Lo hizo en el caso de un hombre de Neuquén que llevaba más de 20 años en estado vegetativo y que luego del fallo del máximo tribunal, falleció. Crece la polémica
La Corte Suprema de Justicia reconoció durante la jornada de ayer, el derecho de toda persona a decidir su muerte digna. Lo hizo a través del caso de Marcelo Diez, un hombre oriundo de la provincia de Neuquén que desde hace más de 20 años se encontraba en estado vegetativo, y que, tras el fallo del máximo tribunal, falleció.
“Marcelo se fue hoy (por ayer) por la tarde. Ya es libre, sobre todo de la perversión y la crueldad de aquellas personas e instituciones que violentaron su voluntad y lo cosificaron. (…) Aunque hace más de 20 años que él no está, queremos decir solamente: Hasta siempre, querido Marcelo”, confirmó su hermana Andrea a través de Facebook.
Diez sufrió un severo accidente en octubre de 1994. El hombre tenía 30 años, se accidentó en la ruta 22 cuando se dirigía en moto a un asado. Un auto lo llevó por delante cuando él traspasaba un camión. Sus hermanas y familiares lucharon durante muchísimo tiempo para poder darle a Marcelo lo que finalmente se consiguió ayer.
El texto de la Corte, especifica que el choque le dejó “una grave secuela con desconexión entre ambos cerebros, destrucción del lóbulo frontal y severas lesiones en los lóbulos temporales y occipitales. Hace 20 años que no habla, no muestra respuestas gestuales o verbales, no vocaliza ni gesticula y tampoco responde ante estímulos visuales. Carece de conciencia del medio que lo rodea, de capacidad de elaborar una comunicación o comprensión a través de lenguaje alguno y no presenta evidencia de actividad cognitiva residual. Dado su estado, necesita atención permanente para satisfacer sus necesidades y es alimentado por una sonda conectada a su intestino delgado”.
El fallo consideró que la Ley de Derechos del Paciente contempla la situación de quienes, como Diez, se encuentran imposibilitados de expresar su consentimiento informado y autoriza a sus familiares a dar testimonio de la voluntad del paciente respecto de los tratamientos médicos que éste quiere o no recibir.
Sin embargo y pese a los cuestionamientos y el debate que se generó en distintos sectores relacionados con la medicina, la Corte se encargó de remarcar que muerte digna no es lo mismo que eutanasia. «La solicitud de cese de soporte vital no importa una práctica eutanásica vedada por la ley sino que constituye una abstención terapéutica que sí se encuentra permitida».
“No puede haber alegría, pero sí alivio”
El abogado de las hermanas de Marcelo Diez, el paciente al que la Corte Suprema de Justicia le reconoció el derecho a morir, afirmó tras conocer el fallo que “no puede haber alegría, pero sí alivio”. Marcelo “se encontraba en una clínica peleando entre la vida y la muerte, su situación empeoró en los últimos días, esto es un acto de amor”, agregó el abogado Lucas Pica.
El colegiado agregó que “cualquier persona, en cualquier lugar del país puede reclamar este derecho si está ante una situación de este tipo, en que el paciente se encuentra en estado vegetativo prolongado e irreversible”.
Hace siete años, las hermanas de Diez pidieron a la clínica donde él estaba internado que «retirara las medidas de soporte vital», ya que «desde 2004 hay una ley provincial que permitiría tomar este tipo de decisiones». Sin embargo, el pedido fue rechazado y ellas decidieron iniciar una demanda legal.
Con este fallo «se federalizan los derechos consagrados en la ‘ley de muerte digna’. Ya no va a ser necesario acudir a la Justicia, estas decisiones van a poder tomarse en el seno íntimo de la familia y en diálogo con los médicos. Entramos en la etapa de plena vigencia y aplicación de la ley», declaró el abogado.
Dr. Esteban Gargiulo, Médico neurólogo.
En diálogo con Hoy, el médico neurólogo Esteban Gargiulo, comentó que “hay que acatar el contenido de la ley como está promulgada. Por más que opinemos distinto a la ley hay que cumplirla” y recalcó que “cada médico está formado para preservar la vida, aunque lamentablemente hay patologías que superan las tecnologías y avances científicos existentes”.
“El éxito de nuestro trabajo no se mide sólo salvando una vida; también con la disminución del dolor del paciente y su muerte, acompañado por una familia aceptante. ¿O acaso alguien se quiere morir postrado en una cama de hospital lleno de tubos? Ante un paciente terminal, no hay nada que curar, pero mucho por hacer“, sentenció el profesional.
Gisela Farías, licenciada en Psicología y Doctora en Filosofía del Derecho-Bioética.
«El fallo de la Corte Suprema hace referencia al caso de una persona que entró en este estado hace 20 años, cuando no había casi directivas anticipadas. Hoy contamos con este recurso y es importante que lo difundamos, que los pacientes lo conozcan», sostuvo Gisela Farías, autora del libro «Muerte Voluntaria».
Farías, defensora del derecho de autonomía y autodeterminación del paciente, explicó que «lo que aquí se presentó es un juicio sustituto de la voluntad expresa del paciente», y manifestó que «la Justicia aquí reconoció a sus hermanas como representantes legales de esa voluntad».
«Esto es posible porque hubo acuerdo entre sus familiares y cuidadores, pero si esto no fuera así sería muy difícil de resolver, por eso es central que los pacientes conozcan este derecho y lo ejerzan, que puedan decir esto quiero, esto no con cada procedimiento», añadió.
Fuente: Diario Hoy