Levantan una cautelar que permitía a Molinos no pagar una deuda a la AFIP

El organismo recaudador podrá cobrar «un ajuste millonario en materia de Impuesto a las Ganancias».
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informó que la Justicia «frenó una cautelar» interpuesta por la empresa Molinos Río de la Plata, para no pagar un ajuste «millonario» del impuesto a las Ganancias, reclamado por el organismo.

La empresa agroindustrial había solicitado una medida de no innovar, luego de que la AFIP quedara habilitada para emitir boleta de deuda e iniciar la ejecución fiscal correspondiente.

El ajuste impositivo fue realizado a la firma por las sumas pagadas en conceptos de dividendos por Molinos Holding Chile a Molinos Río de la Plata.

En la causa, el ente recaudador puso en evidencia una maniobra llevada a cabo por Molinos Argentina, al instrumentar y poner en marcha «una estructura a fin de no pagar el tributo por las sumas recibidas de Perú y Uruguay».

A tales fines, Molinos interpuso una sociedad holding chilena con el objetivo de ampararse en el convenio bilateral vigente para evitar la doble imposición.

La Sala 1 de la Cámara Contencioso Administrativo Federal rechazó la medida de no innovar peticionada por la empresa y aseguró que la misma «no reunía uno de los requisitos fundamentales: la verosimilitud del derecho, esto es, que su derecho fuera cierto».

Por otro lado, agregó la AFIP, uno de los magistrados agregó que la propia contribuyente reconocía que el impuesto cuyo pago se le exige responde a «una estrategia de planificación fiscal para aminorar la carga tributaria».

Ese contexto, señaló el juez, «no podrían asignársele las graves consecuencias de irreparabilidad del perjuicio alegadas por la sociedad».

Según el magistrado, en circunstancias normales la empresa hubiera debido afrontar el impuesto ahorrado, por las utilidades concretas que percibió, y cuya exigencia «pudo haber previsto, debido a la complejidad de la operatoria y a las dudas que presenta su interpretación».
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