Vender el auto con trampa no es delito

Un matrimonio modificó el cuentakilómetros de un Subaru modelo ’98 de manera que marcaba 88 mil km recorridos cuando el auto tenía al menos 245 mil. Para dos de los jueces, no es una estafa, sino a lo sumo publicidad engañosa.

Un polémico fallo dividido de la justicia penal de la Capital Federal consideró que la adulteración del cuentakilómetros de un automóvil de manera tal de que el comprador potencial suponga que tiene menos rodaje que el real y lo pague más caro de lo que vale, no es una «estafa». Tanto es así, que un matrimonio que había vendido un rodado en esas condiciones en el garaje de su casa y sobre el cual pesaba un procesamiento fue sobreseído aclarando que «la formación de la presente causa no afecta el buen nombre y honor de los que hubiere gozado con anterioridad».

El fallo, firmado por dos de los jueces de la Sala Primera de la Cámara del Crimen, Jorge Rimondi y Luis Bunge Campos, da por probada la adulteración del medidor de distancia recorrida. Pero contrapone: «Si bien la alteración detectada en el cuentakilómetros del vehículo y la oferta del rodado en la que se dejaba constancia de que este sólo registraba 88.100 km recorridos podrían conformar una publicidad engañosa, lo cierto es que dicha cuestión no se presenta como determinante a los efectos de ocasionar el perjuicio patrimonial.»

El tercer juez de la Sala, Alfredo Barbarosch, discrepó con ellos. En la Cámara del Crimen es un clásico que Bunge Campos y Rimondi estén en desacuerdo con Barbarosch: los separa incluso una antipatía personal.

Fuente: Infonews