No habrá que ir a la Justicia para cambiar de sexo y DNI

Con la aprobación de la ley de «Identidad de Género», se habilita a las personas a ser reconocidas como quieran. Las operaciones deberán ser cubiertas por obras sociales y prepagas.

El Senado aprobó anoche la ley de “Identidad de Género”, es decir, que toda persona tiene derecho a ser reconocida como lo desee, corresponda con el sexo de nacimiento o no. Así, la nueva norma -que tuvo 55 votos afirmativos y la abstención de la justicialista disidente por Chubut, Graciela Di Perna- permitirá adecuar la documentación con el nombre de elección (DNI y partida de nacimiento) sin necesidad de recurrir a la Justicia.

Además, la ley establece que los hospitales públicos, las obras sociales y las prepagas deberán cubrir los tratamientos hormonales y las cirugías de reasignación genital sin necesidad de una orden judicial. Previo a este procedimiento, habrá que capacitar a los médicos para que puedan realizar este tipo de intervenciones. En el país, son pocos los profesionales que conocen en profundidad la especialidad.

Los menores de 18 años también podrán cambiar de identidad siempre y cuando sean autorizados por los padres o tutores. En el caso de que los padres se opongan, los chicos podrán iniciar una acción judicial con la asistencia de un “abogado del niño”. En este sentido, se marca este punto porque el travestismo muchas veces se inicia antes de los 18 años. Muchos menores deben abandonar la casa al ser rechazados por los padres. Así, sería imposible que consigan el aval familiar.

El 30 de noviembre de 2011, la Cámara de Diputados aprobó la iniciativa por 167 votos favorables, 17 en contra y 7 abstenciones.

Fuente: La Razón