La ley de identidad de género ahora alcanza a los extranjeros residentes

Dos resoluciones establecieron como único requisito la residencia permanente y una nota consular que certifique que el país de origen no cuenta con ese derecho. De este modo podrán sacar el DNI con la identidad autopercibida.

De acuerdo a lo establecido por el decreto reglamentario de la Ley de Identidad de Género, ayer se publicaron en el Boletín oficial las resoluciones 1/2013 y 2/2013, que habilitan a los extranjeros con residencia permanente en el país, a realizar la rectificación registral y obtener un DNI acorde a su identidad autopercibida.

El trámite administrativo tiene los mismos requisitos que para los ciudadanos nacionales, pero exige además la presentación de una nota consular, que dé cuenta de la imposibilidad de ejecutar ese cambio en el país de origen. La documentación emitida sólo será válida en la República Argentina.

«Esta resolución oficializa y mejora el procedimiento de la reglamentación. Los países no sólo exportan bienes materiales sino también derechos e igualdad, y estamos orgullosos de la Argentina, tanto con la ley de matrimonio igualitario para turistas como la identidad de género para extranjeros. Es un avance importante y un reconocimiento que hace el país a las personas trans del mundo.

Si bien hay 50 naciones con leyes de identidad de género, entre ellas Uruguay, la nuestra es la más avanzada y amplia de todas”, señaló a Tiempo Argentino, Esteban Paulón, presidente de la Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans (FALGBT).

Fuente: Infonews