La Sala IV de la Cámara Nacional de Casación Penal declaró nulo un fallo del propio Tribunal que había dejado sin efecto multas por más de $300 millones impuestas por el Estado Nacional a empresas como Loma Negra, Minetti, Cementos Avellaneda, Petroquímica Comodoro Rivadavia, y otros, por actuar en conjunto para fijar precios. Con esto, vuelve a cobrar vigencia el fallo anterior que había confirmado las multas.
La Cámara Nacional de Casación Penal declaró nulo un fallo del propio Tribunal que había dejado sin efecto multas multimillonarias impuestas en 2005 por el Estado Nacional a empresas cementeras. Las sanciones habían sido aplicadas a cinco compañías por actuar de manera «cartelizada» para fijar precios.
Así lo resolvió la Sala IV del Tribunal que declaró de nulidad absoluta la resolución a raíz de que no se había notificado de la misma al Ministerio de Economía, lo que le privó de ejercer el derecho a «defender los intereses del Estado Nacional».
Los camaristas Mariano Borinsky, Raul Madueño y Eduardo Riggi declararon nulo un fallo que había dictado la misma Sala de Casación a favor de las cementeras, pero con otra composición parcial de jueces, el 9 de septiembre pasado.
El ex ministro de Economía, Roberto Lavagna, había
multado a las cementeras por cartelización en 2005.
En un primer fallo, la Casación declaró nula una decisión de la sala B de la Cámara en lo Penal Económico que había confirmado las multas impuestas a las empresas cementeras Loma Negra, Juan Minetti SA, Cementos Avellaneda SA, Petroquímica Comodoro Rivadavia sA, Cemento San Martín SA y a la Asociación Fabricantes de Cemento Portland.
Las sanciones económicas habían sido fijadas en 2005 por el Ministerio de Economía, que en ese momento conducía Roberto Lavagna, y la mismas fueron de 529.289 pesos a Cemento Portland; a Loma Negra por 138.700.000; a Minetti por 100.100.000; a Cementos Avellaneda por 34.600.000; y San Martín por 28.500.000. En total el monto sancionatorio superaba los $300 millones.
«El trámite del referido recurso de Casación comporta un vicio insanable que acarrea una nulidad absoluta que debe ser declarada aún de oficio en cualquier estado del proceso, pues el Ministerio de Economía y Finanzas de la Nación -Estado Nacional- está legitimado para intervenir en estas actuaciones en defensa de la legalidad del acto apelado», sostuvo en la resolución.
Así, la Casación le ordenó a la sala B de la Cámara en lo Penal Económico que vuelva a darle trámite al recurso presentado por los abogados de las empresas «con la debida intervención de todos los interesados».
Con esta decisión, vuelve a cobrar vigencia el fallo anterior de la Cámara en lo Penal Económico que había confirmado las multas, por lo que las cementeras, si así lo consideran, deberán tramitar otra vez su apelación ante la Casación para intentar anularlas.
Fuente: La Nación y Ámbito Financiero