BUENOS AIRES.- El Banco Central de la República Argentina (BCRA) aprobó la Comunicación «A» 5246 sobre Integración mínima diaria en moneda extranjera y Efectivo mínimo, que flexibiliza la exigencia mínima de dólares que los bancos deben tener depositados en el ente monetario.
La medida se dirige a facilitar la oferta de dólares por parte de las entidades financieras para responder a la demanda de sus clientes.
A partir de ahora, los bancos podrán disponer de todos los dólares que excedan el 20% del encaje y que no hayan sido destinados a préstamos.
Frente a la demanda de los clientes que tienen depósitos en dólares, el BCRA decidió modificar el actual esquema de exigencia para las entidades financieras.
El esquema hasta ahora es el siguiente: los depósitos en dólares tienen un encaje obligatorio del 20%, monto que debe estar inmovilizado en el BCRA. Además de este 20%, los bancos también deben depositar en el BCRA los dólares que –por encima de ese 20%– no tengan prestados (para prefinanciar exportaciones, por ejemplo).
Concretamente, la nueva norma aprobada por Central dice que los bancos podrán disponer a partir de ahora de todos los dólares que excedan el 20% del encaje y que no estén prestados.
Fuente: El Cívico