los pasajes para viajar fuera del país.

La aclaración surge luego de que una abogada denunciara que para comprar un pasaje a Uruguay, le fue requerido el CUIL de manera obligatoria.

Pero este nuevo requisito sólo es para los mayores según la misiva enviada por la AFIP, que aclara que “la norma sólo alcanza a personas físicas o jurídicas, sucesiones indivisas y demás responsables que compren o contraten servicios de transporte terrestre, aéreo y por vía acuática de pasajeros con destino fuera del país (…) no solicita la Clave Única de Identificación Laboral (CUIL) al momento de emitir los pasajes para menores de edad que pretendan viajar fuera del país”.

“Los contribuyentes alcanzados (por el pago del recargo del 35% en pasajes y gastos con tarjeta en el exterior) podrán computar los importes correspondientes en sus declaraciones Juradas de Impuesto a las Ganancias y/o sobre los Bienes Personales; para ello las empresas prestadoras del servicio informan a la AFIP el número de CUIT/CUIL/CDI del sujeto pagador, no así de los menores de edad que sean acompañantes”, concluye el documento.

Fuente: http://palermonline.com.ar/

Liberan más dólares para los turistas autorizados por la AFIP

AFIP
La agencia ahora autoriza a adquirir más billetes que cotizan con el 35% de recargo. Con menores exigencias, en el trámite otorgan entre 80 y 100 dólares por día.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso ahora menos restricciones en la habilitación de la compra de moneda extranjera para viajes en el exterior. En una suerte de «toma y daca», el organismo recaudador otorga ahora más facilidades para los viajeros, luego del aumento del recargo al 35% dispuesto el 2 de diciembre.

Según consigna el diario Clarín, los turistas pueden comprar a un equivalente entre 80 y 100 dólares por día. Así lo confirmó una fuente oficial de la dependencia que conduce Ricardo Echegaray, al afirmar que se modificaron los parámetros en el cálculo de otorgamiento de las divisas. «Al bajar un poco las exigencias, más gente cumple con las condiciones para que sean autorizadas”, sostuvo la fuente.

Sin embargo, el cambio en las autorizaciones no significa que todos los viajeros puedan comprar, si no que el trámite es «menos exigente». Se sigue reclamando que la situación fiscal del adquiriente no presente irregularidad. Pero desde que se instauró el cepo cambiario, allá por noviembre del 2011, nunca quedó en claro cuál era la fórmula para hacerse de moneda extranjera. Ahora, esos requisitos serían menos excluyentes.

El matutino consultó a seis entidades financieras al respecto y pudo detectar que en cuatro de ellas la tendencia a «soltar» más divisas por parte del administrador tributario es una realidad. «Es una realidad que están dando más autorizaciones», fue uno de los comentarios. En tanto, en un banco extranjero afirmaron que cayó la demanda de moneda extranjera, mientras que en otro no registraron cambios.

A la hora de la compra, el monto que habilita la AFIP no incluye el 35% del adelanto a cuenta en concepto de Impuesto a las Ganancias. Por lo tanto, los interesados deben sumarle este plus cuando lleguen a la ventanilla. Cabe recordar que este recargo podría llegar a devolverse cuando se realiza la declaración anual de impuestos, a través del formulario Formulario 572.

Con el incremento del recargo para los viajeros al exterior, la brecha entre el dólar «libre» y el «turista» se achicó sensiblemente. El “turista” cerró ayer en $8,65, mientras que el que se comercializa en los mercados informales alcanzó $9,69. La idea de la administración de Cristina Kirchner es que con más autorizaciones, el costo de adquirir divisas tienda a igualarse entre ambas cotizaciones, lo cual hipotéticamente ello generaría una descompresión de las operaciones que se realizan por fuera de los ojos del equipo económico.
Infobae.com

Los comercios deberán renovar sus controladores fiscales

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La AFIP estableció un nuevo régimen para que los comercios renueven todos los controladores fiscales del país, que de esta manera comenzarán a operar con información en tiempo real y digitalizada.

La AFIP estableció un nuevo régimen para que los comercios renueven todos los controladores fiscales del país, que de esta manera comenzarán a operar con información en tiempo real y digitalizada.

Así lo dispuso mediante la resolución general 3.561, publicada ayer en el Boletín Oficial.

“De esta forma, se reducen notoriamente los costos de papel, almacenamiento e insumos, y se agiliza la operatoria comercial. En promedio, los grandes contribuyentes obligados ahorrarán hasta 3 millones de pesos anuales”, destacó el organismo.

En un comunicado, la AFIP puntualizó que el recambio de los 400.000 controladores fiscales que hay en la Argentina se llevará a cabo por etapas. En esa línea, los hipermercados, supermercados y autoservicios serán los primeros sectores obligados a incorporar la nueva tecnología.
diariouno.com.ar

Traban compras por Internet para cuidar la fuga de dólares

aduana_afip

La Aduana revisa casi todos los paquetes que llegan y exige ser importador para traer textiles, calzado o electrónica.

La AFIP comenzó a aplicar desde hace unos meses una regulación que traba una gran porción de los paquetes que provienen del exterior con el objetivo de desalentar las crecientes compras de los argentinos en sitios de internet internacionales y contener la fuga de dólares del país.

“Para retirar cualquier cosa como particular hay que ir a Ezeiza y registrarse como importador, y si aplica, como en el caso de los textiles, hay que conseguir el certificado de origen de lo que se compró”, explicó un despachante de la Aduana que pidió no ser identificado al diario La Nación. “Con lo cual los paquetes no te los están dando”, agregó.

Durante el período de “abundancia” de divisas, el órgano llevaba a cabo un control apenas aleatorio de las mercancías que ingresaban por correo o por el sistema de couriers: un operador privado se encarga de la entrega puerta a puerta.

A causa de los escasos controles, los argentinos ingresaban textiles o electrónica que compraban por internet sin limitaciones. Según explicó a La Nación el abogado especialista en temas aduaneros Rufino Beccar Varela, ”lo que está haciendo la AFIP-DGA es controlar prácticamente la totalidad de los paquetes que llegan. Aquellos que cumplen con el régimen pasan sin problema. Los que están fuera del régimen, porque son mercaderías con intervención especial, por ejemplo, son enviados a régimen general, y en esos casos deben cumplir con los trámites de cualquier importación». Pero, añadió el especialista, «esto es lo que debió haber sucedido siempre”.

De hecho, de tener apenas un par de oficiales dedicados al control de mercaderías, en los últimos tiempos se habría creado en Ezeiza hasta una comisión con más de 18 personas. La Nación intentó contactarse en reiteradas ocasiones con la AFIP, pero no obtuvo respuesta a sus consultas.

FUENTES: Agencias Buenos Aires

Echegaray recupera espacio, pero sigue la puja por la Aduana

Echegaray
Una fuerte puja se desató entre la dupla Capitanich-Kicillof y el titular de la AFIP, Ricardo Echegaray, por la decisión del flamante equipo de echar a Siomara Ayerán de la Aduana y desestabilizar la figura del titular del ente recaudador. Pero les será difícil a los recién llegados lograr el objetivo de desembarcar en el organismo, ya que Echegaray cuenta por el momento con el respaldo de la presidenta Cristina Fernández, coincidieron fuentes oficiales.

Diversos nombres trascendieron ayer para suceder a Ayerán al frente de la Aduana, pero ninguno fue confirmado. La AFIP debe publicar la disposición con la salida de la funcionaria y su reemplazo, pero hasta anoche en el organismo no tenían novedades. Ayerán, mientras tanto, continúa en su cargo, golpeada por la disputa política.

El nombre que más circuló fue el del marplatense Gustavo Christiansen, abogado especialista en temas aduaneros internacionales que trabaja en la Aduana desde hace más de 10 años. Aunque en Economía y en la AFIP no lo reconocieron como candidato, entre operadores del comercio exterior y embajadas anoche su ascenso era considerado casi un hecho.

«“Es un experto en temas aduaneros y tiene una excelente relación con representaciones diplomáticas»”, aseguró el presidente de la Cámara de Importadores de la Argentina (CIRA), Diego Pérez Santistéban, quien dijo conocerlo desde hace varios años. Lo mismo admitieron varios despachantes de aduana, quienes le adjudicaron tener “»muy buenos contactos»” y «“tener peso propio»”.

Mientras continúan el misterio en torno a la sucesión en la Aduana, Echegaray estaría ratificado al frente de la AFIP. Luego de tres días cargados de rumores de diversa índole, ayer en el organismo se encargaron de transmitir que continúan trabajando con normalidad.

Tanto es así que la oficina de prensa emitió tres comunicados en el día con información sobre detención de personas por delito de reducción a servidumbre en talleres textiles; nuevos valores criterio para la importación de chales, pañuelos de cuellos, bufandas, mantillas, velos y artículos similares; y el secuestro de 430 kilos de cocaína en una carga de alcohol en gel con destino a España.
cronista.com