La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informó hoy que los reintegros se pagarán a los exportadores que hayan cumplido con su obligación de liquidar divisas en el mercado cambiario.
Para reforzar los controles al comercio exterior, el organismo recaudador creó una herramienta por la que sólo percibirán los reintegros de exportación los operadores que no tengan destinaciones en situación de «incumplidos reportados» o «vencido sin cumplido reportado» por los bancos de seguimiento que intervengan en la operación comercial.
Según la AFIP, la medida se implementó luego de que en los últimos meses el organismo que dirige Ricardo Echegaray detectó más de 99.295 operaciones realizadas por 7.484 exportadores «incumplidas» o «vencidas sin cumplimientos reportados».
Esa situación fue informada al Banco Central (BCRA) y se iniciaron los sumarios correspondientes en el organismo recaudador.
Hasta ahora, los exportadores que tenían envíos incumplidos podían seguir cobrando los reintegros por las otras operaciones. Ahora, en caso de que una exportación sea informada por el BCRA como «incumplida», sufrirá un «bloqueo operativo» que le impedirá percibir los reintegros de todas las destinaciones del CUIT del exportador.
Pero ese bloqueo sólo alcanzará al pago de reintegros, por lo que el exportador podrá seguir operando sin restricciones.
Cuando el operador registra ante la Aduana una destinación de exportación a consumo elije un banco para que realice el seguimiento de ingresos de divisas. Y la entidad financiera recibe de parte de la AFIP la información de los permisos de embarque que debe seguir.
Si cuando vence el plazo para ingresar las divisas el banco designado no detectó el ingreso o la aplicación del monto total de una destinación, tiene que informar la opción «incumplido reportado» al Banco Central. Y el BCRA informa a la AFIP de esa situación, por lo que se bloqueará el pago. El levantamiento se realizará en forma automática cuando el exportador regularice su situación.
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