Los contratos que se celebren desde mayo podrán conceder derechos económicos únicamente a un club de fútbol o al jugador de fútbol profesional involucrado.
La Administración Federal de Ingresos Públicos dispuso hoy que ningún tercero u “hombre de negocio del fútbol” podrá participar en las ganancias que se obtengan del traspaso de jugadores de un club a otro de fútbol.
“Ningún club o jugador podrá firmar un contrato que conceda a un tercero (“hombre de negocio del fútbol”) el derecho de participar, parcial o totalmente, del valor de un futuro traspaso de un jugador de un club a otro, o que le otorgue derechos relacionados con futuros fichajes o con el valor de futuros fichajes”, establece la Resolución General 3740 publicada hoy en el Boletín Oficial.
“Consecuentemente con esto, los contratos que se celebren a partir del 1 de mayo de 2015, inclusive, podrán conceder derechos económicos únicamente a un club de fútbol o al jugador de fútbol profesional involucrado”, agrega uno de los considerandos de la normativa de la AFIP.
Según el artículo 1, “los sujetos —clubes o jugadores— obligados a actuar como agentes de información y, en su caso, de retención, de acuerdo con las previsiones de las Resoluciones Generales vigentes, continuarán informando conforme las previsiones de dichas normas, teniendo en cuenta que tales contratos podrán conceder derechos económicos únicamente a un club de fútbol o al jugador de fútbol profesional involucrado”.
También aclara que la AFIP, “efectuará cruces informáticos con la información referida a los contratos vigentes al 30 de abril de 2015, que la “Fédération Internationale de Football Association” (FIFA) tenga registrados en el Sistema de Correlación de transferencias (TMS)”, para profundizar los controles.
Esta decisión de la AFIP acompaña el Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores de la “Fédération Internationale de Football Association” (FIFA).
Resolucion 3740 Afip Pases Futbolistas by Cronista.com
por CRONISTA.COM