PIDEN INFORMES POR EL ATRASO EN LA APLICACIÓN DE LA LEY DE PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS


La diputada provincial del bloque PRO, Nancy Monzón, pidió a través de un proyecto de Ley informes al Ministerio de Desarrollo Social acerca del cumplimiento de la Ley 13.298 de la Promoción y Protección de los Derechos de los Niños, a raíz del atraso en el plazo para arbitrar las medidas necesarias para su puesta en funcionamiento.

La diputada recuerda en el escrito que el decreto 300 fue dispuesto en marzo del 2005, y considera que después de más de seis años es necesario indagar al Poder Ejecutivo respecto de su implementación.

«La ley 13.298 importa un avance significativo respecto de la forma de abordar el tratamiento y cuidados de los niños, niñas y adolescentes porque son reconocidos como sujetos de derechos y no más como una suerte de objeto a tutelar. Esta nueva concepción los presenta como personas activas en términos de las decisiones que conciernen a sus vidas, donde el gran abanico de derechos y garantías que le son reconocidos, hace que su voz, sentimientos y voluntades sean respetados y considerados en todas las acciones que los/as involucran», destaca Monzón en los fundamentos.

En el proyecto solicita que se indique en qué estado se encuentra lo dispuesto en el Artículo 16° inciso 1 que establece que la autoridad de aplicación deberá: Diseñar los programas y servicios requeridos para implementar la política de promoción y protección de derechos del niño. Y que se expliquen los motivos por los cuales el proceso de implementación se ha demorado más de seis años.

También pide informes respecto a la estructura organizacional y funcional requerida para la puesta en funcionamiento de la figura del Defensor de los Derechos del Niño. Sírvase detallar, en caso que corresponda, las áreas internas de trabajo planificadas.

«Como agravante de esta realidad palpable cabe mencionar que en el mismo artículo 16 inciso 1, se establece que el Ministerio es el responsable de definir las bases del concurso para acceder al cargo de Defensor de los Derechos del Niño, y fija un plazo de noventa días desde la entrada en vigencia del referido decreto para que sea determinado la modalidad de acceso. Claramente se ha superado en exceso los plazos y los tiempos para arbitrar las medidas necesarias para su puesta en funcionamiento, y es por ello que solicitamos nos informes del estado de situación en la implementación, de los motivos del atraso y demás cuestiones de orden organizacional, funcional y presupuestaria», argumento.