La obligación empieza a regir en abril. Las empresas que no cumplan serán sancionadas.
Las empresas de medicina prepaga deberán informar desde el 1º de abril a la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) los datos de sus afiliados que abonen por sus planes de cobertura más de 2.000 pesos por mes.
La medida se estableció mediante la Resolución General 3.270, publicada hoy en el Boletín Oficial y será de carácter obligatorio, por lo que las compañías que no cumplan con el suministro de la información serán sancionadas.
«Las prepagas deberán suministrar a la Afip, mensualmente, el nombre y apellido de sus afiliados, el documento de identidad, el domicilio, datos descriptivos del vínculo entre la empresa y el titular, el valor de la cuota y la cantidad de beneficiarios del plan», especificó el organismo en un comunicado de prensa.
El organismo recordó que «desde hace tres años, el Fisco viene implementando una serie de regímenes de información que son de extrema importancia para obtener datos que manifiesten consumos en sujetos con determinada capacidad contributiva» como los que se obtienen a través de «tarjetas de crédito y débito y colegios privados», entre otros.
«Las empresas de medicina prepaga deberán utilizar el programa aplicativo denominado «AFIP-DGI-RÉGIMEN INFORMATIVO DE CUOTAS DE MEDICINA PREPAGA- Versión 1.0″, que genera el formulario de declaración jurada N° 918», que está disponible en la página de la Afip.
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