Medicina prepaga: rige la ley pero hay dudas


Quedan puntos no aclarados en la norma que, según advierten en las entidades alcanzadas, implican que algunos aspectos -los más controvertidos- sean de difícil implementación.

Tras haberse publicado ayer en el Boletín Oficial el decreto reglamentario, la ley regulatoria de la medicina prepaga entrará en vigor dentro de una semana. Sin embargo, quedaron puntos no aclarados que, según advierten en las entidades alcanzadas, implican que algunos aspectos -los más controvertidos- sean de difícil implementación, informa hoy el diario La Nación.

En tanto, de acuerdo con lo establecido en la normativa, las empresas del sector podrán establecer cuotas hasta tres veces más caras según la edad, en base al costo del plan más bajo que tenga la prestadora. Esa autorización sólo está habilitada para los nuevos afiliados y no para aquellos que tengan más de 10 años de permanencia.

Así, por ejemplo, no se definió aún qué diferenciales de cuotas deberán abonar quienes se afilien sufriendo ya alguna enfermedad a ser tratada. Tampoco se determinó cuáles serán los límites para ajustar las cuotas por razones de edad después de los 65 años. Sobre ese punto, se le da a la Superintendencia de Servicios de Salud -la autoridad de aplicación de la norma- un plazo de 90 días, en el que deberá definir una «matriz de cálculo actuarial de ajuste por riesgo».

Sí queda claro que estará prohibido ese tipo de incrementos por edad para quienes tengan 65 años o más y acumulen en una misma prepaga un mínimo de 10 años de permanencia. Eso no quiere decir que esos afiliados no reciban más subas, porque sus cuotas sí estarán alcanzadas por los ajustes que se dispongan para todos los afiliados y estén justificados por el encarecimiento de los costos.

Estos incrementos generales sólo podrán hacerse con autorización de la Secretaría de Comercio Interior, hoy a cargo de Guillermo Moreno, que emitirá un dictamen vinculante sobre la base del análisis de una estructura de costos, cuyo modelo deberá armar la Superintendencia (otro aspecto pendiente). La aprobación deberá ser emitida por el Ministerio de Salud y, como ocurre hoy, las prepagas deberán informar a sus afiliados 30 días antes.

por La Nación