A través de un comunicado, el entidad explicó cómo se regulan estas actividades, en medio de la polémica por la salida de presos a eventos culturales organizados por la agrupación «Vatayón Militante».
En medio de la polémica generada por la salida de presos a eventos culturales organizados por la agrupación «Vatayón Militante», la Procuración Penitenciaria de la Nación (PPN) emitió un comunicado en el que explica cómo se regulan estas actividades.
En dicho comunicado, la PPN explica que «si bien no se encuentra regulado el otorgamiento de salidas culturales así como tampoco la posibilidad de concurrir a rendir exámenes a alguna institución educativa, es usual que en la práctica los detenidos soliciten salidas extramuros por estos motivos y que muchas veces los órganos jurisdiccionales las conceden siempre y cuando el detenido sea acompañado por personal penitenciario y basando su autorización en informes favorables por parte de la administración».
En este sentido, desde la PPN manifestaron su adhesión a las modalidades de salidas transitorias, «teniendo en cuenta que el vínculo con el medio libre resulta fundamental para un adecuado proceso de reinserción social, siendo ésta la finalidad de la pena privativa de libertad».
El régimen de salidas
Con respecto a la regulación de las salidas transitorias (ley 24.660), la PPN explica que la concesión tanto de las mismas «es competencia del Juez de Ejecución, bajo propuesta de la administración penitenciaria, propuesta que nunca puede ser vinculante debido al principio de judicialización de la ejecución de las penas privativas de libertad (aunque en la práctica es muy difícil que un Juez conceda salidas transitorias con informe desfavorable de la Unidad).»
Acerca de los presos sin sentencia condenatoria firme, «el artículo 11 de la ley de ejecución prevé que la misma es aplicable a los procesados a condición de que sus normas no contradigan el principio de inocencia y resulten más favorables y útiles para resguardar su personalidad», dice la PPN.
Fuente: La Nación.