El Gobierno oficializó los cambios en el régimen del Monotributo, los cuales fueron anunciados ayer por el titular de la AFIP, Ricardo Echegaray, por los cuales se duplicaron los topes máximos de facturación para todas las categorías.
La Resolución General 3529/13 (acceda haciendo click aquí), publicada hoy en el Boletín Oficial, eleva los límites a partir del 1 de septiembre sin cambiar el monto mensual del impuesto continúa siendo el mismo para cada categoría.
Los detalles sobre los cambios en el monotributo estuvieron a cargo de Echegaray. Según explicó el funcionario, la modificación rige desde este mes, por lo que «como la facturación corre hasta el 30 de septiembre quienes deban cambiarse de categoría puedan hacerlo en el curso de este mes», puntualizó. Además, detalló que son monotributistas 2.250.338 personas en todo el país, de los cuales poco más de un millón y medio son «monotributistas puros», es decir, no tienen en paralelo una actividad en relación de dependencia.
Echegaray aclaró que se hizo una modificación general, que incluya a los artesanos, por lo que se implantó una escala en el nivel de facturación. A partir de ahora la categoría B, que es la más baja (en 2010 se unificó con la A), es para quienes facturan hasta $ 48.000 y la I para quienes llegan a $ 400.000 anuales. Las otras tres categorías, exclusivas para la producción de bienes, tienen como techo la L, hasta $ 600.000. Al defender el anuncio, Echegaray dijo que «el beneficio» alcanzará al 34% de los monotributistas de todo el país.
El impuesto que pagan los contribuyentes adheridos al régimen simplificado no se modificó. Para la categoría B es de $ 39, para la C de $ 75, la D de $ 128 y $ 118 (para servicios y venta de cosas muebles, respectivamente), para la E alcanza los $ 210 y $ 194 (con igual criterio), la F $ 400 y $ 310, para la G es de $ 550 y $ 405, la H $ 700 y $ 505, y la I de $ 1.600 y $ 1.240.
A ese importe, quienes aportan a una obra social deben sumarle $ 100 mensuales y los que aportan al sistema de jubilación $ 157, en todas las escalas. Para las categorías J, K y L (exclusivas para ventas de cosas muebles) el impuesto es de $ 2.000, $ 2.350 y $ 2.700, respectivamente. El impacto de la inflación obliga al Gobierno a efectuar este tipo de ajustes. Contribuyentes facturan más por el alza de los precios (los costos), y pasan por ello a otra categoría o bien directamente deben quedar excluidos del régimen.
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