Lo resolvió la Cámara de Casación en la causa de la muerte del adolescente Matías Bragagnolo, ocurrida en abril de 2006, en un confuso episodio en el que se habrían enfrentado dos grupos de jóvenes en Palermo
La Sala Tercera de la Cámara dispuso virtualmente que los cuatro imputados sean procesados porque su presencia en el lugar de los hechos «significó para la víctima una mayor amenaza a la integridad física».
Bragagnolo murió el 9 de abril de 2006 en la puerta del edificio ubicado en la calle Ortiz de Ocampo al 2800, cuando acompañado por amigos fue a comprar bebidas y se encontró con un grupo que lo agredió con la excusa de que les habría robado un teléfono celular.
Otros dos adolescentes y un policía (imputado por presuntos vejámenes) están a la espera de la realización del juicio oral acusados por «homicidio preterintencional».
Según Casación, los jóvenes Alejandro Arvia, Martín Martínez, Alejandro Bartra y Gastón Fucks, quienes habían sido sobreseídos en la instancia anterior «integraban el grupo agresor que impidió en dos oportunidades que los dos amigos que acompañaba a Matías Bragagnolo pudieran asistirlo en momentos en que recibía un duro castigo físico».
Así, anularon el sobreseimiento dictado por la Sala Cuarta de la Cámara del Crimen, a la que apartó de la causa, por lo que sus integrantes ya no podrán seguir interviniendo. De acuerdo con la Cámara de Casación, el fallo que había sobreseído a los cuatro imputados «contiene un análisis parcial y aislado de los elementos de juicio».
Fuente: Infobae