Guerra a la dolarización: obligan a petroleras y mineras a liquidar divisas en el país

Al igual que los exportadores de granos, estas empresas ahora deberán volcar todos sus dólares al mercado interno; la medida da marcha atrás con un decreto que Kirchner firmó en 2004.
El Gobierno reestableció la obligatoriedad del ingreso y negociación en el mercado de cambios de la totalidad de las divisas provenientes de exportaciones petroleras, de gas natural y licuado y de productos mineros.

Así fue dispuesto mediante el decreto 1722 publicado este miércoles en el Boletín Oficial (BO) con las firmas de la presidenta Cristina Fernández; el jefe de Gabinete, Aníbal Fernández; y del ministro de Economía, Amado Boudou.

El sector exportador de hidrocarburos y de minería gozaba de un tratamiento diferencial para la liquidación de las divisas pero ahora ahora se decidió restablecer la obligatoriedad de volcar las divisas en el mercado local «por razones de equidad».

CAMBIO. Con esta norma publicada hoy en el BO, la Presidenta dejó sin efecto el decreto 753/2004 por el cual el ex presidente Néstor Kirchner había exceptuado a las exportadoras mineras y petroleras de liquidar obligatoriamente las divisas en el país.

«Habiéndose modificado las circunstancias que dieran origen a las excepciones aludidas y, con la finalidad de otorgar un trato igualitario respecto de las demás actividades productivas, como por ejemplo las del complejo agro exportador», argumenta la norma.

Primariamente, la norma que dispuso la obligatoriedad del ingreso y negociación en el mercado cambiario de la totalidad de las divisas provenientes de la exportación de empresas productoras de petróleos crudos o de sus derivados, de gas natural y de gases licuados y mineras es el decreto 2581/64 , que había firmado el presidente Arturo Illia.

Durante los primeros nueve meses de 2011, Argentina exportó petróleo crudo por U$S 1.482 millones; gas de petróleo y otros hidrocarburos por U$S 732 millones, según detalla el último informe de comercio internacional de INDEC.
Fuente: lanacion.com