Firestone repartió ganancias y le congestionó el camino a Moyano

En virtud de un acuerdo privado entre el sindicato y la empresa, Firestone está pagando a sus empleados $3924 por el reparto de las ganancias del ejercicio 2010, complicando el proyecto de ‘ley Moyano’ que incluye el peligro de la «cogestión».
CIUDAD DE BUENOS AIRES (Urgente24).- La empresa fabricante de neumáticos Bridgestone Firestone informó que les está pagando por estos días a sus empleados $3924, por el reparto de las ganancias del ejercicio 2010, de acuerdo con lo previsto en una cláusula del convenio que rige para los 1300 trabajadores de la firma.

El acuerdo entre Firestone con el Sindicato Único de Trabajadores del Neumático Argentino (SUTNA) se remonta a 2001, pero es sólo la cuarta ocasión en que la empresa obtiene ganancias suficientes como para compartirlas con su personal.

En los diez años que lleva vigente la cláusula, ésta es la cuarta vez que los empleados obtienen el pago adicional, explicó el secretario general del sindicato Pedro Wasiejko al diario ‘La Nación’.

La información fue celebrada en el seno de la Unión Industrial Argentina (UIA) porque ése es justamente el modelo que vienen impulsando: convenios empresa por empresa y sin el peligro de «cogestión» con el gremio que conllevaba el proyecto de ley presentado por el diputado por la CGT Héctor Recalde.

En esa iniciativa, apoyada en principio por el secretario general de la CGT Hugo Moyano, se proponía -además del reparto de ganancias- un control sindical sobre los libros de la empresa, lo que de hecho implicaba un acceso casi irrestricto a las informaciones más reservadas sobre clientes, proveedores, facturación, etcétera.
Ya la presidente Cristina Fernández había sugerido la semana pasada un «bono por productividad» que el líder sindical habría aceptado sentarse a discutir con la dirigencia industrial a regañadientes. Es que los empresarios del sector fabril le reiterarán a Moyano que no tienen problema alguno en acceder a esta demanda, según informa hoy el diario ‘Ambito Financiero’, por dos razones:

> Es totalmente preferible a la ‘ley Moyano’,

> Ya hay muchas empresas del ramo industrial que concedieron ese beneficio a sus trabajadores, sin problemas ni efectos negativos sobre sus balances; el caso Firestone es el ejemplo que llevarán esta semana a las charlas preliminares con los sindicalistas.

# El caso Firestone

El dirigente del mencionado sindicato recordó que 2004 fue el primer año en que correspondió el beneficio otorgado este por Firestone, con un pago de $ 10.800 para cada trabajador; en 2005 se asignó una suma de $ 2700, mientras que el monto fue de $1870 en 2006. Ni en 2008 ni en 2009 se cumplieron las condiciones para que se efectivizara el reparto de las utilidades.

De acuerdo con lo firmado en su momento, para que exista la distribución, la utilidad neta de la compañía (después del pago de impuestos) debe ser superior al 6%. De lo que excede ese nivel de ganancia se reparte el 33%, con un pago que es igual para todos, sin diferenciación por categorías. Otro tercio de las utilidades se destina a capital de trabajo (siempre considerando el excedente del 6%) y, finalmente, otra porción va a inversiones.

En el caso de Bridgestone, el momento de la negociación fue bastante particular. Corría 2001 y en plena crisis hubo medidas de reducción de costos, incluyendo salarios. En la negociación con el sindicato, se resolvió entonces que una vez que se recuperaran los números de la compañía y volviera a haber ganancias, se participaría de ellas a los trabajadores.

En diferentes convenios existen cláusulas que garantizan pagos adicionales en función de los aumentos de productividad, de los volúmenes de venta o del cumplimiento de determinadas pautas de conducta, como el presentismo. No es frecuente, en cambio, la firma de la cláusula de participación en las ganancias.

El reclamo de los sindicatos para generalizar ese beneficio se basa en el artículo 14 bis de la Constitución, que indica que, entre otros derechos, las leyes deben asegurar a los trabajadores la «participación en las ganancias de las empresas, con control de producción y colaboración en la dirección».