3 NORMAS EN 1 DÍA

Día de cambios en el Consejo de la Magistratura

El Boletín Oficial del jueves 27/12 publica 3 resoluciones que modifican parcialmente el funcionamiento del Consejo de la Magistratura de la Nación, organismo que durante los últimos meses fue clave en el enfrentamiento entre el Ejecutivo Nacional y parte del Poder Judicial, a partir de diferencias que aparecieron en la interpretación de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual acerca del Grupo Clarín.
3 cambios para el Consejo de la Magistratura de la Nación, transcribiéndose los respectivos fragmentos resolutivos:

> Resolución 181/2012
Apruébase reforma del artículo 47 del Reglamento de Concursos Públicos de Oposición y Antecedentes para la designación de Magistrados del Poder Judicial de la Nación.

«(…) 1°) Aprobar la reforma del artículo 47 del Reglamento de Concursos Públicos de Oposición y Antecedentes para la designación de Magistrados del Poder Judicial de la Nación aprobado por Resolución Nº 614/09 del Consejo de la Magistratura y sus modificatorias, que quedará redactado conforme el texto que se anexa al presente.

2°) La reforma que por la presente se aprueba, se aplicará a todos los concursos en trámite.

3°) Publíquese en el Boletín Oficial de la República Argentina. Regístrese. — Manuel Urriza.

ANEXO
Concursos múltiples

Artículo 47 – La Comisión tramitará un concurso múltiple cuando exista más de una y hasta cinco vacantes para la misma función, sede y especialidad.
Una vez producidas nuevas vacantes con posterioridad al llamado a concurso, la Comisión resolverá la acumulación a un concurso en trámite con el límite previsto en el párrafo anterior. Excepcionalmente, la Comisión determinará por resolución fundada la acumulación de vacantes que excedan el máximo señalado. En el caso de acumulación de cargos, el número de postulantes que participarán en la entrevista personal con la Comisión, según lo establecido en el artículo 40, se ampliará en al menos uno (1) por cada vacante adicional a cubrir.

La Comisión elaborará en estos casos, además de la terna a la que se refiere en el artículo 44, una lista complementaria integrada por un número de postulantes igual al de vacantes adicionales, con el objeto de integrar las ternas sucesivas.

La terna de candidatos aprobada por el Plenario se comunicará al Poder Ejecutivo y se le hará saber que deberá integrar las ternas siguientes con los candidatos propuestos en la terna anterior que no hubiesen sido elegidos para el posterior acuerdo del Senado de la Nación y complementarlas con los concursantes incluidos en la lista complementaria, en el orden de prelación oportunamente fijado por el Consejo, sin que se requiera una nueva comunicación en ese sentido.»

> Resolución 82/2012
Modifícase artículo 5 del Reglamento General.

«(…) 1°) Modificar el artículo 5 del Reglamento General del Consejo de la Magistratura, que quedará redactado conforme el texto que se anexa al presente.

2°) Publíquese en el Boletín Oficial de la República Argentina. Regístrese. — Manuel Urriza.

ANEXO
Artículo 5° – El Orden del Día contendrá los siguientes puntos:

Consideración del Acta de la sesión anterior y, si los hubiere, informe de la Presidencia, de cada una de las Comisiones por medio de sus presidentes, de la Secretaría General, del Administrador General, dictámenes de las Comisiones, y aquéllos asuntos cuya inclusión sea aprobada por los miembros de la Comisión Auxiliar de Coordinación de Labor.

Dentro de los cuatro meses siguientes al cumplimiento del plazo establecido en el art. 7, inc. 7 y 12 de la ley 24.937 y sus modificatorias, el Plenario considerará, sin posibilidad de postergación, él o los dictámenes que existan a esa fecha respecto de las actuaciones en cuestión. En caso contrario, si no hubiera dictámenes para su consideración, o si los mismos no reunieran la cantidad de votos requeridos legalmente para su aprobación, el Plenario resolverá el archivo de las actuaciones.»

Resolución 196/2012
Apruébase proyecto de modificación del Reglamento de la Comisión de Disciplina y Acusación.

«(…) 1°) Aprobar el proyecto de modificación de Reglamento de la Comisión de Disciplina y Acusación mediante la incorporación de un nuevo artículo 23 y ordenar la numeración del título V del Reglamento de la Comisión de Disciplina y Acusación, que obra como anexo I de la presente.
Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial. — Manuel Urriza.
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