Un joven fue condenado por haber privado ilegalmente de su libertad a su mujer y al hijo de ambos, y deberá pasar 8 años en prisión ya que su condena se unificó con una anterior que tenía por «tentativa de robo agravado y portación ilegítima de arma de fuego».
Por el episodio de violencia doméstica, los integrantes del Tribunal Oral en lo Criminal 9 (TOC9) lo castigaron con cinco años de prisión y unificaron esa pena con una condena anterior dictada por el TOC 4 el 2 de junio de 2005, y le impusieron ocho años de prisión.
Además, le revocaron la libertad condicional que gozaba desde el 3 de abril de 2007.
En una sentencia de 82 carillas, a la que Télam tuvo acceso, los camaristas Fernando Ramírez, Ana Dieta de Herrero y Luis María Cabral, consideraron que el imputado -por la índole del hecho y la existencia de menores involucrados no se suministran las identidades- desoyó una orden judicial que le prohibía acercarse al domicilio de la mujer y el hijo de ambos.
Pese ello, el joven empleado -nacido el 25 de junio de 1984- interceptó a la víctima cuando «caminaba con su bebé por la Avenida La Plata y al intentar cruzar la calle Arberleche de esta ciudad» la abordó y «exhibiéndole un revólver le exigió que le entregue al niño».
«Ante la negativa de ésta, apoyó su arma en su espalda y la obligó a subir al vehículo, trasladándola a la zona de la Villa 20», dijeron los jueces en su sentencia.
Con la intervención de la secretaria María Verónica Reynoso, del fiscal Julio César Castro y la Defensora Oficial Graciela de Dios, quien asistió al imputado, los magistrados también analizaron las «amenazas coactivas –reiteradas en doce oportunidades-» y las «lesiones leves» que le provocó a su compañera cuando la golpeó para exigirle la entrega del bebé.
De acuerdo a constancias del expediente, el condenado enviaba mensajes de texto intimidatorios a su mujer en los que aseguraba, por ejemplo, que la iba a matar si hacía la denuncia.
«Te voy a matar, me voy a llevar al bebé», decía a su mujer en los mensajes, en los cuales agregaba: «Nunca me llamaste para irlo a buscar (a su hijo). Yo ésta no la dejo pasar. Una sí, dos no, besos y hasta el cielo».
Los magistrados también tuvieron en cuenta pericias psicológicas que demostraban que el joven «registra una estructura precaria de personalidad, con rasgos de inestabilidad emocional y un monto de ansiedad que no logra canalizar adecuadamente» junto a «un déficit en la implementación de sus mecanismos defensivos, lo que dificulta emplearlos en forma adaptativa».
Según los expertos, el hombre tampoco «logra un adecuado control de sus impulsos, ante situaciones conflictivas puede quedar invadido por las emociones y manifestar impulsos en forma hostil y agresiva» y posee «escasa capacidad de tolerancia frente a situaciones que le generan frustración, pudiendo desbordarse emocionalmente.
Fuente: Telám