Suben a 35% el recargo para el turismo y para las compras con tarjetas en el exterior

cepoDos meses antes de las elecciones, el jefe de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Ricardo Echegaray, lo había desmentido «categóricamente». Sin embargo, ayer la AFIP anunció una de las medidas más anticipadas por el mercado: subió del 20 al 35% el recargo a los consumos en dólares con tarjeta y al turismo, e incluyó en la normativa las compras de billetes por parte de viajeros en el mercado oficial, que hasta ahora estaban exentas.

A través de la resolución 3550, publicada ayer en el Boletín Oficial, la AFIP terminó por reforzar el cepo. Así, mientras el dólar oficial se cotizaba ayer a $ 6,19, para quienes consuman en moneda extranjera con tarjeta de crédito o accedan al «dólar turista» que valida la AFIP a través de su página web, el tipo de cambio será ahora de $ 8,35 (hasta ayer era de $ 7,3). De esta manera, el nuevo valor no quedó lejos del paralelo, que ayer operaba a $ 9,30.

En el Gobierno admiten que la medida responde a la incesante pérdida de reservas, que en el año cayeron más de US$ 12.000 millones, para quedar en US$ 30. 784 millones, el nivel más bajo desde fines de 2006.

«Hay un drenaje de divisas que se da a través de operaciones de turismo», esgrimió el jefe de Gabinete, Jorge Milton Capitanich, en s u ya habitual conferencia de prensa a primera hora de la mañana. «Tenemos que ser muy cuidadosos en la administración de las reservas para garantizar el flujo de suministros de bienes intermedios, de insumos básicos y de insumos de carácter industrial para potenciar el crecimiento de la actividad económica», agregó.

Pero no fue el único que salió en defensa de la norma. En su exposición frente a la Comisión de Acuerdos del Senado, el flamante presidente del BCRA, Juan Carlos Fábrega, también adjudicó parte de la caída de reservas a la demanda por turism o, que estimó en unos US$ 10.000 millones, y a la retención de la producción por parte de los sojeros (que reducen la oferta esperada de divisas), otro de los sectores a los que estaría apuntando el Ministerio de Economía en los próximos días con alguna medida.

Como venía sucediendo hasta ahora con el 20%, la retención podrá ser imputada por los contribuyentes como anticipo de Ganancias y Bienes Personales. Por eso es que la tasa máxima ahora establecida por la AFIP se elevó al 35% y no más, ya que, aclaran tributaristas, nunca la tasa de un anticipo puede superar la alícuota del propio impuesto (en este caso, la tasa máxima de Ganancias es del 35 por ciento).

Según el economista Nadin Argañaraz, director del Instituto Argentino de Análisis Fiscal (Iaraf), existe una gran diferencia en la incidencia impositiva entre quienes deciden descontar del impuesto anual la percepción y los que deciden no llevarlo a cabo. Los primeros, dice, sólo tienen una pérdida financiera o alícuota efectiva, en el caso extremo en que haya pasado un año desde el momento de la erogación, de 8,75%, mientras que quien no hace la presentación en la AFIP debe afrontar la totalidad del adelanto como un impuesto cuya alícuota es de 35%. En otras palabras, para un turista que termina pagando la alícuota de 8,75%, el dólar turista sería hoy de $ 6,71, mientras que para aquellos que no reclaman la devolución del impuesto es de 8,35 pesos.

Durante parte de la jornada de ayer las agencias de viajes suspendieron sus operaciones para poder adecuarse a la nueva norma. Casi no hubo cierre de operaciones, aunque afirmaron que tuvieron muchas consultas (ver aparte). También los bancos y las casas de cambio dejaron de convalidar las operaciones de venta de dólares para turistas. Según la resolución de la AFIP, las entidades financieras tienen tiempo hasta el 9 de diciembre para poner en orden la operatoria. Hasta entonces, quienes quieran comprar dólares a través del sistema validado por la AFIP deberán ahora hacer un aporte por el anticipo del 35% en el sitio web de la AFIP y generar un comprobante (VEP, o volante electrónico de pago) que deberán presentar en el banco o casa de cambio para concretar la transacción.

Para calcular la retención del 35%, según la resolución, la AFIP tomará en cuenta el tipo de cambio vendedor que fije el Banco Nación al cierre del último día hábil inmediato anterior a la fecha de emisión del resumen de la tarjeta o de la liquidación de la operación de turismo.

La norma establece que la retención del 35% entró en vigencia a partir de ayer. Pero no define si rige para los resúmenes de cuenta que todavía no hayan cerrado y contengan consumos en moneda extranjera previos a la fecha de la resolución. LA NACION intentó contactarse con la AFIP para aclararlo, pero no recibió respuesta a sus llamadas. Desde las emisoras de tarjetas dijeron que están esperando la aclaración por parte del organismo recaudador. En el pasado, cuando la retención pasó del 15 al 20%, se discriminaron en el último resumen los consumos previos a la norma y los posteriores, y se les aplicaron recargos diferenciados. Se espera que esta vez pase lo mismo..

Fuente: La Nación