Finalmente, los porteños que no votaron el pasado domingo en la primaria podrán hacerlo en la general del 23 de octubre próximo, luego de que la Cámara Nacional Electoral dejara sin efectivo una resolución de la jueza María Romilda Servini de Cubría.
El polémico fallo de Servini de Cubría sostenía que aquellos ciudadanos que no votaran en las primarias (obligatorias, según la ley) tampoco podrían hacerlo en la general. El fallo regía sólo para los porteños, de hecho el juez con competencia electoral en la Provincia, Manuel Humberto Blanco, cuestionó la decisión de su colega y advirtió que en el territorio bonaerense no habría una medida similar.
Ayer, la Cámara Nacional Electoral, integrada por los doctores Rodolfo Munné, Santiago Corcuera y Alberto Dalla Via, resolvió dejar sin efecto la decisión de Servini de Cubría. “El incumplimiento del deber de votar en las elecciones primarias del pasado 14 de agosto no constituye un impedimento para hacerlo en los comicios generales del próximo 23 de octubre”, sostuvo el fallo.
“Por ello, atento al carácter taxativo que, según se ha dicho (cf. consid. 6º), tienen las causales legales de privación del derecho al voto, corresponde dejar sin efecto lo resuelto por el a quo mediante acta nº 2 y aclarar -con el alcance fijado en el artículo 6º de la ley 19.108 (cf. consid. 4º)- que el incumplimiento del deber de votar en las elecciones primarias del pasado 14 de agosto no constituye un impedimento para hacerlo en los comicios generales del próximo 23 de octubre”, explicaron los jueces. La cámara se pronunció respecto de un planteo del abogado Ricardo Monner Sans para que se aclare la cuestión ante la disparidad de criterios en distintos distritos. El tribunal, autoridad superior en materia electoral, explicó que “ninguna disposición legal determina que el elector que haya omitido votar -aún injustificadamente- en las elecciones primarias, pueda ser privado de su derecho al voto en las elecciones generales por esa sola razón”.
Fuente: diariohoy.net