Obligan a una obra social a cubrir una fertilización

Mientras que hasta hace unos meses el derecho a la procreación era debatido en ámbitos judiciales en términos de constitucionalidad, hoy -al menos en nuestra Provincia- la vigencia de la Ley de Fertilidad no deja margen a discusiones. Así lo reconoció la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo de La Plata al fallar días atrás a favor de una pareja que le reclamaba a su obra social la cobertura de un tratamiento para lograr un embarazo.

La medida judicial, difundida ayer por el Ministerio de Salud bonaerense, es la primera de su tipo desde que se aprobara en diciembre último la ley provincial de Fertilidad. Pero además, constituye un fuerte respaldo a la normativa provincial que garantiza el acceso gratuito a tratamientos a todos los bonaerenses con dificultades para tener hijos.

La pareja beneficiada por la sentencia -cuya identidad se mantiene en reserva- había presentado una demanda contra la Caja Previsional de Abogados por la negativa de esta obra social de cubrirle un tratamiento de fertilización de alta complejidad conocido como Inyección Intracitoplasmática de Espermatozoides (ICSI); y tras un fallo adverso en primera instancia, planteó el año pasado un recurso de amparo.

Pero con ese proceso judicial en trámite, el trasfondo legal del reclamo cambió por completo al aprobarse la ley provincial de Fertilidad. Fue así que llegado el momento de una resolución, la Cámara de Apelaciones -integrada por los jueces Claudia Milanta, Gustavo De Santis y Gustavo Spacarotel- entendió que el reclamo tenía entonces un incuestionable aval normativo.

Al fundamentar su fallo, el tribunal se basó en la vigencia de la Ley 14.208 «a través de la cual el Estado provincial reconoce a la infertilidad humana como enfermedad y establece el derecho a recibir una cobertura médica integral».

REPERCUSIONES

«Por primera vez la Justicia tiene una ley en la que apoyarse para garantizar el derecho a la salud de una pareja con problemas de infertilidad», sostuvo ayer el ministro de Salud, Alejandro Collia, luego de una reunión con los diputados Marcelo Feliú y Juan De Jesús, los impulsores de la ley en la Legislatura.

Con esta norma «las obras sociales irán tomando registro de estas decisiones que ponen en evidencia que la cobertura de los tratamientos de fertilización es, nada menos, que un derecho humano», dijo el ministro.

«Se trata sin duda de un fallo trascendente -opinó por su parte el diputado Marcelo Feliú-. Si antes el derecho a acceder a un tratamiento de fertilización asistida era una cuestión que se debatía por su constitucionalidad, ahora está claro que ninguna obra social en la Provincia se va poder negar a esa prestación», dijo.

COMPLEJIDAD

El tribunal dispuso que el Sistema Asistencial que tiene la Caja de Abogados de la provincia de Buenos Aires (CASA) deberá hacerse cargo del tratamiento de alta complejidad conocido como Inyección Intracitoplasmática de un Espermatozoide (ICSI, por sus siglas en inglés)

Fuente: El Día