Por Jackeline L. LUISI, correo: jackelineluisi@yahoo.com.ar A continuación transcribo, proyecto de Garré cuando era Diputada de la Alianza de la UCR conjuntamente con el FREPASO, que me hicieran llegar a mi correo electrónico, donde pedía el traspaso de la Policía Federal a la Ciudad de Buenos Aires.
El expediente con número: 1337-D-2000 reproducido nuevamente en el 2002 (2987-D-2002), reclamando el traspaso de la Justicia nacional y de los organismos de la Policía Federal Argentina:
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,
MODIFICACION A LA LEY 24.588 DE AUTONOMIA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES –ALCANCES – PODERES RESERVADOS AL GOBIERNO NACIONAL–
Artículo 1º – Quedan derogados los párrafos 1, 2 y 3 del artículo 7º de la ley 24.588, autonomía de la Ciudad de Buenos Aires –alcances – poderes reservados al gobierno nacional–, quedando redactado el artículo 7º de la siguiente manera: Artículo 7º: La Ciudad de Buenos Aires podrá integrar el Consejo de Seguridad Interior.
Art. 2º – Derógase el artículo 8º de la ley 24.588.
Art. 3º – Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Nilda C. Garré.
FUNDAMENTOS
Señor presidente: Con fecha 29 de diciembre de 1997, al finalizar la reunión del Consejo de Seguridad Interior, el ministro Carlos Corach anunció, atribuyéndolo a una expresa disposición del presidente Carlos Menem, la formación de una comisión especial para estudiar la transferencia de algunos servicios policiales al ámbito de la Ciudad Autónoma.
A pesar de que los dichos del ministro en cuanto al motivo del traspaso sería el de “fortalecer la autonomía de la Ciudad”, indudablemente, entendemos que el anunciado traspaso se debe al incremento de la criminalidad y la violencia evidenciado en los últimos tiempos, frente a los cuales se pudo comprobar una respuesta de marcada ineficiencia por parte de la Policía Federal dependiente de aquel ministerio. Sin perjuicio de las ulterioridades políticas, pensamos que la decisión es acertada teniendo en cuenta que la seguridad de la gente es una cuestión de Estado ajena a los intereses partidarios.
Es por ello que proponemos la derogación parcial del artículo 7º y total del artículo 8º de la denominada “Ley Cafiero”. Habiéndose sancionado la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires es indispensable modificar la ley 24.588 que es inconstitucional en virtud de lo que prescribe el artículo 129 de la Constitución Nacional. La norma es, a nuestro entender, sumamente clara en cuanto a que allí se consagra la autonomía plena de la ciudad, con facultades propias de legislación y jurisdicción, sin lugar a dudas atribuciones inherentes a un estado autónomo.
Pretender que la Ciudad Autónoma ejerza facultades de jurisdicción en forma acotada o prohibirle la organización de sus propias fuerzas de seguridad significa una inadmisible limitación a la autonomía consagrada constitucionalmente.
En última instancia ello viene a cercenar la soberanía popular de los ciudadanos de la Ciudad de Buenos Aires. Entendiendo que el ejercicio de una jurisdicción acotada es contrario al espíritu y la letra de la Constitución Nacional, oportunamente, las distintas fuerzas políticas avalaron la creación de la comisión convocada por el decreto 1.417/96, participando en las labores y actividades referidas al estudio y elaboración de los proyectos normativos necesarios para hacer efectiva la transferencia de la Justicia Nacional Ordinaria de la Capital Federal a jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Conforme el trabajo realizado por los doctores Rafael Bielsa y Carlos Garber, la constitución de la comisión para el estudio del traspaso de la Justicia a la ciudad “se inserta en un proceso institucional que –con el explícito respaldo del electorado de la Capital Federal y el de todo el país, de los principales partidos políticos, referentes democráticos y organizaciones representativas de los diversos sectores de la comunidad nacional– puso en vías de realización, a partir de la reforma de 1994, la demorada aspiración de la ciudadanía porteña de organizar sus propias instituciones y de elegir a sus gobernantes tal como lo hacen las provincias, integrando en sólida unión federal con ellas, una nación indivisible, justa, libre, igualitaria y solidaria”.
Por otra parte, debemos recordar que el Poder Ejecutivo de la Nación adhirió a estos argumentos y ello surge de los fundamentos del decreto 1.417/96. Si bien hasta la fecha no hubo voluntad política suficiente que permitiera que el trabajo realizado por la comisión se concretara con el traspaso de la Justicia a la ciudad, es indispensable retomar la tarea. Pero ello implica necesariamente que la Ciudad Autónoma de Buenos Aires también tenga sus propios organismos de seguridad para que ellos actúen en virtud de las órdenes de los jueces locales.
Si no se obra de ese modo, los jueces de la Ciudad Autónoma no podrán impartir órdenes a una policía con competencia en otra jurisdicción como es el caso de la Policía Federal; en el mismo caso, los jueces nacionales tampoco podrán impartir órdenes a los organismos de seguridad de la Ciudad de Buenos Aires. Nos corresponde como legisladores nacionales dictar las normas que reglamenten el artículo 129 de la Constitución Nacional, consagran definitivamente la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires.
Un paso fundamental para ese objetivo es el traspaso de la Justicia nacional y de los organismos de la Policía Federal Argentina que la comisión creada al efecto determine como necesarios para garantizar la seguridad ciudadana. No debe olvidarse que la transferencia de competencias, servicios o funciones de la Nación a las provincias y a la Ciudad de Buenos Aires, está expresamente prevista en el artículo 75, atribución segunda de la Constitución Nacional que condiciona a la respectiva reasignación de recursos aprobada –cuando corresponda– por ley del Congreso y por la provincia interesada o la Ciudad de Buenos Aires, en su caso. Por último, resulta indispensable que se cumpla el deseo de los constituyentes de 1994 y que no resulte en vano el trabajo que seria y profesionalmente realizó la comisión creada por el decreto 1.417/96, y que, en idénticos términos, esperamos realice la comisión convocada para el traspaso de las fuerzas de seguridad.
Nilda C. Garré.
A las comisiones de Asuntos Municipales, de Asuntos Constitucionales y de Seguridad Interior.
COMENTARIO: Estos últimos días son de público conocimiento, los altercados generados por la Ministro de Seguridad de la Nación, Nilda Garré, a raíz de informar que retirará a la Custodia de la Policía Federal, de los Edificios Públicos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Tema que trae aparejado un riesgo latente, en edificios como hospitales, máxime cuando caen heridos por balas. En los Colegios, que se encuentran en zonas con alto riesgo en materia de delincuencia, y en otros sectores.
Como si fuera poco, la Señora Ministro, no cesa de atacar al Jefe de la Ciudad Porteña de Buenos Aires, Mauricio Macri, con un lenguaje agresivo y descortés, impropio del cargo que ocupa.
No obstante, esto provocó que el día viernes, de forma perentoria, el Ministro de Seguridad, de la C.A.B.A., Guillermo Montenegro, asistiera a la Comisión de Seguridad, presidida por el Diputado Martín Borrelli, para tratar el tema del retiro de los efectivos de la Policía Federal.
Cristian Ritondo, Presidente del bloque PRO, de la Ciudad, ratificó que: “la política del PRO no es la de esconder funcionarios. La gente demanda soluciones prontas y eficaces que no se deberían dilatar por enredos producto de chicanas y politiquería de baja calaña” .
Lo curioso del tema es que la misma Ministro, quien no cesa en arremeter contra funcionarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y de criticar a la Metropolitana, por no poder cubrir toda la Ciudad, es quien en los años en que era diputada de la Alianza de la UCR con el FREPASO, presentó el expediente 1337-D-2000 mencionado y transcripto al comienzo, como proyecto de Ley, y como se indicara en el primer párrafo, pidiendo el traspaso de la Justicia nacional y de los organismos de la Policía Federal Argentina.
Todo esto nos hace suponer, que este nuevo escenario, montado por la Ministro, configura un Capítulo más, de esta novela, a la cual vamos a titular: «OPERATIVO MACRI», dada la insistencia y hostigamiento que mantiene Garré, contra el Jefe de la Ciudad Porteña.
Ritondo expresó (Noticias Urbanas): «Desde que Garré asumió su cargo no hace otra cosa que provocar con decisiones y medidas que, más que la de un ministro del Poder Ejecutivo, parecen provenir de un pendenciero perturbador». ¿Qué se pretende con la medida? Probablemente tenga como último objetivo desmantelar a la Policía Federal y, una vez desmantelada, pasársela a la Ciudad.
Es un enfoque muy atinado, el del Diputado Macrista, ya que desde sus Funciones, en el cargo anterior, no hizo otra cosa de provocar desórden en las Fuerzas Armadas y de Seguridad. Además de provocar incidentes internos y de descabezar a las Fuerzas.
Mientras tanto, para el lunes, continuaría la historia en el Edifio Porteño de la Calle Perú, donde se mantendría una reunión del Bloque PRO, conjuntamente con el Jefe de Gabinete Porteño, Rodriguez Larreta, y con Jorge Telerman. Según nos informan, la Ministro estaría convocada también para el lunes.
Y como cuando el río suena, agua trae, adjunto a continuación, escrito que me hiciera llegar, el Dr. Piragini, sobre comentario, acerca del tema y Denuncia por abandono de persona y retiro de la policia federal, ante la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional de Capital Federal:
COMENTARIO PIRAGINI: Por los despropósitos que comete la Ministro de Seguridad Nilda Garré presenté denuncia, ya que estoy convencido que no se trata sólo del delito de violación de los deberes de funcionario público que seguramente el inefable Norberto Oyarbide desestimará, pues considero que hay un delito mucho más grave como es el abandono de persona que sufren médicos, enfermeras, y ciudadanos en general y en particular quienes concurren a hospitales en demanda del esencial servicio de salud.
Agradeceré difundir. Atte. Enrique Piragini
COMUNICADO DE PRENSA: NILDA GARRE
DENUNCIAN ABANDONO DE PERSONA ANTE RETIRO POLICIA FEDERAL
El 8 de abril de 2011, Enrique PIRAGINI, en representación de A.R.I.E.L. somos todos.ong, la organización no gubernamental que trabaja reclamando seguridad, ha radicado una denuncia por abandono de persona contra la Ministro de Seguridad NILDA GARRÉ, ante la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional de esta Capital Federal con motivo de la orden de retirar la custodia que personal policial venía realizando en distintos establecimientos hospitalarios, poniendo en riesgo tanto al personal que allí se desempeña como a quienes concurren en demanda de asistencia.
Se solicita que intervenga la Justicia ordinaria por cuanto es evidente la inoperancia de la justicia federal cuando están involucrados funcionarios kirchneristas.-
Se propone investigar el accionar de la Ministro que ha descabezado las fuerzas armadas y de seguridad, e identificar sus cómplices, encubridores, e instigadores, ya que también resulta evidente la intencionalidad política de una medida que perjudica un servicio esencial vinculado a la salud y la seguridad ciudadana, agravando la desprotección de médicos y enfermeras que vienen sufriendo ataques violentos.-
El delito de abandono de persona, previsto en el art. 106 del Código Penal se consuma con la sola puesta en riesgo de la salud o la vida de las personas, agravándose la penalidad en caso de lesión a la salud o fallecimiento.-
Su tenor es el siguiente:
DENUNCIA ABANDONO DE PERSONA
Excma. Cámara:
Enrique A. PIRAGINI, como ciudadano y por A.R.I.E.L. somos todos.ong (ARGENTINA RECUPERA IDONEIDAD EN LIBERTAD, ong inscripta en CENOC, Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, bajo el nº 10427) constituyendo domicilio en Uruguay 485 p. 3° “R02”, Zona 119, (154-159-8401) a V.E. digo:
Vengo a radicar esta denuncia por abandono de persona contra la Ministro de Seguridad NILDA GARRÉ, sus cómplices, partícipes, encubridores e instigadores, con motivo de la orden de retirar la custodia que personal policial venía realizando en distintos establecimientos hospitalarios, poniendo en riesgo tanto al personal que allí se desempeña como a quienes concurren en demanda de asistencia.
El delito de abandono de persona, previsto en el art. 106 del Código Penal se consuma con la puesta en riesgo de la salud o la vida de las personas, agravándose la penalidad en caso de lesión a la salud o fallecimiento.-
Asumiré el rol de querellante no solo como ciudadano sino también en aras del interés difuso ìnsito en el art. 43 de la Carta Magna local y Nacional, ya que hechos como los descriptos generan inseguridad en la población y resultan objeto de la organización no gubernamental A.R.I.E.L. somos todos.ong (ARGENTINA RECUPERA IDONEIDAD EN LIBERTAD, Inscripta en el CENOC bajo el nº 10427, dependiente del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, cuya personería solicito se certifique a través de la página oficial que en Internet mantiene dicho Ministerio) que trabaja reclamando seguridad.-
Proveer de conformidad,
SERA AFIANZAR LA JUSTICIA.-
ENRIQUE A. PIRAGINI
CPACF Tº 22 Fº 23
doctorpiragini@hotmail.com
La pregunta del millón: ¿Cuáles son los verdaderos intereses de quienes nos gobiernan? ¿Están ligados estos intereses a los servicios de la Nación, o a otros menesteres?
¿Cuándo existirá un Modelo de Proyecto Nacional, para el País, para todos los Argentinos? ¿Cúando seremos capaces de defender nuestras Instituciones y de fortalecerlas?
Por Jackeline L. LUISI, CORREO: jackelineluisi@yahoo.com.ar