Ordenan la detención de Ricardo Jaime en una causa por sobreprecios de una obra pública

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La decisión fue tomada por el juez Claudio Bonadío, quien resolvió procesar al ex secretario de Transporte y ordenó su inmediata detención. Se investigan sobreprecios en obras públicas en el Belgrano Cargas. Además, el magistrado procesó al sindicalista José Pedraza y su esposa Graciela Coria. El funcionario también está involucrado en la investigación que se sigue por la tragedia de Once.

El juez Claudio Bonadío ordenó la inmediata detención del ex secretario de Transporte de la Nación, Ricardo Jaime, en el marco de una causa de sobreprecios de obra pública que involucra al ferrocarril Belgrano Cargas (BC).

Según fuentes judiciales consultadas por Online-911, la prueba principal es una una carta firmada por Jaime dirigida al presidente de la empresa Sociedad Operadora de Emergencia Sociedad Anónima (SOESA) que administraba el ferrocarril Belgrano Cargas, donde se pagaron dos millones de pesos de más por una obra de tendido de vías entre Tucumán y Concepción.

El costo fue de ocho millones de pesos por las obras y, a partir de la misiva que envió Jaime, el monto que finalmente pagó el Estado fue de más de diez millones de pesos.

Además de Jaime, Bonadío procesó al sindicalista José Pedraza, su esposa Graciela Coria, Ángel Stafforini, el presidente de SOE SA, Luigi Capelli, y el ex interventor en la Comisión Nacional de Regulación del Transporte, Pedro Ochoa Romero.

En su resolución, el magistrado resolvió «decretar el procesamiento con prisión preventiva» de Jaime «en orden al delito de defraudación por administración fraudulenta, cometido en perjuicio de una Administración Pública, a título de coautor.

Tras conocerse la medida, el abogado del ex secretario de Transporte, Andrés Marutián, presentó un pedido de exención de prisión de su cliente pero Bonadío la rechazó y la orden de captura fue ratificada

En tanto que para Pedraza recibió la misma medida pero a título de partícipe necesario, mientras que Graciela Isabel Coria, Angel Luis Stafforini, Carlo Luigi Cappelli y Pedro Ochoa Romero, ex director de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT), fueron procesados sin prisión preventiva por el mismo delito a título de coautores, menos el último nombrado que fue a título de partícipe necesario.

Además el juez Bonadío, mandó trabar embargo sobre los bienes y dinero, a Jaime, Pedraza, Coria, Stafforini, Capelli y Ochoa, hasta cubrir la suma de pesos tres millones ($3.000.000,00).

Asimismo, el juez decretó la falta de mérito para procesar o sobreseer respecto de otros 40 imputados, mientras que sobreseyó a siete acusados.

Según el fallo del titular del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 11, «la imputación a Ricardo Jaime se correspondió concretamente a «… su intervención como Secretario de Transporte de la Nación: por haber actuado con un interés ajeno al de la administración, al haber aprobado el Plan de Obras en el mismo día que fuera presentado, con un adelanto de fondos no justificado, y aprobando la Licitación Pública consecuente por un monto que excedió al monto original presentado por BC».

Además, continúa el escrito del magistrado en la imputación se incluyó el «haber dispuesto de fondos públicos en mayor medida que la establecida en la Resolución n° 877; por no haber controlado la aplicación de fondos públicos a su destino determinado, posibilitando que BC desviara los mismos en su provecho; por haber autorizado el pago de facturas cedidas por BC a Zonis por Certificados de Obra n° 3, 4 y 5, hallándose BC vedado a ello en virtud que la operación, administración, gerenciamiento y explotación de los servicios ferroviarios se hallaba a cargo de SOE; por haber dado instrucciones a SOE (nota S.T. n° 542) para realizar desembolso de dinero de la cuenta CRI para efectuar un pago a Zonis, convalidando el desvío de fondos públicos de BC.»

La investigación comenzó a raíz de una denuncia efectuada el 16 de marzo de 2009, por la Fiscalía Nacional de Investigaciones
Administrativas, donde el denunciante consideró la existencia presunta de irregularidades y la ausencia de imparcialidad en el
procedimiento desarrollado ante la aprobación del “Plan de Obras de Infraestructura” para la rehabilitación del
corredor ferroviario Tucumán – Concepción.
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