Ahora cruzar el semáforo en rojo se sumó a la lista, que ya incluía no llevar el seguro, ir a contramano y cruzar una barrera baja.
Con la nueva ley que permite sacarles temporalmente el registro a aquellos automovilistas que crucen un semáforo en rojo, ya son diez las infracciones por las cuales la Ciudad puede quedarse con la licencia.
Hasta ahora, la retención del registro por pasar en rojo sólo se podía aplicar si se hacía también en exceso de velocidad. Pero eso se modificó el jueves en la Legislatura porteña, a pedido de las asociaciones de víctimas de accidentes viales, que consideraban la sanción difícil de constatar.
Las otras nueve faltas que ameritan la retención de la licencia son circular en moto sin el casco puesto, exceder la velocidad máxima en más de 20 km/h, transitar en contramano, no llevar el seguro y no tener la verificación técnica al día (para taxis, remises o micros escolares), superar el límite de alcoholemia, invadir el carril del Metrobús o las ciclovías, no cumplir con las condiciones psicofísicas para manejar, circular con una licencia irregular (vencida o adulterada) y cruzar una barrera baja.
En todos los casos, la quita de la autorización se realiza en el acto y vale tanto para los que tengan la licencia emitida en la Ciudad como para los que sean de la Provincia o cualquier otro distrito del país.
El infractor al que le retiran la licencia recibe de parte del agente de tránsito un permiso provisorio para que pueda seguir manejando sólo durante 40 días. De esa forma, para recuperar su registro queda obligado a presentarse ante el controlador de faltas y pagar la multa correspondiente (algo que antes muchos evitaban y dejaban “prescribir” la boleta). Además, a los que tienen registro en la Ciudad les descontarán los puntos del scoring.
Fuente: La Razòn