El Gobierno nacional oficializó la suba de las deducciones para calcular el impuesto al publicar los nuevos valores en el Boletín Oficial. El titular de la AFIP, Ricardo Echegaray, confirmó que no se reintegrará la retención del gravamen que se aplicó en los dos primeros meses de este año.
– El Gobierno oficializó ayer la suba del 20% del mínimo no imponible del impuesto a las Ganancias y los montos que rigen desde el 1 de este mes de deducciones en concepto de cónyuge, hijos y otros familiares menores o que se encontrasen incapacitados para el trabajo. El titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Ricardo Echegaray, remarcó que no habrá devolución de la retención del tributo aplicada en los primeros dos meses del año. La oficialización del aumento del mínimo no imponible de Ganancias se concretó a través del decreto 244/2013, publicado ayer en el Boletín Oficial, que establece que los cambios comenzaron a regir a partir del 1 de marzo. Sin embargo, se generó una polémica en cuanto al momento en que debería ser aplicada la variación.
El decreto señala que se podrán deducir «en concepto de ganancias no imponibles, la suma de $ 15.552 (anuales), siempre que sean residentes en el país». Además, determina «en concepto de deducción especial, hasta $ 15.552 «, lo que llevó al piso no imponible del impuesto a $ 6.938,70 para los solteros. Por su parte, los casados, con dos hijos, tributarán cuando superen los $ 9.597,60. El instrumento también fija los reintegros por «cargas de familia, siempre que las personas que se indican sean residentes en el país, estén a cargo del contribuyente y no tengan en el año entradas netas superiores a $ 15.552, cualquiera sea su origen y estén o no sujetas al impuesto». Para el caso del cónyuge, el monto se actualizó a $ 17.280; y por cada hijo, hija, hijastro o hijastra menor de 24 años o incapacitado para el trabajo, $ 8.640 anuales. También por cada descendiente en línea recta, como nieto, nieta, bisnieto o bisnieta, menor de 24 años o incapacitado para el trabajo, $ 6.480 anuales. La misma cifra rige por cada ascendiente, como padre, madre, abuelo, abuela, bisabuelo, bisabuela, padrastro y madrastra, además de por cada suegro o suegra, incapacitados para el trabajo; y por hermano, hermana, yerno o nuera menor de 24 años o que no pueda trabajar. «Las deducciones de este inciso sólo podrán efectuarlas el o los parientes más cercanos que tengan ganancias imponibles», precisó el decreto.
Descartado
Durante la conferencia de prensa realizada el lunes último, en la que anunció la recaudación impositiva del mes pasado, Echegaray descartó que estuviera prevista la devolución de la retención aplicada en los primeros dos meses del año.
El planteo surgió porque Ganancias es un impuesto de carácter anual según la ley que rige este tributo. Consultado por el diario «La Nación», el presidente del Instituto Tributario de la Federación de Graduados en Ciencias Económicas, César Litvin, dijo que la liquidación del impuesto «es anual y las retenciones son acumulativas; por lo tanto, debería haber una devolución por enero y febrero».
«Si aplicaran bien la ley, el cambio en las tablas les va a dar un exceso que necesariamente debería derivar en una devolución», resaltó. En cambio, según el matutino porteño, en la AFIP indicaron: «hay antecedentes legales que permiten hacer el cambio de esta manera», es decir, sin aplicar una fórmula retroactiva, que, en algunos casos, se efectivizó el mismo ejercicio anual y, en otros, al siguiente. Con este criterio, si el cambio se aplica entre marzo -como dispone el decreto- y diciembre, la suba en el mínimo ya no sería del 20% anunciado por la presidenta, Cristina Fernández, porque el cálculo habría que hacerlo sobre 10 meses y no sobre 12. El aumento anunciado por la mandataria no cubrió las expectativas de las centrales sindicales oficialistas y opositoras, que reclamaban por lo menos un 40% teniendo en cuenta que no sufrieron modificaciones en todo 2012.
Previo a la publicación en el Boletín Oficial, Litvin dijo que el impuesto a las Ganancias «no se aplica por lo devengado, sino por lo percibido, por lo que deberían estar publicadas las nuevas tablas para que los agentes de retención estén al tanto de cómo realizarla».
Polémica por la fecha de aplicación
La suba del 20% del mínimo no imponible de Ganancias fue una respuesta a la presión de los gremios, que exigían un 40%.
Si el cambio se aplicara entre marzo y diciembre la suba en el mínimo sería del 20%, ya que habría que calcularlo sobre 10 meses.
El tributo es anual y las retenciones son acumulativas, por lo que debería haber una devolución por enero y febrero, dijo un experto.
«Hay antecedentes legales que permiten el cambio de esta manera», argumentaron fuentes vinculadas con la AFIP.
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