Sólo se ocupó de algunos artículos de la ley, entre ellos el que apunta a la intervención de empresas; le dio la facultad a la CNV de fijar aranceles máximos
Tal como lo había anunciado en la Bolsa un día antes, la presidenta Cristina Kirchner publicó ayer en el Boletín Oficial la reglamentación de la nueva ley del mercado de capitales . El texto, no obstante, generó desconcierto por lo poco abarcador y también se recibió con algo de preocupación. Y es que de los 155 artículos que contiene la ley 26.831, aprobada a fin de 2012, se reglamentó apenas una treintena, entre ellos el polémico artículo 20, que habilita a la Comisión Nacional de Valores (CNV) a intervenir en las empresas.
«No entiendo el decreto. La ley del mercado le otorgaba en su artículo 155 la facultad reglamentaria a la CNV. El Ejecutivo tiene facultades para hacerlo, pero no veo en el texto nada que justifique haberlo hecho por decreto y no a través de la CNV», confió a LA NACION un hombre del mercado que pidió no ser identificado. «El decreto deja en evidencia el interés que el Gobierno tiene desde un principio en la reforma del mercado», deslizó la fuente.
De acuerdo con la reglamentación del artículo 20 publicada ayer, quienes tengan al menos 2% del capital social o de los valores negociables en circulación de una compañía podrán efectuar una denuncia ante la CNV en caso de que consideren que están siendo vulnerados sus derechos. La CNV luego podrá designar un veedor en la empresa, que podrá ser un funcionario de la propia estructura o «un tercero».
Las disposiciones del veedor serán recurribles en única instancia ante el presidente de la CNV. Según dice Bernardo Saravia Frías, socio de Saravia Frías, Mazzinghi Abogados, esto es «casi un sofisma para decir que sus decisiones son inapelables, violando derechos y garantías constitucionales elementales, como la defensa en un juicio».
Del mismo modo, la CNV también podrá separar a los órganos de administración de una empresa por un plazo máximo de 180 días, «con el fin de regularizar las deficiencias encontradas» y designar un administrador o coadministrador. Al igual que con los veedores, la empresa sólo podrá recurrir esta decisión ante el Ministerio de Economía.
Otros de los artículos que contempla la reglamentación publicada ayer es el artículo 1°, en donde bajo el paraguas de «protección al inversor» se incorpora la posibilidad de que la CNV fije los aranceles máximos que podrán percibir «todos los agentes registrados».
«La verdad es que el decreto de reglamentación dice poco», coincide Martín Paolantonio, socio de Paolantonio & Legón Abogados. «Hay algunas cosas relevantes que no estaban planteadas en la ley, como que la CNV puede fijar aranceles máximos. Esto a nadie le gusta mucho, por los efectos que todos conocemos que puede tener la determinación de precios máximos.»
También la reglamentación se ocupa de fijarles a los mercados la fecha máxima del 31 de diciembre de 2014 para abrir su capital a la Bolsa, explicita que «las entidades emisoras deberán fomentar la participación como accionistas de su personal en relación de dependencia» y detalla las funciones que tendrán las nuevas calificadoras de riesgo, entre las cuales ahora se incluirán las universidades públicas.
Al respecto, el decreto señala que «los agentes de calificación de riesgo deben abstenerse de realizar cualquier recomendación explícita o directa sobre las políticas soberanas». De alguna manera, coartaría así una práctica más que habitual de las calificadoras en el mundo, que suelen alertar sobre los riesgos que en la capacidad de pago de un país puede tener una política determinada.
Como parte de la reglamentación del artículo 45, se agrega que los agentes del mercado deberán constituir un «fondo de garantía para atender a los reclamos de clientes», que se suma al «fondo de garantía» que tienen los mercados y cámaras compensadoras.
Según pudo saber LA NACION, no obstante, la CNV tendría previsto publicar en los próximos días otro texto más detallado para reglamentar el centenar de artículos que no fueron contemplados por el decreto publicado ayer.
«El decreto sigue la línea de la ley, y para los detalles falta contar con la reglamentación de la CNV. Ahí se va a poder tener una mejor opinión de cómo queda la reforma», dice Hugo Bruzzone, socio Bruchou, Fernández Madero & Lombardi.
A LA ESPERA DE LOS DETALLES
La CNV presentará en pocos días el resto de la normativa
Alejandro Vanoli
Presidente de la CNV
La CNV publicará en pocos días la reglamentación del centenar de artículos que no fue contemplado por el decreto firmado por Cristina Kirchner. Se trata de un documento de más de 750 páginas que viene siendo elaborado desde hace algunos meses por los técnicos del organismo
Fuente: La Nación