Los menores que viajen al exterior, no deben presentar el CUIL a la hora de adquirir el pasaje
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), aclaró a través de una carta enviada a la Cámara de Compañías Aéreas, que no solicitará el CUIL (Clave Única de Identificación Laboral), de los menores de edad al momento de emitir los pasajes para viajar fuera del país.
La aclaración surge luego de que una abogada denunciara que para comprar un pasaje a Uruguay, le fue requerido el CUIL de manera obligatoria.
Pero este nuevo requisito sólo es para los mayores según la misiva enviada por la AFIP, que aclara que “la norma sólo alcanza a personas físicas o jurídicas, sucesiones indivisas y demás responsables que compren o contraten servicios de transporte terrestre, aéreo y por vía acuática de pasajeros con destino fuera del país (…) no solicita la Clave Única de Identificación Laboral (CUIL) al momento de emitir los pasajes para menores de edad que pretendan viajar fuera del país”.
“Los contribuyentes alcanzados (por el pago del recargo del 35% en pasajes y gastos con tarjeta en el exterior) podrán computar los importes correspondientes en sus declaraciones Juradas de Impuesto a las Ganancias y/o sobre los Bienes Personales; para ello las empresas prestadoras del servicio informan a la AFIP el número de CUIT/CUIL/CDI del sujeto pagador, no así de los menores de edad que sean acompañantes”, concluye el documento.
Fuente: http://palermonline.com.ar/