«Subir Ingresos Brutos es condenar al consumidor final a pagar más»

La frase está en una carta del Centro de Viñateros y Bodegueros del Este enviada a Tanús en rechazo a la decisión de aumentar los impuestos. Esto generará aumentos de precios y asimetrías frente a provincias como San Juan que mantienen su tasa cero.
Por medio de una carta dirigida al presidente de la Cámara de Diputados de Mendoza, Jorge Tanús, el Centro de Viñateros y Bodegueros del Este manifestó su rechazo a la estrategia oficial de incrementar los impuestos provinciales. Afirman que subir impuestos tendrá un impacto en los precios y generará asimetrías en relación a provincias como San Juan que mantienen su tasa cero.
Aquí te mostramos el texto que, con la firma de Mauro Sosa, director ejecutivo del Centro de Viñateros y Bodegueros del Este, fue enviado a Jorge Tanus, presidente de Diputados en un intento por frenar la suba de impuestos en Mendoza:

Atento al tratamiento del proyecto de ley impositiva 2012 nos dirigimos a Ud. y por su intermedio a quienes corresponda a fin de expresarle nuestra opinión respecto al tema de referencia.

La nota de rechazo fue dirigida a Jorge Tanus,
presidente de la Cámara de Diputados.
Por las razones que más abajo exponemos le manifestamos desde ya nuestro desacuerdo y rechazo a la eliminación de la tasa cero de ingresos brutos o imposición de un gravamen sobre los sectores intermedios de la actividad vitivinícola como así también a las alícuotas del mismo impuesto.

La misma opinión vale para los incrementos propuestos en el Avaluó Fiscal, base del cálculo del impuesto inmobiliario, estimados en un 20%, todo lo cuál atenta contra la ya delicada y recargada estructura de costos de la actividad vitivinícola.

De acuerdo a la propuesta enviada por el Ejecutivo a la Honorable Legislatura de Mendoza, la vitivinicultura es alcanzada en la actividad de Agricultura, caza, silvicultura y pesca, industria manufacturera y comercio al por mayor, según el siguiente cuadro:

Sin animo de historiar pero si de refrescar antecedentes en la materia que nos ayuden a analizar y evaluar la situación planteada por el proyecto de ley impositiva 2012, recordamos que como consecuencia de la firma del Pacto Fiscal Federal para el Empleo, la Producción y el Crecimiento, suscripto entre el Estado Nacional y las provincias el 12 de agosto de 1993, Mendoza se comprometió a dispensar tasa cero en el impuesto sobre los ingresos brutos a las actividades de producción primaria e industrial, entre otras.

Este compromiso fue oportunamente cumplido por nuestra Provincia a través de la ley 6.104 y decreto 50/94. A partir de ese momento se instrumentó un certificado de tasa cero para aquellos productores que acreditaran ante DGR que su actividad se encuadraba dentro de los lineamientos del mencionado decreto. En los últimos días, con motivo de la discusión de la ley Impositiva provincial en el ámbito de nuestra Legislatura, se han escuchado numerosas apreciaciones acerca de los alcances, consecuencias y beneficios de la tasa cero de Ingresos Brutos para algunas actividades económicas.

En primer lugar, cuando se dispuso crear el Impuesto al Valor Agregado (IVA) se lo hizo con el compromiso de las provincias (entre ellas Mendoza) de eliminar aquellos gravámenes provinciales que afectaban el consumo. De la misma manera, la Nación eliminó el impuesto a las Ventas que estuvo vigente hasta ese momento. Esto ocurría en los años ’70 y el objetivo fue que hubiera un solo impuesto al consumo, con una tasa aceptable a fin de evitar la repetición en cascada que tenían los impuestos provinciales y el “Ventas” a nivel nacional.

Mauro Sosa, director ejecutivo de la Asociación de
Viñateros y Bodegueros del Este.
Entonces la Provincia de Mendoza eliminó el impuesto de Actividades Lucrativas y a partir de ese momento empezó a regir el IVA (a nivel nacional) y poco después en Mendoza se volvió al impuesto anterior, esta vez con el nombre de Ingresos Brutos. Por su parte, la Nación incrementó la alícuota del IVA hasta los porcentajes vigentes.

En segundo lugar, vale aclarar que tanto el anterior impuesto de Actividades Lucrativas como el actual de Ingresos Brutos son impuestos al consumo si bien parecieran estar a cargo del empresario. En efecto, figuran a nombre del empresario y éste es quien deposita su importe a favor de la DGR pero los mismos son incorporados al precio de venta como un costo más y, por lo tanto, quien en definitiva los paga es el consumidor. En el caso de la vitivinicultura, de gravarse la etapa de elaboración en las condiciones actuales de concentración del mercado, sería un claro perjuicio al sector de la producción y elaboración dada la imposibilidad de trasladar el impuesto al precio de los productos en el mercado de traslado por lo que quedan expuestos los productores primarios que elaboren por cuenta de terceros y quienes definitivamente no pueden trasladar dicho impuesto. La misma situación sufrirán las bodegas que sólo elaboran producción propia y los exportadores a quienes no se les reintegra el impuesto y que frente a las condiciones de mercado internacional difícilmente podrán trasladar.

Por otra parte, y suponiendo un mercado de traslado con muchos compradores que compiten por volumen y precios y siendo el de Ingresos Brutos un impuesto al consumo, como es el IVA, (pero sin compensaciones), dicho impuesto termina siendo pagado en su totalidad por el consumidor final. Y al decir totalidad nos referimos a la suma de todos los importes de Ingresos Brutos cargados en cada una de las etapas de la cadena comercial (efecto cascada) y en eso radica, precisamente, la perversidad del impuesto y su característica distorsiva.

En efecto, un producto como el vino, que pasa por cuatro etapas (agrícola, industrial, mayorista y minorista) incorpora a su costo final un impuesto de Ingresos Brutos que puede alcanzar una cifra superior al 12% con lo que, sumado al IVA, el conjunto de los impuestos al consumo puede llegar a una alícuota del 30%. Esto no contribuye de ninguna manera a mejorar la competitividad de la vitivinicultura toda vez que el precio final al consumidor es de extrema sensibilidad respecto al comportamiento de los precios de las bebidas sustitutas.

En tercer lugar, debemos recordar que allá por el año 1993 y en el marco de una campaña antinflacionaria del orden nacional se intentó, junto con otras medidas, reducir el impacto fiscal por la vía de exenciones impositivas sobre los impuestos distorsivos. En tal sentido, se firmó el Pacto Fiscal que comprometía a los gobernadores a eximir del pago de Ingresos Brutos a los sectores intermedios de la economía, es decir, los que no hacen ventas minoristas. El objetivo era evitar la superposición del mismo impuesto en el mismo artículo vendido.

El propósito, obviamente, era beneficiar al consumidor final. Hoy, en un contexto inflacionario como en el que nos encontramos, es por lo menos inoportuno pretender que los sectores intermedios de la actividad sean gravados ya que se resiente la competitividad, se perjudica al pequeño y mediano productor, a la Pymes industrial, al consumidor y también al exportador que no recupera el impuesto.

Por eso, en cumplimiento de dicho pacto fiscal, en aquel entonces el gobernador de Mendoza, Rodolfo Gabrielli, instrumentó la tasa cero de Ingresos Brutos para los sectores agrícolas e industriales quedando claro que, cuando dichos sectores hacen ventas minoristas o al consumidor, deben cobrar el impuesto y tributarlo al fisco. Pero desde entonces el mercado vitivinícola cambió notablemente dándose una hipersensibilidad a nivel de variación de precios y su relación con el consumo.

En definitiva, se puede afirmar que las exenciones de ingresos brutos no benefician al empresario “exento” sino al consumidor final que de esta manera no resulta gravado con el impuesto correspondiente a las etapas intermedias del proceso de producción y elaboración.

Por lo tanto, cuando se afirma que los empresarios de las actividades intermedias deben pagar Ingresos Brutos o que se les debe eliminar la tasa cero, al que se está condenando a pagar más impuesto es al consumidor final. Ese mismo consumidor que ya se encuentra alcanzado y gravado por un IVA exagerado y que por supuesto castiga especialmente a las clases de menos recursos; precisamente ese mismo sector donde la vitivinicultura está haciendo un enorme esfuerzo por mantener el mercado y donde el 80 % del consumo anual en términos de volumen de vinos es de hasta $9.

A través del tiempo, la “tasa cero” se transformó en un instrumento de estímulo cuando no de castigo según la conducta impositiva del contribuyente respecto a sus otras obligaciones tributarias provinciales y su comportamiento en otras áreas de la economía (laborales, etc.). Si bien compartimos, por considerarlo acertado, aislar de los beneficios a los incumplidores natos no es menos cierto que establecer condiciones resulta un instrumento peligroso sujeto a la discrecionalidad de funcionarios y empleados.

Premios y castigos

La idea de impartir premios y castigos es exponer a los contribuyentes a una generación de conflictos innecesarios y desgastantes toda vez que por aquella discrecionalidad las consecuencias serán la aplicación de multas y sanciones que actuaran como elementos de presión por lo que en realidad estamos frente a una actitud netamente recordatoria y confiscatoria toda vez que se reconoce que la alícuota es un porcentaje que sólo puede disminuirse ante una serie de condiciones que por distintas razones (administrativas, económicas, etc. etc.) pueden no ser satisfactorias de las exigencias del régimen.

Por eso, nos parece peligroso, dada la situación actual del mercado instrumentar premios y castigos, ya que por ejemplo: castigar a una bodega que no pagó el día 5 de enero el impuesto que venció el 18 de diciembre, haciéndole pagar dos puntos más de impuesto durante dos años es por lo menos excesivo, toda vez que desde hace varios meses estamos condicionados por un mercado prácticamente paralizado con precios en retroceso, motivo por el cuál y recientemente se debieron instrumentar medidas desde el Ministerio de la Producción para que los tenedores de vinos no debieron malvender sus productos.

Por lo tanto, en este contexto proponer un régimen que lleva incluidas multas y sanciones de hasta el 200 % del impuesto condicionada a la interpretación de las “siempre y nunca claras” disposiciones reglamentarias, nos parece inadecuado.

Finalmente, también es paradójico que ante un periodo de inédito crecimiento en el País y en la Provincia nos encontremos con desmedidos aumentos en las alícuotas o en la reimplantación de gravámenes, con lo cuál de seguir con este ritmo, dentro de poco tiempo nos estarán proponiendo alícuotas del 15, 20 o 25% cuando lo que está haciendo falta es una revisión integral del gasto público como también una política regional vitivinícola consolidada que evite asimetrías de una provincia respecto de otra (San Juan tiene tasa cero).
mdzol.com