Para Gils Carbó, la Corte no debe decidir sobre el acuerdo con Irán

La procuradora general de la Nación, Alejandra Gils Carbó, se pronunció en contra de que la Corte Suprema de Justicia de la Nación intervenga directamente en un amparo presentado por un grupo de abogados contra el acuerdo firmado por el Gobierno con la República de Irán en torno al atentado de 1994 contra la AMIA.

Gils Carbó dijo que la cuestión no es de “competencia originaria” de la Corte y, además, sostuvo que los abogados no tienen “legitimidad” para pedir la acción de la Justicia en este tema.

El amparo fue presentado directamente ante la Corte por cinco profesionales de Abogados en Propuesta Peronista (APROPE). Esta demanda nada tiene que ver con otra acción de amparo que promovieron la semana pasada la AMIA y la DAIA ante un juzgado de primera instancia del fuero Contencioso Administrativo Federal. En este último caso, la jueza subrogante María Alejandra Biotti debe resolver primero la competencia de su fuero para intervenir en el caso.

La procuradora general recomendó a la Corte declararse incompetente en el planteo de los abogados de APROPE. Estos acudieron directamente al máximo tribunal al sostener que entre los iraníes reclamados por la Justicia argentina por su presunta responsabilidad en al atentado se encuentran “funcionarios diplomáticos extranjeros”.

Pero, según Gils Carbó, “la doctrina” de la Corte restringe su competencia en “asuntos concernientes a embajadores, ministros y cónsules” a “los supuestos” en que ellos “sean parte, ya sea como actor o demandado”. El tema, según Gils Carbó, es que en la demanda no se identificó a los iraníes que se reclama en la causa penal por el atentado y que ahora podrían beneficiarse con el acuerdo firmado entre los gobiernos argentino e iraní.

Los iraníes con pedido de captura internacional y circular roja de Interpol son cinco y sus nombres han sido difundidos ampliamente en los medios de comunicación. Al menos dos de ellos gozaban de estatus diplomático. Ellos son el ex agregado cultural Moshen Rabbani y el ex tercer secretario de la Embajada iraní en la Argentina, Ahmad Reza Asghari.

“No corresponde la competencia originaria de la Corte dado que la presente causa no concierne a embajadores, ministros y cónsules extranjeros, no es parte una provincia y nos e dan las circunstancias que la habilitan”, según la ley, expresó Gils Carbó en el dictamen firmado y enviado a la Corte.

Ahora será el máximo tribunal el que deberá decir si interviene o no en el asunto. En caso de compartir el criterio de la procuradora, la Corte seguramente remitirá la demanda al fuero contencioso administrativo y ésta se sumará al amparo de la AMIA y la DAIA.

Fuete: Clarín