Las resoluciones suspenden diversos artículos de la ley que dispuso la reforma al Consejo, entre ellos los que establecen la elección popular de los integrantes del cuerpo y su nueva integración.
Varios jueces de distintos fueros y jurisdicciones ordenaron este miércoles la suspensión de diversos artículos de la ley que dispuso la reforma al Consejo de la Magistratura, entre ellos los que establecen la elección popular de los integrantes del cuerpo y su nueva integración. Además, declararon la inconstitucionalidad de parte de la nueva ley que modificó el régimen de las medidas cautelares.
En tanto, se espera un pronunciamiento clave de la justicia electoral, que debe resolver los amparos planteados por diversos partidos y agrupaciones políticas y por la Asociación de Magistrados que nuclea a jueces y fiscales del país.
Uno de los fallos fue dictado en el marco de una acción interpuesta por la Federación Argentina de Colegios de Abogados (FACA) en la Ciudad de Buenos Aires, y fue firmado por el juzgado contencioso administrativo 2 de esta Ciudad. La FACA ya había obtenido un pronunciamiento similar en San Nicolás.
Otros dos fallos fueron dictados por el juez federal en lo contencioso administrativo de la Capital Federal Enrique Lavié Pico, uno en el marco de una acción interpuesta por el Colegio Público de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires, y otro en el caso planteado por el integrante del propio Consejo, el abogado Alejandro Fargosi .
Pero uno de ellos fue más allá con la redacción de la parte resolutiva del fallo y dio lugar a cierta confusión. Es que el fallo del juez en lo contencioso administrativo Pablo Cayssials dice textualmente «ordenar al Poder Ejecutivo Nacional suspenda la aplicación y puesta en práctica de la ley 26.855 y el llamado a elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias previstas para el 11 de agosto de 2013 hasta tanto se resuelva el fondo de la cuestión que en estos autos se debate».
En tribunales, varios letrados comentaron la redacción de la parte esencial del fallo y en un primer momento se llegó a interpretar que el magistrado había ordenado la suspensión de las PASO.
La redacción de la parte resolutiva del juez Cayssials difiere de la mayoría de sus colegas que suspendieron la aplicación de los artículos cuestionados de la ley pero no hicieron mención a una suspensión sobre las elecciones primarias de agosto.
Uno de los amparistas explicó a minutouno.com que la suspensión de las primarias es únicamente referida a la elección de consejeros que integrarán la Magistratura, aunque admitió que la redacción de la parte final del fallo podía dar lugar a confusión.
Por su parte, la FACA, entidad que nuclea a abogados de todo el país comunicó hoy el fallo al informar que su presidente Ricardo de Felipe fue notificado de una medida cautelar que suspende la reforma hasta tanto se resuelve la cuestión de fondo, es decir si es o no inconstitucional la nueva ley.
Otro de los fallos fue dictado por la jueza federal de Neuquén Carolina Pandolfi en el marco de una acción declarativa de inconstitucionalidad promovida por una abogada que consideró violatorios de la Constitución Nacional, los artículos de la ley 26.855 que reformaron el Consejo de la Magistratura.
Los jueces coincidieron en suspender la elección popular y además la nueva integración que lleva de 13 a 19 sus miembros.
En el fallo, la jueza de Neuquén consignó especialmente la notificación de su decisión a la jueza electoral de la Capital Federal María Servini de Cubría, ya que ella deberá resolver en otras causas iniciadas por partidos y agrupaciones políticas.
La jueza de Neuquén hizo lugar a la medida cautelar solicitada por una abogada y suspendió por seis meses los efectos de los arts. 2, 4, 5, 6, 7, 8, 18 y 30 de la ley 26.855 y del Decreto 577/2013 sobre reforma al Consejo de la Magistratura, en cuanto disponen la elección popular de los integrantes, la modificación de la cantidad de representantes, entre otros puntos cuestionados.
Además la magistrada declaró directamente la inconstitucionalidad del artículo de la ley que modificó el régimen de las cautelares que impone la realización de un informe previo al dictado de las medidas.
La jueza comunicó el fallo al Poder Ejecutivo y a la jueza electoral María Servini de Cubría, requiriéndole su notificación a los partidos y agrupaciones políticas que en el orden nacional se encuentren en condiciones de participar en la contienda.
«Profundizando la nueva norma… resulta verosímil la apreciación de la actora conforme a la cual la composición que para el órgano establece el art. 2 de la ley 26.855 incurriría en similar vicio constitucional, desde que permitiría a la mayoría política contar con quórum propio, con el agravante de que por el art. 6 y 7 se modifican las mayorías necesarias para ciertas decisiones relevantes», dice uno de los párrafos del fallo.
«También resulta verosímil sostener que la elección de los representantes de los estamentos no políticos, en particular el de los abogados, a través del sufragio universal, altera la relación de representación que el art. 114 establece, y que el procedimiento de elección descripto en el art. 4 de la ley dificulta la conservación del principio de división de poderes, desde que un órgano que integra el Poder Judicial sería gobernado mayoritariamente por los representantes de distintos estamentos que pertenecen todos al partido político que obtuvo la mayoría en las elecciones nacionales», advirtió la magistrada.
La mayoría de los jueces que dictaron los fallos conocidos hoy son coincidentes en esos puntos.
Ayer la jueza en lo contencioso administrativo federal Liliana Heiland resolvió también suspender por seis meses las elecciones populares en el Consejo de la Magistratura y su nueva integración que pasó de 13 a 19 miembros.
Hasta ahora la justicia, en varias jurisdicciones, dictó resoluciones en las que suspendió la elección de consejeros abogados, al hacer lugar a acciones de diversos colegios de letrados, en tanto, se espera que el caso también sea definido por la justicia electoral y que finalmente termine en la Corte Suprema de Justicia.
minutouno.com