Presentó un hábeas corpus en el que denuncia que el fiscal del caso se niega a producir nueva prueba y pide que en el procedimiento esté presente el otro sospechoso detenido, Javier Quiroga.
Osvaldo “karateca” Martínez, uno de los detenidos por el cuádruple crimen de mujeres ocurrido el pasado 27 de noviembre en La Plata, presentó un hábeas corpus ante la Sala I de l Tribunal de Casación Penal bonaerense, para reclamar que se de vía libre a la reconstrucción del caso, medida de prueba que fue rechazada por el fiscal Álvaro garganta, confirmaron fuentes judiciales a Online-911.
Según una pericia oficial, es “probable” que en la escena del crimen hayan actuado dos personas. Esa conclusión preliminar fue tomada por el fiscal Álvaro Garganta para darle crédito a la declaración del coimputado Javier “Hiena” Quiroga, quien se autoincriminó al ubicarse en la escena del crimen, pero apuntó a Martínez como el único asesino. Cabe recordar que en el trágico PH y en los cuerpos de las víctimas sólo se encontró ADN de Quiroga.
En su declaración indagatoria, Quiroga da una versión de los hechos: Martínez masacró a golpes y cuchilladas a las cuatro mujeres, al tiempo que empuñaba un arma de fuego.
Para la defensa de Martínez, esa versión es inviable y reclamaron la reconstrucción del caso, con la presencia del coimputado Quiroga.
El escrito redactado por el defensor Julio Beley al que accedió este portal sostiene que es “deber y obligación” del fiscal “arribar en la investigación a la verdad real de lo sucedido” y citando bibliografía judicial recordó que a diferencia de lo que ocurre en un proceso civil, donde solo las partes son las encargadas de introducir el material probatorio, “en el proceso penal, debido al interés publico comprometido en su objeto, el órgano jurisdiccional tiene un poder autónomo de investigación sobre los hechos sometidos a su decisión, característica propia del proceso inquisitivo, tendiente a conocer la verdad real sobre ello y con absoluta independencia de la voluntad de las partes”.
En otras palabras a pesar de que las partes no ofrezcan pruebas o no controviertan los hechos, el fiscal “puede y debe investigar la verdad material con independencia de aquellas conductas partivas. Se configura así no solo como una facultad. Este principio es directa consecuencia de la naturaleza de los bienes en juego en todo el proceso penal de acción publica que, como tal competen el orden publico convirtiendo en indisponible el objeto del mismo”.
Para Beley, la no realización de la reconstrucción del caso implica violar el derecho a defensa. “Ante la demostrada animosidad tanto por el estado público que toma la causa, como por las reiteradas manifestaciones” del fiscal Garganta “en cuanto a la culpabilidad de mi defendido en el hecho investigado, es menester de esta defensa poder demostrar con pruebas concretas la falta de responsabilidad” de Martinez “en el hecho investigado”.
Fuente: Online-911