Una resolución de la AFIP establece que se venderá a los turistas “la moneda de curso legal o de uso corriente» en el lugar de destino. Además, se oficializaron más restricciones para esas operaciones. La medida comenzará a aplicarse en los próximos días.
Desde el lunes que viene, sólo podrán comprar dólares en la Argentina quienes viajen a Estados Unidos o algún otro país en el que la divisa norteamericana sea “de curso legal o de uso corriente”. Los que viajen a otra naciones, podrán comprar las monedas de esos lugares: euros los que vayan a Europa, reales los que vayan a Brasil, guaraníes los que viajen a Paraguay. La resolución no aclara qué moneda podrán comprar quienes viajen a destinos menos populares, aunque todo apuntaría a que ellos también podrían comprar dólares o euros, dadas las dificultades de conseguir determinadas monedas en la plaza local.
Así lo establece una resolución de la AFIP publicada hoy en el Boletín Oficial y que, además, oficializa aún más trabas para la compra de divisas por parte de los turistas que viajan al exterior, que son las únicas operaciones cambiarias minoristas autorizadas tras las prohibiciones de comprar dólares para ahorrar, realizar operaciones inmobiliarias o comprar otros bienes.
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