La Justicia no se rinde y quiere ir por más. Emitió una resolución en la que le pide al Estado nacional que presente un informe para identificar «a las personas que se encuentran dentro del complejo habitacional” del predio del Bajo Flores. A su vez, le solicitó a la Ciudad de Buenos Aires que le informe “el estado de los predios donde deberán ser relocalizadas las familias” del Riachuelo.
Así lo solicitó el juez federal de Quilmes, Luis Armella, a través de los representantes en ACUMAR (Autoridad de Cuenca Matanza-Riachuelo).
Específicamente, Armella pidió identificar «a las personas que se encuentran dentro del complejo habitacional del predio ubicado en las calles Lafuente, Castañares y Portela de la Ciudad de Buenos Aires, y poner en conocimiento de esta Judicatura si las mismas cuentan con algún beneficio social, si han sido inscriptas o censadas anteriormente para algún otro plan de vivienda y/o cualquier otro dato que resulte oficioso en ese sentido».
Al Gobierno porteño, le pidió que dé cuenta del «estado de avance de las acciones correspondientes a los predios donde deberán ser relocalizadas las familias que al día de la fecha se encuentran habitando los distintos asentamientos» de la Capital Federal.
El predio del Bajo Flores está tomado desde hace más de diez días. El mismo estaba destinado a las familias del asentamiento “El Pueblito” y “Villa Luján” que viven en los márgenes del Riachuelo, pero desde la toma, todo quedó suspendido, a la espera de un desalojo.
– A continuación, la parte dispositiva de la resolución extraída del Centro de Información Judicial:
“I.- Requerir a los más altos responsables de las áreas de desarrollo social del Estado Nacional que a través sus representantes en la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo (miembros del Consejo Directivo), a que en el plazo de 03 (tres) días, presenten un informe claro y conciso a los fines de identificar a las personas que se encuentran dentro del complejo habitacional del predio ubicado en las calles Lafuente, Castañares y Portela de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y poner en conocimiento de ésta Judicatura si las mismas cuentan con algún beneficio social, si han sido inscriptas o censadas anteriormente para algún otro plan de vivienda y/o cualquier otro dato que resulte oficioso en ese sentido, de conformidad con las pautas esbozadas el considerando 2° de la presente.-
II.- Requerir al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que a través de su Jefatura de Gabinete de Ministros presente, en el plazo de 05 (cinco) días, un informe detallado sobre el estado de avance de las acciones correspondientes a los predios donde deberán ser relocalizadas las familias que al día de la fecha se encuentran habitando los distintos asentamientos de la C.A.B.A., esto es, trámites de adjudicación de las tierras, estado de las obras edilicias, personas beneficiadas, medidas de seguridad contempladas para evitar el intrusamiento de los futuros complejos habitacionales, y demás; el cual deberá ser incorporado a los autos principales del presente legajo de actuaciones (Expte. n° 25/09: “ACUMAR s/ Urbanización de Villas y Asentamientos Precarios”).-
III.- Requerir al Sr. Presidente de la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo (ACUMAR), Dr. Juan José Mussi y al Sr. Jefe de Gabinete de Ministros de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Lic. Horacio Rodríguez Larreta, realicen en forma inmediata la asignación de las viviendas comprendidas en el predio supra mencionado, para luego proceder a la efectiva entrega de posesión de las mismas, ni bien se encuentren en las condiciones para hacerlo, todo ello bajo apercibimiento de aplicarse las sanciones de multa diaria por cada día de incumplimiento, que el Suscripto considere adecuadas en orden a la gravedad de los incumplimientos que se verifiquen.-
IV.- Hacer saber a los funcionarios supra indicados que el incumplimiento de la presente, en forma efectiva, fehaciente, concisa, acabada y pormenorizada, los hará incurrir inmediatamente y sin más contemplaciones, en la responsabilidad que les correspondiere por mandatos específicos y determinados por el incumplimiento a una orden judicial, lo cual los hará pasibles de soportar con sus propios patrimonios el pago de una multa diaria por cada día de incumplimiento, que el Suscripto considere adecuada en orden a la gravedad de los incumplimientos que se verifiquen.-
V.- Requerir a la Sra. Secretaria General de la Autoridad de Cuenca contemplada en la Ley 26.168, Dra. Daniela Olivetto, notifique la presente en forma urgente y personal, bajo debida constancia a los representantes ante esa autoridad del Poder Ejecutivo Nacional, de la Provincia de Buenos Aires y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (miembros del Consejo Directivo), y en especial a quienes resulten máximos responsables de las áreas de desarrollo social del Estado Nacional, lo cual deberá ser acreditado dentro de las cuarenta y ocho (48) horas”.
Fuente: TN