El ente tributario modificó el «régimen de percepción» para IVA y Ganancias.
El Gobierno acaba de fijar otro mecanismo para desalentar las compras al exterior, esta vez subiendo los anticipos tributarios que deben pagar los importadores. Según analistas consultados, estos mayores costos, que complican la situación financiera de las empresas, podrían trasladarse a los precios finales.
Por medio de la resolución general 3373, publicada ayer en el Boletín Oficial, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) modificó el régimen de percepción de los impuestos al Valor Agregado y a las Ganancias para empresas que realizan operaciones de importación.
El régimen de percepción se refiere a los anticipos que los importadores deben pagar por el IVA y Ganancias que se generarán cuando el bien importado sea vendido en el mercado local. Hasta la última reforma, las empresas que tenían el Certificado de Validación de Datos de Importadores (CVDI) pagaban un anticipo menor que las que no lo tenían.
Carlos Clément, del Estudio Clément, explicó que el objetivo con que se creó el CVDI era evitar que se realizaran importaciones de manera irregular. De hecho, para obtener el CVDI, los importadores debían presentar algunos documentos que los certificaran como tales.
Los importadores con CVDI debían pagar 10% de anticipo de IVA para bienes sujetos a la tasa general de 21%; 5% para bienes sujetos al IVA reducido de 10,5% (bienes de capital) y 3% como anticipo de Impuesto a las Ganancias.
A partir del próximo mes (las disposiciones de la AFIP entrarán en vigor después de diez días hábiles contados desde ayer), esos anticipos se duplican a 20, 10 y 6%, respectivamente. Es decir, según explicó Clément, igualan los anticipos que debían pagar los importadores sin CVDI. De hecho, la resolución de la AFIP deroga ese certificado.
Si bien la AFIP justificó su medida en «razones de índole operativa», para Santiago Montezanti, socio del estudio Beccar Varela, los objetivos pueden ser otros: «Tal vez la AFIP quiere compensar, aunque sea financieramente, la menor recaudación del IVA a las importaciones que se ha dado por las menores compras al exterior. También puede ser otro modo de entorpecer las importaciones, que es algo que el Gobierno ha venido buscando. Aumentar los costos de importación no deja de ser una traba», dijo. En la Cámara de Importadores (CIRA), la resolución de la AFIP «ha generado mucha preocupación entre los operadores», según dijo Miguel Ponce, vocero de la entidad.
Claus Noceti, de PwC Argentina, dijo que los cambios al régimen de percepción implican un mayor costo financiero para las empresas importadoras, que deberán adelantar más dinero al fisco hasta que lo puedan imputar en sus gastos impositivos. Distintos analistas opinaron que estos mayores costos se trasladarán al precio de los bienes importados.
La medida de la AFIP, por otro lado, podría violar normas internacionales de comercio. Rufino Beccar Varela, de Baker & McKenzie, dijo: «El aumento de los anticipos puede llegar a ser interpretado como una restricción a las importaciones, que es algo condenado por la OMC. Encarecer el ingreso de productos con medidas de este tipo va en contra de la libre circulación de bienes».
Montezanti mencionó otro punto cuestionable de la normativa: los bienes cuyo valor declarado sea inferior al 95% del «valor criterio» fijado por la AFIP no tendrán beneficios tributarios. Antes esta tasa era 80%. «Con esta disminución del margen de desvío, lo que buscan es que los valores declarados se ajusten por el valor criterio. Esto viola la normativa del GATT, que fija como válido el valor de transacción», dijo.
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