La Cámara Civil condenó al concesionario ferroviario de las vías cercanas a los tribunales de la zona del barrio porteño de Retiro a indemnizar al dueño de un automóvil que quedó incrustado en un bache, informaron hoy fuentes judiciales.
La Sala K de la Cámara, con las firmas de los jueces Lidia Hernández y Oscar Ameal, dictó la condena contra América Latina Logística Central S.A. (ex Buenos Aires al Pacífico S.A.) por unos 18 mil pesos en concepto de daños y perjuicios, a favor del automovilista Héctor G. López.
Según el fallo, López conducía su vehículo «por la calle San Martín en dirección a la Avenida de los Inmigrantes, de esta ciudad a efectos de presentarse en los tribunales».
«Circulaba a una velocidad sumamente reducida habida cuenta que el pavimento se encontraba en deplorable estado, presentando en ese lugar profundos baches y ondulaciones de grandes dimensiones.
Al intentar atravesar una vía férrea casi en desuso, que es utilizada ocasionalmente por trenes de carga, existente en ese sitio, en un determinado momento la parte delantera del vehículo del actor se incrustó en un pozo», indica el fallo.
A López le resultó «imposible su remoción por su propia fuerza motriz» y, además, «de ninguna manera fue posible eludir el bache ya que en ese momento el tránsito entre camiones y automóviles era muy intenso».
El tribunal estableció, sobre la base de datos del Ente Nacional de la Administración de Bienes Ferroviarios (ENABIEF), que «la zona donde ocurrió el infortunio se encuentra dentro de la Administración General de Puertos, ya que es uno de los accesos al área portuaria de Buenos Aires». Sin embargo, entendió que el Estado Nacional no es responsable por los daños sufridos por el rodado, ya que «pesaba sobre la concesionaria el mantenimiento y conservación del pavimento, incluida su libre y segura circulación».
«El Estado no debe responder, ni aun en forma subsidiaria, por los perjuicios ocasionados por aquellos sujetos genéricamente denominados ‘colaboradores externos de la Administración’, tales como los contratistas, los notarios y, por supuesto, los prestadores de servicios públicos, cualquiera sea el título habilitante que ostenten», dijeron los camaristas.
«El concesionario asumió la responsabilidad de los daños y perjuicios que pudieran producirse como consecuencia de su actividad y/o por la utilización o riesgo de los bienes afectados o por sus dependientes, personas o cosas de las cuales se sirve», resumieron.
Fuente: Diario Hoy