Un tribunal ya fijó la fecha para juzgar a Iván Fontan por la muerte de un joven en el concierto que el grupo de rock La Renga dio en el autódromo de nuestra ciudad. El fallo puede convertirse en un leading case en la materia
La justicia penal de La Plata ya fijó la fecha para dar comienzo al juicio oral por la muerte del joven Miguel Ramírez, quien falleció luego de que una bengala impactara en su cuello durante un recital de rock que el grupo La Renga dio en el autódromo de nuestra ciudad.
El debate oral estará a cargo del Tribunal Oral en lo Criminal II de La Plata que fijó la fecha de juico para 11 de mayo de 2015. Es decir, para dentro de un año. Los jueces prevén una duración de cinco jornadas.
Según informa el sitio Tintajudicial.com, por este caso, la Sala III de la Cámara penal de La Plata confirmó todo lo actuado por la fiscal Virginia Bravo. En el banquillo de los acusados estará Iván Fontán, procesado por el delito de «homicidio simple», quien podría recibir una pena de hasta 25 años de prisión.
Tras el pedido de juicio oral, el juez de Garantías César Melazo, rechazó el sobreseimiento del joven y también el cambio de calificación a homicidio culposo.
La defensa de Fontán planteó que la víctima murió por una mala atención hospitalaria y que no se acreditó que la bengala que impactó en el joven muerto sea la misma que arrojó el procesado, lo que técnicamente se denomina nexo causal.
No obstante, la fiscal Bravo dio por acreditado en base a una pericia química que se trató del mismo artefacto pirotécnico. Los peritos analizaron microscópicamente la ropa que el acusado y la víctima llevaban puestas en la noche del 30 de abril de 2011.
Los resultados de los compuestos químicos fueron idénticos. Las prendas de vestir analizadas “han estado en contacto con las sustancias pulverulentas utilizadas en la fabricación de artefactos pirotécnicos”, se concluye en el informe pericial.
El juez Melazo sostuvo, al rechazar el sobreseimiento, que esa medida “requiere un grado de certeza negativa al que no puedo arribar en esta precaria etapa” ya que la investigación “exige una determinación técnica pericial, que necesariamente por el carácter de las constancias en las que se basa exige un ineludible debate oral y público”.
El magistrado no desconoció que “se han planteado dudas”, pero recordó que las declaraciones testimoniales “si bien tienen valor probatorio”, será en el juicio oral “donde alcanzarán toda fuerza convictiva” para condenar o absolver, y “es ese ámbito donde debe tener el correcto análisis y control de los testimonios, que torna relevante y con vigencia absoluta los principios de inmediación, concentración y oralidad”.
Ante este panorama, la defensa, apeló la resolución ante la Cámara Penal de La Plata, donde rechazaron el planteo y dictaminaron que el caso sea ventilado en juicio oral.
Fuente: Diario Hoy