SE REGLAMENTÓ LA NUEVA LEY DEL MERCADO DE CAPITALES–
Con $ 250.000 de patrimonio se podrá formar parte del mercado, frente a los $ 1,8 millón de hoy. Crean nuevas figuras de intermediarios y emisores.
Ayer por la tarde se conoció la esperada reglamentación de la ley 26.831, que reemplazó a la viaje norma de oferta pública y dará lugar a un nuevo mercado de capitales. Entre las 700 páginas de la normativa elaborada por la Comisión Nacional de Valores (CNV), se destaca que a partir del 31 de diciembre de 2014 las exigencias de capital para operar como agente de Bolsa se achican respecto de la actualidad, aunque habrá que ingresar a un registro de idóneos para poder hacerlo.
La esperada reglamentación especificó uno de los puntos más esperados por el mercado: las normas que establecen cuáles serán los actores que podrán operar por cuenta propia y de terceros, como hoy lo hacen agentes y sociedades de Bolsa. En lugar de esos viejos actores, el nuevo texto introduce toda una flamante fauna en la que deberán inscribirse cada uno de los intermediarios del mercado de acuerdo a su tamaño.
La primera novedad es que el concepto de agente de Bolsa desaparece sin reemplazo alguno. En el nuevo marco legal, no se aceptarán personas físicas como intermediarias, sólo personas jurídicas es decir sociedades. El más pequeño en la cadena alimentaria que busca crear la reglamentación será el Agente Productor, una sociedad encargada de conseguir clientes a sociedades mayores, a cambio de una comisión. Esta figura está pensada para pequeñas sociedades que eventualmente actuarían en zonas del interior del país dónde el mercado de capitales no haya llegado y deberá probar un patrimonio neto de apenas $ 250.000 para empezar a operar.
El siguiente eslabón será el Agente de Negociación (AN), el equivalente a una sociedad de Bolsa pequeña actual. El patrimonio mínimo obligatorio para estas sociedades será de $ 1 millón y podrá actuar como intermediario de toda operación con valores negociables, pero no podrá realizar los pagos ni las compensaciones, que deberá derivar a un tercero más solvente. El Agente de Liquidación y Negociación será un AN con la capacidad de liquidar y compensar las operaciones de sus clientes. Habrá dos clases: los propios, sólo podrán hacerlo con su propio capital y el de su cartera de clientes, mientras que los integrales podrán hacerlo, además, con las operaciones que administra un AN. Los propios deberán probar un patrimonio neto de $ 3,5 millones, mientras que los integrales el equivalente a una sociedad de Bolsa líder actual deberá llegar a los $ 15 millones.
Una estructura de intermediarios similar, con cuatro escalones, existirá para los fondos comunes de inversión y una figura aparte se creó para los que operan con valores en mercados over the counter (Ver tapa F&M). También crea las figuras de Fiduciario Financiero y no Financiero. El único que no deberá contar con un patrimonio mínimo será el asesor financiero, que no puede actuar como intermediario. Por último, con la reglamentación llega otra novedad para la City: todos deberán ponerse a estudiar. Tanto empresas como personal que tenga contacto con el público ara actuar en el mercado habrá que entrar a un Registro de Idóneos a través de algún programa de capacitación aprobado por la CNV.
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