LO ADELANTAMOS EL 3 DE AGOSTO QUE IBAN A BORRAR LOS ATENCEDENTES A LOS PRESOS.

La movida viene del poder oculto de la «Bandita» de Horacio Verbitsky, que incluye al Dr. Zaffaroni , Gabriel Mariotto, Marcelo Saín , Nilda Garré y Fernando Pocino de la SIDE» entre los más conocidos.

La medida fue frenada, gracias a otra nota de Seprin cuando dimos a conocer «lo del Vatayón Militante»   ( con V corta , aunque es Batallón) , con la salida «sociales de presos» que fue de público conocimiento. Y estallo en los medios y fue masivamente conocido a partir que el diario Clarín publico la foto de Baterista de Callejeros en salidas sociales.

Como la Ley  por  la presión de la opinión pública no podía salir , se avanzo por la Vía Judicial, donde la Cámara de Casación declaro inconstitucional  tener en cuenta la reincidencia. Claro sería bueno decírselo de un violador serial…

Matar a una persona no tiene agravante si se cumplió la condena.

 

 

 

Esto Publicamos el 3 de agosto de 2012:

 

 

QUIEREN BORRAR LOS ANTECEDENTES PENALES A PRESOS

Tapa — By on agosto 3, 2012 at 12:35

 

UN PROYECTO DE  MARIOTTO Y LA CAMPORA.

Según informaciones que accedimos y que fueron antes del escándalo que denuncio Seprin el 10 de Julio sobre el reclutamiento de presos, para la Cámpora, dándole beneficios de las salidas y no sólo eso,  beneficios como el borrado de registros penales.

Pero veamos a simple modo el proyecto:

El vicegobernador bonaerense, Gabriel Mariotto y La Campora ya confeccionaron el “borrador” donde se implementara la quita de todos los Antecedentes Penales de aquellos delincuentes que ya cumplieron las penas correspondientes.. so pretexto que al haber cumplido la condena.. NO debe quedar mancillado su buen nombre y honor pues en Democracia se debe respetar ayudar reinsertar y colaborar con quienes ya pagaron con la cárcel y el dolor de sus familiar errores NO GRAVES..la mayoría de las veces es culpa de la exclusión social.

Quedarían excluidos de estos beneficios los que fueron condenados por homicidios. No se especifica el delito de Violación.

Mientras que por otro lado , hay proyecto para registro de violadores, el gobierno en pos de obtener votos para las próximas elecciones planea conseguir votos de los detenidos o recientes liberados.

( Toas las Fotos Corresponden al Director del SPF Dr Victor Hortel , de la agrupacion Negros de Mierda )

Por otra parte  el Diario Clarín Publico que uno de los presos que salieron irregularmente  les borraron sus antecedentes penitenciarios.

Por Nicolás Pizzi

El jefe del Servicio Penitenciario Federal le borró un sumario disciplinario a uno de los reclusos que fue a actos kirchneristas.

Jorge Salcedo , actualmente alojado en el penal de Ezeiza, lo probó en carne propia . En abril de este año, le labraron un parte disciplinario por resistirse a una requisa . En pocas horas, según revelaron fuentes de ese penal, el director del Servicio Penitenciario Federal Víctor Hortel, declaró la nulidad de todo el expediente . Utilizó un argumento formal: dijo que faltaba la firma del director de Ezeiza, algo natural en esa instancia de la investigación administrativa.

http://www.clarin.com/politica/Vatayon-Militante-reciben-ventajas-carcel_0_748725186.html

 

TEMA RELACIONADO , INFORME DEL 10 DE JULIO DE SEPRIN SOBRE EL RECLUTAMIENTO DE PRESOS PARA LA MILITANCIA POLITICA.

 

SI LA CAMPORA RECLUTA PRESOS EN LAS CARCELES PARA LA MILITANCIA ENTONCES HAY QUE ARMARSE PARA DEFENDER NUESTRAS FAMILIAS.

campora_delincuentes

Sergio Shocklender lo acaba de confesar en “La Cornisa” con Luis Majul: “-existe el batallón militante, integrado por presos que forman una banda armada y de choque. Reporta a la Cámpora y a su jefe, el “cuervo” Larroque (Diputado Nacional del Kirchnerismo). “   Parece increíble  pero Sergio Schoklender asevero ayer que la Cámpora recluta […]

Por otro lado se  Se fundó el Sindicato Unico de Trabajadores privados de la Libertad. Fue el 13 de julio en la Universidad de Devoto y dependería  de Yasky

 

 

Esto es lo que hicieron Hoy:

La reincidencia no será un agravante para las penas

La figura está incluida en el Código Penal y restringe las salidas anticipadas. Para la Justicia, viola el principio de “reinserción social”.

 

 

La reincidencia no será un agravante para las penas

En sintonía con un fallo reciente de la Justicia tucumana, la Cámara Federal de Casación Penal declaró ayer “inconstitucional” un artículo del Código Penal que restringe las salidas anticipadas o los regímenes morigerados de encarcelamiento de los presos “reincidentes”.

 

La Sala Segunda del máximo tribunal penal, con las firmas de los jueces Angela Ledesma y Alejandro Slokar, más la disidencia de Ana María Figueroa, dejó sin efecto una sentencia de un juzgado de ejecución penal y decretó “la inconstitucionalidad del artículo 14 del Código Penal por vulnerar el principio de resocialización mínima”. Se trata del caso de un preso que pidió acceder a los beneficios de las salidas progresivas antes del cumplimiento completo de la pena, pero le fue denegado porque ese artículo del Código veda las salidas anticipadas a los reincidentes. El tema es eje de un arduo debate en la Justicia, entre quienes sostienen que se contrapone con la Carta Magna y quienes lo defienden argumentando sobre “la insuficiencia de la pena ordinaria y la mayor peligrosidad” de los reincidentes. “Los defensores de esta teoría sostienen que quien ya sufrió una pena y volvió a delinquir, demuestra que aquella no fue suficiente y que merece una mayor, pues una de igual intensidad, sería inútil. Por otra parte, quienes justifican la reincidencia por la mayor peligrosidad, concluyen que si todo infractor revela alguna peligrosidad, a mayor cantidad de infracciones, mayor será aquella”, explica el fallo.

 

“Estas teorías invariablemente se basan en la personalidad del sujeto (considerada “antisocial, peligrosa, o infractora del ordenamiento”) para justificar la construcción de una categoría de ciudadanos distinta que quedan excluidos del ejercicio de determinados derechos, pues el status de reincidente implica una mayor severidad en el monto de pena y en su ejecución”, replicó el voto mayoritario.

 

“Por mandato expreso de la Constitución Nacional, las normas penales solo pueden tener como objeto conductas y no sujetos, derivándose de allí el principio de culpabilidad por el acto”, añadieron los jueces Ledesma y Slokar.

 

La reincidencia “permite el juzgamiento de los ciudadanos en función de una categoría que excede la valoración del hecho, pues se basa en el diseño de un estereotipo vinculado con la personalidad del sujeto. Es, en definitiva, la imposición de un plus de castigo por lo que se es y no por el hecho que se juzga”, añadieron.

 

Por Héctor Alderete

¿Sera por eso que me armaron la causa para que no cuente estas cosas?

 

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