La AFIP oficializa su «fe de erratas» para la regulación del personal doméstico

El organismo de Echegaray aclaró en el Boletín Oficial que exigirá aportes por empleados a quienes tienen ingresos anuales iguales o superiores a $ 500.000 y bienes por $ 305.000.

El «error de impresión» de la AFIP ante la nueva regulación del personal doméstico quedó corregido hoy con una «fe de erratas» publicada en el HREF=»http://www.boletinoficial.gov.ar/Inicio/Index.castle» TERCERA=»»>Boletín Oficial (BO). A través de la Resolución General N° 3492, el organismo que conduce Ricardo Echegaray aclaró que presumirá que contratan empleados en sus domicilios, por los que deberán aportar para la jubilación y la obra social, quienes tienen ingresos anuales iguales o superiores a $ 500.000 y les corresponda tributar el impuesto sobre los bienes personales (bienes por $ 305.000 o más).

La fe de erratas de la AFIP publicada hoy en el Boletín Oficial. Foto: Captura de pantalla del Boletín Oficial
La presunción de empleo es una herramienta que aplica la AFIP para dar inicio a un proceso que, en caso de que la persona sospechada no demuestre lo contrario (es decir, que no existe una relación laboral no declarada), termina con la determinación de oficio de deudas por aportes y contribuciones a la seguridad social, que el fisco está en condiciones de cobrar aun cuando no pueda identificar al supuesto trabajador.

El martes pasado, tras conocerse la resolución 3492 en el BO, la AFIP publicó en su página web una fe de erratas con una corrección, consignando que en la resolución se había producido «un error de impresión», a la vez que funcionarios del organismo aclararon que sólo habrá presunción sobre las personas que tengan elevado nivel de ingresos y, además, un patrimonio como el ya señalado. Hoy, ese error fue remendado oficialmente.

La resolución es la inclusión de personas físicas o familias en un régimen -hasta ahora vigente sólo para empresas- de «indicadores mínimos de trabajadores». Ese sistema lleva a que, en razón de ciertos parámetros definidos para realizar una determinada actividad económica, la AFIP presuma cuál es la cantidad mínima de empleados que debería tenerse y compare esa cifra con la de los trabajadores efectivamente declarados.

Aunque en la resolución se indica que entraba en vigor a partir del martes, el director general de Recursos de la Seguridad Social, Carlos Sánchez, dijo a LA NACION que el cruce de datos se realizará una vez que esté vencido el plazo para el registro de empleadores y empleados que fue creado por la nueva ley de personal de casas particulares. Otra resolución, la 3491, también publicada el martes, reglamenta el funcionamiento de ese registro y otorga plazo hasta el 30 de junio para registrar las relaciones de trabajo en casas particulares existentes al 31 de mayo. A priori, el trámite se hará por Internet, como hasta ahora ocurre con el formulario 102, pero en la AFIP afirman que «habrá personal en algunas agencias para asesorar a personas que lo necesiten», si tienen problemas para cumplir.

La AFIP indicó ayer que se mantienen las tres categorías de aportes sociales por parte de los empleadores, pese a que una resolución del Ministerio de Economía, previa al cambio de la ley, parecería marcar que todos se fijan en 135 pesos.

Antes de la nueva ley, la facultad para fijar estos parámetros estaba en manos del Ministerio de Economía, pero ahora pasó a la AFIP. Al respecto, se informó que se mantendrán las escalas por horas de trabajo semanales: de 6 a 12 horas, de 12 a 16 horas y más de 16 horas, con sus respectivos importes y hasta un tope de 135 pesos, precisó la agencia DyN. Así, sólo aquellos que empleen a una persona por más de 16 horas a la semana verán aumentado el aporte que realizan ante la AFIP.

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