VUELVE LA SUBVERSIÓN ECONOMICA DEL PROCESO Y EL “PERIODISMO TERRORISTA” DE LA MANO DE CRISTINA

Reconciliados con Videla, Galtieri  y Masera,  Vuelve de la mano del senado un símil de la vieja ley de “subversión económica” sumado a la ley antiterrorista, que podría considerar a los periodistas que digan “ hay riesgo de una corrida cambiaría” como “participe necesario de la una corrida cambiaria y por ende ,  “terrorista”.

Tal vez no sea subversivo, porque no intenta subvertir el sistema, pero si terrorista…

Obviamente el gobierno fuerza las leyes a su favor,  manejando el sistema republicano como un intento de dictadura.

Por ejemplo

La de los conceptos jurídicos tuvo una gran experiencia piloto con el sistema de control de cambios solapado establecido dos meses atrás por la AFIP. La inconstitucional exigencia de autorización previa de ese organismo para la compra de dólares se fundó, nada menos que en la necesidad de combatir el lavado de dinero, cuando entre las 40 recomendaciones que realiza el GAFI en esa materia no figura ninguna medida ni siquiera parecida al mecanismo montado para frenar la demanda de dólares.

Al respecto hay una interesante nota realizada por Tortora en el Informador Publico:

La amenaza de Sbatella complicaría seriamente a la Corte

Por Carlos Tórtora para el Informador Público

Ayer, el jefe de la Unidad de Información Financiera (UIF), José Sbattella, confirmó que los medios de comunicación podrían ser sujetos de la polémica ley antiterrorista, que fue sancionada anteayer por el Senado.

El funcionario, que ya había aclarado que la medida apuntaba a evitar las manipulaciones de mercado, reveló en un reportaje con radio La Red que los medios podrían ser acusados de “aterrorizar a la población” en caso de difundir noticias que puedan provocar retiro de depósitos.” La ley antiterrorista no es para perseguir, es para que no vuelva a pasar un golpe de mercado”, concluyó. De intentar aplicar el gobierno al periodismo el nuevo artículo 41 quinquies, el Congreso habría entonces legislado doblemente en contra del artículo 32 de la Constitución Nacional, que establece que “el Congreso Federal no dictará leyes que restrinjan la libertad de imprenta o establezcan sobre ellas la jurisdicción federal”. Esto sería así, por cuanto la nueva ley que regula como de interés público la fabricación, comercialización y distribución de papel de diario es inconstitucional, tanto como la utilización del citado artículo 41 quinquies, como un tipo penal abierto para sancionar como actos terroristas la actividad periodística. Esta manipulación de los conceptos jurídicos tuvo una gran experiencia piloto con el sistema de control de cambios solapado establecido dos meses atrás por la AFIP. La inconstitucional exigencia de autorización previa de ese organismo para la compra de dólares se fundó, nada menos que en la necesidad de combatir el lavado de dinero, cuando entre las 40 recomendaciones que realiza el GAFI en esa materia no figura ninguna medida ni siquiera parecida al mecanismo montado para frenar la demanda de dólares. La escasa o prácticamente nula resistencia generada por la maniobra -trascendió apenas la existencia de un amparo- le habría generado al gobierno el espacio para ir por más. El retorno a una legislación de terrorismo económico, propia del último proceso militar, es el nuevo avance. Y la nueva amenaza de imputar con la nueva norma a los periodistas que intenten aterrorizar a la población u obligar al gobierno, por ejemplo, a devaluar, va todavía un paso más allá.

Una situación incómoda para la Corte

El problema presenta entonces distintos niveles. Mientras la amenaza de Sbatella quede circunscripta sólo a esa figura, se trataría de una operación de disuasión destinada, valga la paradoja, a aterrorizar a los periodistas para que no se atrevan a opinar que el atraso cambiario es insostenible o que existen grandes probabilidades de una corrida.

Otra cosa muy distinta será si el gobierno denuncia ante la justicia la comisión de actos terroristas por el periodismo. En este punto, la Casa Rosada les arrojaría a los jueces una brasa ardiente. Es que semejante aplicación de la nueva ley no sólo violaría en forma flagrante los artículos 32 y 33 de la Constitucional sino los tratados internacionales con jerarquía constitucional, empezando por la Convención Americana de Derechos Humanos. No hace falta hilar muy fino para darse cuenta de que una discusión sobre la constitucionalidad de la aplicación de la norma llegaría inevitablemente a la Corte Suprema. Y es de suponer la trascendencia internacional que tendría el procesamiento de cualquier periodista acusado de terrorismo económico. La amenaza de Sbatella, sumamente creíble, es una advertencia grave a la Corte Suprema. En la media docena de fallos que ésta dictó en los últimos años en relación a la libertad de expresión, no aparece ninguna cuestión vinculada al tema que ahora se plantea. Pero en todos esos fallos la Corte ratificó la plena vigencia de los tratados que establecen que nadie podrá ser molestado a causa de sus opiniones.

Podemos deducir que, siguiendo con su política de tergiversar los conceptos, el gobierno podría intentar justificar la amenaza de Sbatella escudándose en uno de los límites que las leyes y los tratados establecen para la libertad de prensa: la afectación de la seguridad nacional y el orden público. De ser así, el cristinismo se reconciliaría con el último proceso militar, ya que no sólo apelaría a reinstalar la subversión económica sino que también reviviría nada menos que la doctrina de la seguridad nacional, la más demonizada por la izquierda.

REF:

La Cámara de Diputados aprobó y giró al Senado los proyectos de ley reclamados por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) referidos a incorporar al Código Penal como delitos aquellas acciones que afecten el orden económico y financiero, y el que penaliza «las actividades delictivas con finalidad terrorista».

El texto referido a la temática bursátil crea cinco nuevos delitos: el uso indebido de información privilegiada de empresas que cotizan en bolsa; la captación fraudulenta de ahorros públicos; el cohecho financiero; la manipulación de valores negociables, la captación de ahorros, explicó la agencia DyN.

Respecto al texto sobre antiterrorismo, duplica las penas para los delitos ya establecidos en el Código Penal a quienes «directa o indirectamente» financien el terrorismo y actividades afines. Pero además, sostiene que serán considerados como tales algunos de los delitos que sean «cometidos con la finalidad de aterrorizar a la población» u obligue a gobierno nacional o extranjeros «a realizar un acto o abstenerse de hacerlo».

Aunque en el párrafo siguiente sostiene: «Las agravantes previstas en este artículo no se aplicarán cuando él o los hechos de que se traten tuvieran lugar en ocasión del ejercicio de derechos humanos y/o sociales o de cualquier otro derechos constitucional». El presidente de la comisión de Legislación Penal, el oficialista Oscar Albrieu, defendió ambos proyectos y el tratamiento de las dos iniciativas se debe al cumplimiento de «estándares internacionales».