AVAL JUDICIAL PARA EL ACOSO DE CRISTINA FERNANDEZ AL GRUPO CLARIN

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La resolución que declara constitucional la Ley de Servicios de Comunicación, último hito del acoso del oficialismo al principal grupo mediático del país.

Mazazo para el Grupo Clarín y victoria política para la presidenta Cristina Fernández de Kirchner. La Corte Suprema declaró que la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisuales, de la que se recurrieron cuatro artículos por el principal grupo de comunicación de Argentina, es constitucional en su totalidad. La medida implica un severo proceso de desinversión y la atomización del mayor emporio de comunicación que posee emisoras de radio, televisión, distribución de señal de cable, internet, revistas y el periódico de mayor circulación del país. Clarín dispone de un periodo de tiempo -se estima que un par de meses- para adecuarse a la nueva normativa y podrá exigir «indemnización» por el perjuicio.

Seis de los siete magistrados que integran la máxima instancia judicial coincidieron en que los cuatro artículos impugnados son de obligado cumplimiento y se ajustan a la Constitución aunque tres jueces incorporaron observaciones en algunos apartados. El único magistrado que se opuso en términos absolutos a la constitucionalidad de la ley fue el más veterano, Carlos Fayt.

Los cuatro artículos sobre los que se pronunció la Corte son: el 41, que establece que las licencias audiovisuales son intransferibles; dos apartados del 45, que marca un límite a la cantidad de licencias, el 48, que no reconoce la figura de un «derecho adquirido» por parte de las empresas que tienen más licencias de las permitidas por la ley y el 161, que concede un año de plazo de desinversión a los que tengan que adecuarse a la nueva reglamentación. La corte considera el plazo vencido pero concede una leve prórroga a la empresa.

La mencionada ley fue aprobada en el Congreso hace tres años y medio. Considerada un patrón hecho a la medida de Clarín, su promulgación se interpretó como un intentó del Gobierno de Cristina Fernández de Kirchner de terminar con el «multimedios» con el que está enfrentado desde el 2008. En ese año, se rompió el idilio entre el grupo y el matrimonio Kirchner. Las razones se atribuyeron a la posición crítica de Clarín durante el conflicto con el sector agropecuario que provocó la primera crisis del Ejecutivo de Cristina Fernández.

La última palabra
La ley ha tenido un camino contradictorio en distintas instancias judiciales. El Gobierno decidió no aplicarla hasta que no hubiera un fallo sobre los recursos judiciales presentados por Clarín. El escalón previo antes de llegar al Supremo se produjo en la Cámara Civil y Comercial Federal, instancia que determinó el pasado abril la inconstitucionalidad de dos artículos de la ley cuestionados por Clarín, pero el Gobierno apeló el fallo.

Se trata del artículo 45, referido al límite máximo de licencias que puede tener una empresa, y el 48, que legisla sobre los derechos adquiridos de las compañías antes de la aprobación de la norma. La jefa de los fiscales de Argentina, Alejandra Gils Carbó, dictaminó en julio pasado la constitucionalidad de ambos artículos y pidió a la Corte Suprema que revoque el fallo anterior.

La Corte Suprema tenía la última palabra en la causa. Para evitar acusaciones de intervencionismo en la vida política, la Corte decidió no emitir su fallo hasta que pasaran las elecciones legislativas del domingo pasado.

La ley establece para los medios privados de difusión nacional un máximo del 35 % del mercado en cobertura de televisión de aire y un 35 % de abonados en televisión de cable, 10 licencias de radio, 24 de televisión por cable y una de televisión por satélite. Los grupos que excedan los máximos previstos están obligados a desinvertir. Clarín no es el único pero sí el más afectado por una norma que considera «un traje a medida» con el objetivo de «desguazarlo».
ABC.ES